Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 253637
Oferta pública de ocupación 2024
La Alcaldía, mediante la Resolución núm. 2024-0504, de 19 de abril de 2024, ha resuelto lo siguiente:
"De acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria de fecha 7 de abril de 2008, modificada por acuerdo del Pleno, en sesión de fecha 21 de marzo de 2024 , y publicada en el BOIB núm. 41, de 26 de marzo de 2024.
De conformidad con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 y 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales, y en cumplimiento de los artículos 37.1) y 70 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
RESUELVO
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de 2024, como sigue a continuación:
Segon.- Publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) i en la sede electrónica (http://sonservera.eadministracio.cat) de la Corporación.
Tercero.- Dar traslado de esta Resolución a la Mesa General de Negociación Conjunta del Ajuntament de Son Servera, para su conocimiento.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ajuntament, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho. “
Son Servera, en la fecha de la firma electrónica (19 de abril de 2024)
El alcalde Jaume Servera Lliteras