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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 249770
Corrección de errores en la publicación de la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso 2024-2025, respecto a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos y en los centros de la red educativa complementaria y/o concertados en los niveles de primer ciclo de educación infantil en las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. En el BOIB n.º 48 de 11 de abril de 2024 se publicó la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso 2024-2025, respecto a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos y en los centros de la red educativa complementaria y/o concertados en los niveles de primer ciclo de educación infantil en las Illes Balears.

2. Se han detectado varios errores en el contenido de la Resolución mencionada y es necesario enmendarlos.

3. En concreto se han detectado estos errores:

a) en el punto 8 de los hechos, en la referencia al Decreto 64/2019.

b) en el punto 1 f) del anexo 2, en la fecha de inicio de solicitudes.

c) en el apartado b) de Zonas escolares de Maó del anexo 3, en el listado de centros, puesto que no se tuvo en cuenta la corrección de errores de la Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 8 de marzo de 2023 de modificación de la Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 20 de febrero de 2023 por la cual se despliegan determinados aspectos de los procesos de admisión y matriculación en los niveles de primer ciclo de educación infantil correspondientes al curso escolar 2023-2024 en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos y en los centros de la red educativa complementaria (BOIB n.º 31 de 11 de marzo).

Fundamentos de derecho

1. La Ley 1/2022, de 8 de marzo de educación de las Illes Balears (BOIB n.º 38, de 17 de marzo de 2022).

2. El artículo 109,2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 36, de 2 de octubre), que establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

3. La Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso 2024-2025, respecto a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos y en los centros de la red educativa complementaria y/o concertados en los niveles de primer ciclo de educación infantil en las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error observado en el punto 8 de los hechos:

Donde dice:

Esta Resolución recoge los criterios complementarios que se prevén en el artículo 15.4 del Decreto 64/2024, de 2 de agosto.

Debe decir

Esta Resolución recoge los criterios complementarios que se prevén en el artículo 15.4 del Decreto 64/2019, de 2 de agosto.

2. Rectificar el error observado el punto 1 f) del anexo 2

Donde dice:

f) Alumnos que presentan la solicitud fuera de plazo:

  Inicio: 1 de octubre de 2024

  Finalización: hasta el inicio del proceso de admisión para el curso 2025-2026

Debe decir

f) Alumnos que presentan la solicitud fuera de plazo:

  Inicio: 4 de mayo de 2024

  Finalización: hasta el inicio del proceso de admisión para el curso 2025-2026

3. Rectificar el error detectado en el apartado b) de Zonas escolares de Maó del anexo 3

Donde dice:

b) Zona B

- Delimitaciones: domicilios incluidos dentro de la zona B del mapa y, además:

  Sa Mesquida

  Es Murtar

  Llucmaçanes

  Camí de Baix

  Camí de na Ferranda

- Centro que forma parte:

07013231

EI Es Passerells

C. de sa Sínia Costabella, s/n, 07702 Maó

Debe decir

b) Zona B

- Delimitaciones: domicilios incluidos dentro de la zona B del mapa y, además:

 • Sa Mesquida

 • Es Murtar

 • Llucmaçanes

 • Camí de Baix

 • Camí de na Ferranda

 -Centros que forman parte:

07013231

EI Es Passerells

C. de sa Sínia Costabella, s/n, 07702 Maó

07001915

CC La Salle

C. Vassallo, 123-125. 07703, Maó

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de

 

octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de abril de 2024)

La directora general de Planificación y Gestión Educativas Catalina Maria Ginart Serrano