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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 246224
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, RES1 de fecha 12 de abril de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 17 de diciembre de 2021 , por la que se convocan subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, para el año 2021

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de  de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de  de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA, con fecha 12 de abril de 2024, firma la siguiente resolución,

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1. Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)

Convocatoria: INEA2021_1          Grupo: INEA2021_1 - RES1

Código DIR3:A4026954

Código SIA: 2773119

Código BDNS: 498018

ANTECEDENTES

1.Con fecha de 21 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 174, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias correspondiente al año 2021, modificada mediante la resolución de fecha 2 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 164), por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria de las subvenciones para explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021.

2.De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo para presentar las solicitudes finalizó el día 28 de febrero de 2022.

3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes de ayuda y de la documentación aportada, de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4.Los interesados, señalados en el Anexo I adjunto, han presentado en tiempo y forma, la documentación prevista en la convocatoria, y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda y han acreditado el cumplimiento de los criterios de selección indicados

5.El crédito final resta en 9.326.806,40 euros para esta línea de ayudas para el ejercicio del año 2021.

6.Para esta convocatoria se han presentado un total de 406 solicitudes de ayuda, entre las cuales:

  • 50 se han desistido, de los cuales 24 se han desistido porque los interesados han presentado una solicitud de desistimiento y 26 se han desistido por no subsanar las deficiencias comunicadas.
  • 12 se propone su denegación por incumplimiento, por parte de los interesados, de los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • 26 están denegados según resolución de denegación de día 9 de enero de 2024 (BOIB núm. 5) En la relación del Anexo I, figuran los 319 expedientes que cumplen las condiciones establecidas y carecen de deficiencias, de los cuales:
    • 38 se propone la concesión parcial.
    • 116 se propone la concesión total.
    • 165 quedan denegadas provisionalmente.

7.Teniendo en cuenta que el crédito existente no cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria, la selección de los beneficiarios de las ayudas debe realizarse mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, según los criterios de prioridad y la puntuación obtenida aplicando el apartado séptimo de la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 21 de diciembre de 2021, que se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 174, por la que se convocan, mediante procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias correspondiente al año 2021.

8.Con fecha 21 de diciembre de 2023 se constituye la Comisión Evaluadora para examinar las solicitudes presentadas y aplicar los criterios de valoración y acuerda informar favorablemente la puntuación que sirve de base para dictar la propuesta provisional de resolución de concesión (INEA 2021_1 PRO -1).

9.Con fecha 22 de diciembre de 2023 se publica en la página Web del FOGAIBA la propuesta provisional de resolución de concesión (INEA 2021_1 PRO-1) y se abre el plazo para presentar alegaciones que termina día 10 de enero de 2024 .

10.Los interesados señalados en el Anexo III han presentado un total de 128 alegaciones a la propuesta provisional de concesión INEA 2021_1 PRO-1 y los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural las han revisado.

11.El día 9 de enero de 2024 se publica en el BOIB núm. 5 la resolución de denegación de 28 expedientes, de los cuales 5 han presentado alegaciones y, de éstos, 2 se han valorado favorablemente y entran en el proceso de concurrencia, EXP INEA2021_1/386, de SAT SON BURGUES con CIF V07447451 y EXP INEA 2021_1/351, de LLUCASALDENT MENOR SRM con CIF J07722762.

12.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han revisado la inversión máxima auxiliable de los expedientes del Anexo I y variando los importes para ajustar la inversión máxima auxiliable según los criterios de límite establecidos en la convocatoria.

13.El día 20 de febrero de 2024 se constituye la Comisión Evaluadora para examinar las solicitudes presentadas y aplicar los criterios de valoración y acuerda informar favorablemente la puntuación que sirve de base para dictar la propuesta provisional de resolución de concesión (INEA 2021_1 PRO -2).

14.El día 26 de febrero de 2024 se publica en la página Web del FOGAIBA la propuesta provisional de resolución de concesión (INEA 2021_1 PRO-2) y se abre el plazo para presentar alegaciones que termina día 11 de marzo de 2024 .

15.Los interesados señalados en el Anexo IV han presentado un total de 34 alegaciones a la propuesta provisional de concesión INEA 2021_1 PRO-2 y los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural las han revisado.

16.En el Anexo V se detallan las inversiones que no son totalmente elegibles.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de día 21 de diciembre de 2021, por la que se convocan, mediante procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021, mediante procedimiento de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021, modificada mediante la resolución de fecha 2 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 164), por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria de las subvenciones para explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021

2. Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por todo ello, se informa desfavorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Resolver las alegaciones presentadas según el Anexo IV de esta resolución.

2. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo II con los números de orden del 1 al 154, ambos inclusive, que son un total de 154 expedientes y que comienza con BINIGARFULL SRM, y termina con JOSE MARIA SIRVENT CERDA, que suma un importe total de 9.326.806,40 euros, relativa a la línea de ayuda “Inversiones en las explotaciones agrarias 2021”, deduciendo, en su caso, las limitaciones de las inversiones máximas auxiliables especificadas en el Anexo V. La solicitud con 157 puntos y número de orden 154 del Anexo II (JOSE MARIA SIRVENT CERDA), a pesar de cumplir las condiciones administrativas y técnicas para adquirir la condición de beneficiario, excede la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, por tanto se procederá a su aprobación por importe inferior al pedido.

3. Autorizar y disponer el gasto señalado a cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo II de esta resolución.

4.Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios son las indicadas en el Anexo VI de esta resolución.

5. Notificar esta resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

6. Disponer que si alguno de los beneficiarios renuncia a la subvención en los seis meses siguientes de la notificación de su concesión, el órgano que concede la mencionada subvención deberá acordar, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes por orden de puntuación, siempre que con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para poder atender como mínimo una de las solicitudes denegadas. El órgano que concede la subvención comunicará esta opción a los interesados, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo de diez días. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante o solicitantes, se dictará el acto de concesión y se procederá a su notificación.

INTERPOSICIÓN DE RECURSOS

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad autónoma de las Illes Balears, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, a fecha de la firma electrónica

La jefe del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gemma Canós Franch

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

El Vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (17 de abril de 2024)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni

Documentos adjuntos