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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 243898
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas que han superado el concurso extraordinario para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de farmacia hospitalaria del Servicio de Salud convocado por medio de la Resolución de 12 de diciembre del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 23 de enero de 2024 (BOIB núm. 13, de 27 de enero de 2024) se nombró personal estatutario fijo a las personas que habían superado el concurso extraordinario para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de farmacia hospitalaria del Servicio de Salud y se adjudicaron las plazas correspondientes.

2. Una vez finalizado el plazo de un mes para la toma de posesión (punto 3) de la Resolución de 23 de enero de 2024, ha quedado vacante una plaza sin cubrir en el Hospital Manacor. Por lo tanto, de conformidad con el punto 23.4 de las bases de la convocatoria se ha seleccionado al candidato siguiente de la lista complementaria.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 32 y los concordantes de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. El artículo 62 y los concordantes del Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. El artículo 13 y los concordantes del Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas a las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003.

4. La disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, sin perjuicio de la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, corregido por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2022 y modificado por la disposición final sexta de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar como personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de farmacia hospitalaria dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares a la persona que figura en el anexo 1 de esta resolución.

Este nombramiento está sujeto al hecho de que las personas que no hayan acreditado el requisito del nivel B2 de conocimientos de catalán y que estén en servicio activo en la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes en el Servicio de Salud de las Islas Baleares en esta misma categoría profesional están obligadas a acreditar dicho nivel en el plazo de dos años a contar desde la fecha de la toma de posesión; en caso contrario, serán removidas de la plaza por medio del procedimiento correspondiente y pasarán a estar en la situación de adscripción provisional.

2. Adjudicar la plaza, según se indica en el anexo 2, al candidato que ha superado las pruebas selectivas, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la petición efectuada por los candidatos y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. Determinar que la toma de posesión debe efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que perderán el derecho a tomar posesión de la plaza las personas que no se incorporen al destino correspondiente dentro de dicho plazo, excepto en los casos de imposibilidad acreditada y apreciada por el órgano convocante.

4. Establecer que, antes de tomar posesión de la plaza, cada adjudicatario ha de hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo en el sector público ni que lleva a cabo ninguna actividad de las que comprende el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. En el caso de que lleve a cabo alguna actividad privada —incluidas las de carácter profesional—, tiene la obligación de declararlo dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la toma de posesión, a fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

5. Determinar que, de acuerdo con el párrafo segundo de la base 24 de la convocatoria, las personas que hayan obtenido un destino definitivo no pueden participar en ningún concurso de provisión de plazas durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza, excepto que en una primera convocatoria haya quedado desierta.

Asimismo, durante el mismo periodo de dos años, no podrán concederse a las personas adjudicatarias comisiones de servicios. Excepcionalmente, esta prohibición queda sin efecto cuando exista una necesidad asistencial debidamente acreditada

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 8.2.a) —en relación con el artículo 10.1.a)— y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Signat electrònicament: 16 d'abril de 2024)

El director general del Servicio de Salud (Javier Ureña Morales) Por delegación de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas (BOIB núm. 109, de 5 de agosto de 2023)

 

ANEXO 1 Lista de nombramientos de personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de farmacia hospitalaria

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

***9788**

Armengol Alert , Albert

 

ANEXO 2 Lista de adjudicación de plazas de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de farmacia hospitalaria

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***9788**

Armengol Alert , Albert

Hospital Manacor