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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 242630
Extracto de la Convocatoria de subvenciones 2024 para apoyar la realización de proyectos cinematográficos o audiovisuales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754989)

1. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018).

2. Objeto

Mediante esta convocatoria se quiere promover la producción cinematográfica y audiovisual, fomentando un tejido cultural cinematográfico de Mallorca y, en consecuencia, se creen productos de calidad destinados a los mercados nacionales e internacionales.

3. Beneficiarios

De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarias las personas que estando dados de alta en un epígrafe del IAE del sector de producción audiovisual son:

• Personas físicas (autónomos o empresarios individuales) residentes en Mallorca en la fecha de publicación en el BOIB del extracto de esta convocatoria.

• Personas jurídicas que tengan su domicilio fiscal en Mallorca, antes de la publicación de esta convocatoria.

• Comunidades de bienes que desarrollen su actividad en Mallorca.

4. Dotación presupuestaria

Durante el ejercicio presupuestario de 2024, se destina para las ayudas de esta convocatoria un total de 436.000,00 €, de los cuales 36.000,00 € parar la línea 1, un crédito de 300.000,00 € para la línea 2 y para la línea 3 100.000,00 €.

5. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La documentación que se debe presentar para solicitar la ayuda se relaciona en el punto 10 de la convocatoria.

Las personas o entidades interesadas deberán rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net/ apartado "Subvenciones, ayudas becas y premios".

La presentación de solicitudes se hará a través del Registro electrónico del Consell de Mallorca

https://cim.secimallorca.net/segex/tramite.aspx?idtramite=12082

Se les recuerda que con la entrada en vigor del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Se puede tramitar un certificado de representación como persona jurídica a través del siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica.

6. Otros datos

El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca

(https://seu.conselldemallorca.net/).

 

(Firmado electrónicamente: 16 de abril de 2024)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antonia Roca Bellinfante