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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 237272
Extracto de la convocatoria de subvenciones para la promoción turística de Mallorca mediante acontecimientos de interés turístico

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 754604

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index) y a la página web de la Fundación Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net, en el tablón de anuncios de ayudas y subvenciones:

Primero. Objeto de la convocatoria

Esta convocatoria tiene por objeto fomentar eventos que sean considerados de interés turístico por la Fundació Mallorca Turisme y que sirvan para promocionar Mallorca como destino turístico.

La finalidad es promover Mallorca como destino turístico mediante los eventos de interés turístico organizados por terceros, que cumplen los requisitos de la convocatoria, y que sirven para dar a conocer el destino Mallorca mediante la cultura, el deporte, la gastronomía, los productos premium, MICE (generalmente entendido como turismo de reuniones, incentivos, congresos y exposiciones), el turismo activo, accesible, y la sostenibilidad del destino, desarrollados tanto por empresas privadas como por asociaciones sin ánimo de lucro.

Se consideran eventos de interés turístico aquellos que difunden la imagen de Mallorca como destino turístico, que afectan a los productos turísticos considerados estratégicos por la Fundació Mallorca Turisme, que crean una vía para reforzar su presencia en los mercados emisores, vista la importancia y relevancia del evento para el público objetivo y la repercusión en los medios de comunicación, y que contribuyen a la desestacionalización, la sostenibilidad, la circularidad y la accesibilidad universal.

Segundo. Importe y crédito presupuestario

El crédito previsto para esta convocatoria es de ochocientos mil euros (800.000 €) con cargo al presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme de 2024.

Si el crédito presupuestario no es suficiente para cubrir el 100% de las solicitudes, el último beneficiario tiene que recibir, como máximo, el importe remanente.

Tercero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios:

a. Las personas físicas o jurídicas que están de alta de actividades económicas.

b. Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

c. Los beneficiarios tienen que ser los titulares de la organización del evento.

d. Los beneficiarios tienen que ser los titulares legales de la marca del evento u ostentar los derechos legales de uso de esta.

e. Cuando una persona jurídica solicita la subvención, se requiere que la realización de la actividad subvencionada tanga cabida dentro de su objeto o sus fines sociales (art. 7.1 OGS).

f. Tienen que estar al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Consell Insular de Mallorca y entes dependientes.

g. No se tienen que encontrar en ninguno de los supuestos del artículo 8.2, 8.3 o 8.4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca, y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

h. No pueden ser beneficiarios:

- Las otras administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la cual la participación de estos sea mayoritaria.

- Las personas o entidades que han recibido ayudas otorgadas en concepto de minimis, por un importe superior a doscientos mil euros (200.000 €), en los tres últimos ejercicios fiscales, contando desde la fecha de presentación de la solicitud a esta convocatoria.

Cuarto. Eventos subvencionables

1.1 Eventos de interés turístico celebrados o que se vayan a celebrar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el día 31 de diciembre de 2024, cuando se trate de:

a. Proyectos, actuaciones, celebraciones y eventos que contribuyen a la creación de producto turístico considerado estratégico por la FMT, y que hagan promoción, comercialización y diversificación turística de Mallorca.

b. Jornadas, encuentros, conferencias, congresos, simposios y foros, o acciones similares con impacto turístico directo en función de la asistencia de participantes y la producción y difusión de materiales que promocionen el destino turístico de Mallorca dentro de las líneas y productos turísticos estratégicos de la FMT.

c. Eventos de turismo deportivo, con repercusión turística, realizados en Mallorca, en los cuales los participantes provienen mayoritariamente de fuera de Mallorca. No son subvencionables los viajes de estudios.

d. Eventos turísticos donde se trabaje o se dé a conocer Mallorca como lugar donde se fomenta la sostenibilidad y el posicionamiento de Mallorca como destino turístico sostenible, como por ejemplo la movilidad sostenible, la economía circular, y otras actividades en materia de sostenibilidad en destino que compensen la huella de carbono producida por las actividades económicas y cotidianas del ser humano.

e. Todas las acciones o eventos se tienen que desarrollar dentro del territorio de Mallorca. En caso de eventos en línea, estos tienen que tener simultáneamente una versión física presencial de la misma dimensión en la isla de Mallorca.

f. Los eventos que incluyan un servicio gastronómico tienen que incorporar producto local (de una IGP, DO, etc., de Mallorca, y/o recetas con tradición mallorquina, que pueden estar modernizadas). Los eventos que sean exclusivamente gastronómicos y/o enológicos o tengan la gastronomía o la enología como principal actividad, tendrán que ofrecer producto local y Km0 en una proporción no inferior al 70%.

g. Otras acciones que se puedan valorar de acuerdo con el espíritu de la convocatoria.

1.2 Eventos excluidos:

a. Proyectos que incluyan las ferias, mercados y/o fiestas integradas en el calendario de ferias, mercados y fiestas de Mallorca.

b. Eventos y actividades escolares.

c. Subvención de clubs deportivos de Mallorca por su funcionamiento ordinario.

d. Subvenciones individuales a deportistas destacados.

e. Subvenciones a agencias de publicidad, medio o grupo de comunicación, medio de publicidad o creativo siempre que la participación en el evento sea sólo publicitaria o por su funcionamiento ordinario. Se entienden también por tales los eventos que se organizan en las sedes de los medios de comunicación.

f. Los proyectos que reciban ayudas de marcas de tabaco, de bebidas alcohólicas de más 20 grados o de casas de apuestas o juego.

g. Los eventos considerados contraproducentes para la imagen de Mallorca como destino turístico.

h.En general, los eventos o solicitudes que no cumplan las condiciones establecidas en esta convocatoria.

Quinto. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018).

Sexto. Cuantía de la subvención

El importe máximo subvencionable es de 150.000 €, y no puede superar el 30% del presupuesto subvencionable (gastos previstos en punto 7 de la convocatoria).

Séptimo. Criterios de valoración

El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva por aplicación de los criterios de valoración fijados en el punto 9 del texto de la convocatoria. Para desempatar tiene preferencia la solicitud presentada por aquella empresa o asociación con más número de trabajadoras femeninas en su plantilla.

Octavo. Gastos subvencionables

Son los gastos que sirven para hacer publicidad, difusión, organización del evento que se identifican en el punto 7 de la convocatoria.

 

Noveno. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, documentación y anexos es de un mes a partir de las 9.00 h del primer día hábil a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

Décimo. Lugar de presentación

Las personas interesadas tienen que formalizar la solicitud a través del Registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme:

https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0

Este trámite sólo se puede hacer en línea, se tiene que rellenar la solicitud del catálogo de trámites «Convocatoria de subvenciones para acontecimientos de interés turístico».

La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.

Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa, anexos y técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.

Undécimo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 15 de la convocatoria. La justificación es con informe de auditoría.

 

Palma, el día de la firma electrónica (15 de abril de 2024)

El director de la Fundación Mallorca Turisme José María Bautista Plaza