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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 224093
Resolución de la consejera ejecutiva del departamento de Economía y Servicios Generales de día 9 de abril de 2024 y núm. 2024/ESG/0000447 relativa a la convocatoria de ayudas para paliar los daños ocasionados por la DANA del 21 de septiembre de 2021 (2a concesión y pago) Exp. 3251-2022-00001

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Texto

Antecedentes

El Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 11 de abril de 2022, aprobó las bases y la convocatoria de las ayudas para paliar los daños por la DANA de día 21 de septiembre de 2021. Estas bases y la correspondiente convocatoria se publicaron en el BOIB núm. 61 de 10 de mayo de 2022.

El importe global máximo de las ayudas y el crédito presupuestario es de 200.000 € con cargo a la partida 2.41200.4890006 del presupuesto de 2024.

Día 4 de octubre de 2022, en el BOIB núm. 129, se publicó la Resolución del Consejero Ejecutivo de Economía y Territorio de día 30/09/2022 y núm. 2022/EOT/00001325, por la cual se concedían las ayudas para paliar los daños por la DANA de día 21 de septiembre de 2021 y se tramita el pago anticipado en concepto de anticipo, según el punto 6 de la base 6.

El plazo para justificar la ayuda concedida acabó día 31 de octubre de 2022.

El punto 2 de la base 6 dice que después de que todos los beneficiarios presenten la documentación justificativa de la ayuda (base 10), en el supuesto de que no se justifique la totalidad de la ayuda concedida, con el remanente no justificado se incrementará el porcentaje de subvención a los beneficiarios que hayan justificado correctamente el importe concedido, hasta agotar los 200.000 € de presupuesto.

El objeto de esta ayuda es compensar los daños provocados como consecuencia directa de la DANA de día 21 de septiembre de 2021, que atravesó Menorca descargando lluvias torrenciales que, en el caso de algunas zonas de Ferreries, superaron los 126 litros por metro cuadrado, y con una intensidad superior a los 80 l/h.

Día 23 de agosto de 2022 se reunió la primera Comisión Evaluadora de las ayudas y emitió su informe.

Día 20 de diciembre de 2022 se reunió la segunda Comisión Evaluadora de las ayudas y emitió su informe.

Día 2 de mayo de 2023 la instructora emite un informe, en relación el pago del importe de la primera concesión, de las ayudas a revocar y/o reintegrar.

Día 8 de agosto de 2023 la instructora emite un informe en relación las revocaciones y reintegros de las ayudas.

Día 14 de noviembre de 2023 se reunió la segunda Comisión Evaluadora de las ayudas y sus miembros emiten su informe.

Día 27 de marzo de 2024 el interventor fiscaliza favorablemente la concesión de las ayudas.

Fundamentos de derecho

Bases y convocatoria de las ayudas para paliar los daños por la DANA de día 21 de septiembre de 2021.

Decreto 43/2015, de 22 de mayo, que establece los principios generales y las directrices de coordinación en materia de explotaciones agrarias, agrarias prioritarias, de titularidad compartida, preferentes y de ocio o autoconsumo; de regulación sobre la organización y el funcionamiento del Registro Interinsular Agrario y de los registros insulares agrarios de las Islas Baleares.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea de las ayudas de minimis en el sector agrícola.

Artículo 33.2 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares de las Islas Baleares.

Como titular del Departamento de Economía y Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023);

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la segunda concesión, a los siguientes beneficiarios por un importe total de 41.822,03 €, de las ayudas para apoyar a las explotaciones agrarias ante los daños ocasionados por la DANA de día 21 de septiembre de 2021 de la partida 2.41200.4890006 del presupuesto del CIM para el año 2024, así como se indica en la tabla siguiente:

Titular

Importe subvencionable aprobado y solicitado

Importe 1a concesión

Pago anticipado

1r. pag. Tramitado

Importe 2a concesión

Intensidad de la ayuda final

Importe total de la ayuda recibida

Coll Coll, Joan

3.438,30 €

2.273,86 €

2.273,86 €

0,00 €

1.164,44 €

100,00 %

3.438,30 €

Sa Muntanya i Santa Margalida SRM

20.844,00 €

13.784,82 €

3.000,00 €

10.784,14 €

2.415,18 €

77,72 %

16.200,00 €

Terra Rotja SRM

12.160,00 €

8.041,81 €

3.000,00 €

5.041,41 €

3.144,29 €

91,99 %

11.186,10 €

Sant Josep de Ferreries SRM

802,45 €

530,69 €

530,69 €

0,00 €

271,76 €

100,00 %

802,45 €

Sureda Capó, Antonio

5.090,00 €

3.366,18 €

3.000,00 €

0,00 €

1.159,40 €

100,00 %

4.525,58 €

Alcarieta SRM

20.000,00 €

13.226,66 €

3.000,00 €

10.226,00 €

2.473,34 €

78,50 %

15.700,00 €

Algendar Vell SRM

1.400,00 €

925,87 €

925,87 €

0,00 €

474,13 €

100,00 %

1.400,00 €

Caritas Diocesana de Menorca

12.823,65 €

8.480,70 €

3.000,00 €

4.530,22 €

2.906,29 €

100,00 %

11.386,99 €

Son Abatzer SRM

4.255,40 €

2.814,24 €

2.814,24 €

0,00 €

1.441,16 €

100,00 %

4.255,40 €

Santa Barbara SRM

17.115,98 €

11.319,36 €

3.000,00 €

8.318,80 €

4.880,64 €

94,65 %

16.200,00 €

Es Molí de baix SRM

1.496,92 €

989,96 €

989,96 €

0,00 €

306,96 €

100,00 %

1.296,92 €

Son Arret SRM

840,93 €

556,13 €

556,13 €

0,00 €

284,80 €

100,00 %

840,93 €

Son Vives SRM

7.379,60 €

4.880,37 €

3.000,00 €

1.880,13 €

2.499,23 €

100,00 %

7.379,60 €

Binicanó SRM

3.625,00 €

2.397,33 €

2.397,33 €

0,00 €

1.227,67 €

100,00 %

3.625,00 €

Son Sarparets SRM

9.860,00 €

6.520,74 €

3.000,00 €

3.262,51 €

2.949,26 €

100,00 %

9.470,00 €

Guillem I Tina Sc

9.922,50 €

6.562,08 €

3.000,00 €

3.561,75 €

3.360,42 €

100,00 %

9.922,50 €

Son Bell Lloquet SRM

4.140,00 €

2.737,92 €

2.737,92 €

0,00 €

1.402,08 €

100,00 %

4.140,00 €

Albranxella Y Otros SRM

13.450,00 €

8.894,93 €

3.000,00 €

5.894,49 €

4.555,07 €

100,00 %

13.450,00 €

Explotació Son Rubí SL

19.950,00 €

13.193,59 €

3.000,00 €

6.640,10 €

1.383,91 €

100,00 %

14.577,50 €

Binissues SRM

14.912,00 €

9.079,41 €

3.000,00 €

6.079,41 €

0,00 €

60,89 %

9.079,41 €

San Patricio SRM

38.247,63 €

9.390,50 €

3.000,00 €

6.390,50 €

0,00 €

24,55 %

9.390,50 €

Sant Antoni de Ruma SRM

27.447,00 €

12.738,99 €

3.000,00 €

9.738,99 €

0,00 €

74,88 %

12.738,99 €

Moll Marquès, Antoni

10.398,58 €

6.876,58 €

3.000,00 €

3.876,58 €

3.522,00 €

100,00 %

10.398,58 €

SEGUNDO.  Tramitar el pago de la segunda concesión, a los siguientes beneficiarios por un importe total de 41.822,03 €, de las ayudas para apoyar a las explotaciones agrarias ante los daños ocasionados por la DANA de día 21 de septiembre de 2021 de la partida 2.41200.4890006 del presupuesto del CIM para el año 2024, así como se indica en la tabla siguiente:

Titular

Importe total de la ayuda recibida

Pago anticipado

1r. pag. Tramitado

Pago 2a concesión

Coll Coll, Joan

3.438,30 €

2.273,86 €

0,00 €

1.164,44 €

Sa Muntanya i Santa Margalida SRM

16.200,00 €

3.000,00 €

10.784,14 €

2.415,18 €

Terra Rotja SRM

11.186,10 €

3.000,00 €

5.041,41 €

3.144,29 €

Sant Josep de Ferreries SRM

802,45 €

530,69 €

0,00 €

271,76 €

Sureda Capó, Antonio

4.525,58 €

3.000,00 €

0,00 €

1.159,40 €

Alcarieta SRM

15.700,00 €

3.000,00 €

10.226,00 €

2.473,34 €

Algendar Vell SRM

1.400,00 €

925,87 €

0,00 €

474,13 €

Caritas Diocesana de Menorca

11.386,99 €

3.000,00 €

4.530,22 €

2.906,29 €

Son Abatzer SRM

4.255,40 €

2.814,24 €

0,00 €

1.441,16 €

Santa Barbara SRM

16.200,00 €

3.000,00 €

8.318,80 €

4.880,64 €

Es Molí de baix SRM

1.296,92 €

989,96 €

0,00 €

306,96 €

Son Arret SRM

840,93 €

556,13 €

0,00 €

284,80 €

Son Vives SRM

7.379,60 €

3.000,00 €

1.880,13 €

2.499,23 €

Binicanó SRM

3.625,00 €

2.397,33 €

0,00 €

1.227,67 €

Son Sarparets SRM

9.470,00 €

3.000,00 €

3.262,51 €

2.949,26 €

Guillem I Tina Sc

9.922,50 €

3.000,00 €

3.561,75 €

3.360,42 €

Son Bell Lloquet SRM

4.140,00 €

2.737,92 €

0,00 €

1.402,08 €

Albranxella Y Otros SRM

13.450,00 €

3.000,00 €

5.894,49 €

4.555,07 €

Explotació Son Rubí SL

14.577,50 €

3.000,00 €

6.640,10 €

1.383,91 €

Moll Marquès, Antoni

10.398,58 €

3.000,00 €

3.876,58 €

3.522,00 €

TERCERO. Comunicar este acuerdo a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas Baleares porque tenga los efectos oportunos.

CUARTO. Remitir a la BDNS este acuerdo en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1b de la LPACAP).

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (9 de abril de 2024)

La consejera ejecutiva M. Antònia Taltavull Fernández (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)