Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 235131
Acuerdo entre la Consejería de Educación y Universidades y las entidades patronales, las organizaciones titulares y las organizaciones sindicales para el mantenimiento de unidades concertadas en el 2º ciclo de educación infantil en función de la ratio
Partes
Por la Comunidad de las Illes Balears, Antoni Vera Alemany, consejero de Educación y Universidades de las Illes Balears, nombrado por el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears por el que se dispone el cese y nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.
Por las entidades patronales de la enseñanza privada concertada:
Llúcia Salleras Julià, presidenta de la Asociación Autonómica Educación y Gestión - Escuela Católica de las Illes Balears (en adelante EiG - ECIB) y de la Federación Española de Religiosos de Enseñanza Titulares de Centros Concertados en las Illes Balears (en adelante FERE-CECA-ECIB).
Por las organizaciones titulares:
Jaume Vicens Obrador, presidente de la Unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de las Illes Balears (en adelante UCTAIB).
Por las organizaciones sindicales:
Antecedentes
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación desarrolló el artículo 27.1 de la Constitución Española que reconoce al mismo tiempo, la libertad de enseñanza y el derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio) que permite adquirir conocimientos y favorece el desarrollo económico, social y cultural de todas las sociedades para conseguir así una vida social plena.
Llama la atención el descenso continuado de la natalidad de los últimos años en nuestra comunidad autónoma, situación que ha hecho que se revisaran las previsiones de escolarización, principalmente en el segundo ciclo de la etapa de educación infantil para mantener el número de aulas tanto en la enseñanza pública como en la enseñanza privada concertada.
Por ello, el Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas que deben regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de conciertos educativos a partir del curso 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre), ya redujo la ratio mínima para las unidades del segundo ciclo de educación infantil de 20 alumnos a 18 alumnos por unidad.
Además, en fecha 2 de mayo de 2023, se firmó el Acuerdo entre la Consejería de Educación y Formación Profesional y las entidades patronales, las organizaciones titulares y las organizaciones sindicales para reducir ratios en el cuarto curso de la educación infantil por en el curso 2023-2024 donde se establecía para el curso 2023-24 una ratio máxima de 22 alumnos por unidad en las unidades de 4º de educación infantil de los siguientes municipios/zonas:
- Alaró
- Andratx
- Artà
- Porreres
- Santa María del Camino
- Santanyí
- Ferrerías
- Formentera
Dado que el Acuerdo mencionado anteriormente sólo es para 4º EI, para determinadas zonas o municipios y para el curso 2023-24, se hace necesario llegar a un nuevo acuerdo para los próximos cursos en toda la etapa de segundo ciclo de educación infantil que permita en la enseñanza privada concertada el sostenimiento de las aulas y un número de plazas suficientes para asegurar a las familias la libre elección de centro.
Las partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este acuerdo, según los siguientes:
Pactos
Primero . La ratio máxima en segundo ciclo de educación infantil es de 25 alumnos, de acuerdo con la normativa básica estatal.
Segundo. A partir del curso 2024-2025 y para esta etapa se mantendrá el número de unidades concertadas cuando la ratio sea igual o superior a 22.(1)
(1) El pacto segundo es también aplicable cuando la suma de las ratios de dos unidades sea igual o superior a 22
Tercero. Se constituirá durante el mes de abril una comisión de trabajo con representación de la administración educativa, entidades patronales y cooperativas de enseñanza y sindicatos de la mesa de la enseñanza concertada, para avanzar en un acuerdo global a otras etapas educativas. La comisión de trabajo analizará los datos de escolarización, tanto ordinarios como NESE, de todos los municipios y así dispondrá de toda la información necesaria para el proceso de escolarización del curso 2025-26, valorándose la posibilidad de revisión de la ratio mínima y extender este acuerdo u otros al resto de niveles educativos (primaria y secundaria).
Cuarto. Con independencia de lo anterior, en aquellos municipios o zonas escolares donde, como resultado del estudio de la comisión de trabajo establecida en el punto Tercero, se detecte una disminución acusada de la matrícula, se podrán llevar a cabo acuerdos de reducción de la ratio máxima para poder garantizar la oferta educativa existente. Estos acuerdos tendrán que contar con la conformidad de los titulares de los centres del municipio o zona escolar.
Como muestra de conformidad, firmamos este Acuerdo en doce ejemplares.
Palma, 26 de marzo de 2024
Per el Conseller d'Educació i Universitats Per EiG-ECIB i FERE-CECA-ECIB
Antoni Vera Alemany Llúcia Salleras Julià
Per l'ACENEB-CECEIB Per la FEIPIMEB
Ventura Blach Amengual Francisca Picornell Darder
Per la UNAC Per FOQUA
Escolástico Muñoz Juárez Carmen Muñoz González
Per la UCTAIB Per USO Illes Balears
Jaume Vicens Obrador Juan Carlos Lorenzo González
Per l'STEI Per UGT Illes Balears
Ramon Mondéjar Coll Constantino Davia Ladrón
Per FE-CCOO Illes Balears Per FSIE Illes Balears
Mario Miguel Devis Luján Antoni Sacarés Mas