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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 230034
Corrección de error de las bases de la Convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera una plaza vacante de la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Es Castell mediante el procedimiento ordinario

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local en fecha 12 de abril de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Modificar la base séptima apartado "prueba de aptitud psicológica y de personalidad" de la convocatoria para cubrir una plaza de policía local del Ayuntamiento de Es Castell, conforme al siguiente y literal contenido:

"Esta prueba consiste en la exploración psicotécnica para acreditar niveles mínimos de aptitudes intelectuales y también en la exploración de la personalidad y las actitudes de las personas aspirantes con el fin de determinar el conjunto de competencias correspondientes a las funciones de la categoría de policía, y descartar la existencia de síntomas o indicadores compatibles con alteraciones psicopatológicas y/o de la personalidad. La prueba, efectuada por uno o varios profesionales de la psicología que actuarán como asesores del tribunal, tendrá que constar de dos partes:

a) La primera consiste a responder uno o varios tests de aptitud intelectual. Se podrá hacer, si procede, en una entrevista personal para completar el estudio. El resultado será de apto o no apto. Quedarán eliminadas las persones aspirantes que no obtengan una valoración de apto.

b) La segunda consiste a responder la prueba o las pruebas para evaluar el conjunto de competencias correspondientes según las funciones de cada categoría y que pueden consistir en uno o varios tests y, si procede, en una entrevista personal para completar el estudio. Su valoración es apto o no apto. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan la valoración de apto.

En todo caso, las pruebas y los instrumentos utilizados para la evaluación tienen que contar con los requisitos técnicos de fiabilidad y validez propios de psicometría. Así mismo, los cuestionarios de personalidad tienen que disponer de escalas de deseabilidad social y/o sinceridad que el evaluador tendrá que considerar.

SEGUNDO: Publicar esta modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. (www.aj-escastell.org)

 

Es Castell, en la fecha de la firma electrónica (12 de abril de 2024)

El alcalde José Luis Camps Pons