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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 227291
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 8 de abril de 2024 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre).

2. La Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo de la Consejería de Educación y Universidades, ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 1 («Igualdad») del objetivo IV («Cohesión social»), en el sentido de modificar la línea IV.1.1, con la finalidad de posibilitar la convocatoria en el año 2024 de ayudas individualizadas de comedor escolar por motivos socioeconómicos y de transporte para el curso 2024-2025, dado que todavía no se ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024-2026.

3. El apartado tercero del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación aprobar y modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los decretos de la presidenta de las Illes Balears 16/2023, de 20 de julio,17/2023, de 23 de agosto, y 1/2024, de 4 de enero.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023, dentro del objetivo IV, sobre cohesión social, y más concretamente en el punto I, relativo a igualdad, en el sentido modificar la línea IV.1.1, que pasa a tener el siguiente contenido:

 

IV.1.1

Dirección general: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa/ Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas individualizadas de comedor escolar por motivos socioeconómicos y de transporte para los cursos 2021-2022, 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025

Objetivos y efectos: compensar a los alumnos que cursen estudios en centros docentes públicos no universitarios, en los niveles del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria, con la financiación de parte del coste del servicio de comedor, cuando concurran determinadas circunstancias socioeconómicas o de transporte y para favorecer su escolarización y para compensar a los alumnos que cursen estudios en centros del primer ciclo de educación infantil que formen parte de la red de guarderías públicas o de la red educativa complementaria, con la financiación de parte del coste del servicio de comedor, cuando concurran determinadas circunstancias socioeconómicas y para favorecer su escolarización

Convocatoria: anual

Coste: 36.700.000, 00€

Indicadores: número de beneficiarios

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de abril de 2024)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/202