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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 227182
Extracto de la convocatoria pública de las subvenciones para actividades educativas en los centros educativos de Palma curso 2024-2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 754174

Por Acuerdo número 20240410_01_005 adoptado por la Junta de Gobierno de 10 de abril de 2024 a propuesta de la Direcció General d'Educació, Infància i Joventut dentro de la Regidoria de l'Àrea de Serveis Socials, Educació, Participació Ciutadana i Joventut, se ha aprobado la convocatoria pública de las subvenciones para actividades educativas en los centros educativos de Palma curso 2024-2025.

A razón de lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB y cuyo texto completo se puede consultar en la página web de la Regidoría www.palmaeduca.cat

Primero. Objeto

El objeto de esta convocatoria es regular las subvenciones a la realización de actividades educativas a los centros educativos ubicados en el término municipal de Palma llevadas a cabo en el curso escolar 2024-2025.

Segundo. Beneficiarios

Podrán beneficiarse de las subvenciones convocadas los centros educativos de Palma, las asociaciones de alumnos, las asociaciones de familias (AFA-AMIPA) de Palma i las federacions-confederacions de asociaciones de familias AFA AMIPA.

Los centros y entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 OMS y en particular los siguientes:

  • Estar legalmente constituidas
  • Gozar de capacidad jurídica y de obrar
  • No tener finalidad de lucro
  • Estar inscritas en el Registro de Centros, Servicios y Entidades de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los centros educativos autorizados por la Conselleria d'Educació del Govern Balear.

Todos los centros y entidades beneficiarias de la subvención deberán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 11 OMS.

Tercero. Modalidades subvencionables

  • Refuerzo educativo.
  • Aulas de Estudio – Ludoteca.
  • Teatro escolar con participación en la Muestra de Teatro Escolar de Palma
  • Actividades ESCOLARES- EXTRAESCOLARES.
  • Actividades de formación para familias o AFA- AMIPAS de Palma.
  • Optimización de patios escolares.

Cuarto. Actividades no subvencionables en esta convocatoria

  • Salidas fuera de la isla.
  • Desplazamientos.
  • Actividades deportivas.
  • Monitores para la realización de actividades en el horario escolar.
  • Entradas para espectáculos.
  • Compra de alimentos para celebraciones.
  • Gastos de electricidad y agua.
  • Las actividades que incluyan publicidad o patrocinios de bebidas alcohólicas, salas de juego, juegos de apuestas y otros juegos digitales que puedan causar trastornos adictivos.

Quinto. Cuantía

La cuantía total máxima de la subvención convocada es de 66.000 euros, no obstante eso, en cualquier caso la cantidad máxima a subvencionar para el conjunto de actividades de un centro o entidad no puede exceder el 6 % (3.960 euros) de la cuantía total de la consignación presupuestaria de 66.000'- euros.

Sexto. Termino de presentación de solicitudes

Las solicitudes debidamente completadas y que se encuentran disponibles en la página web  palmaeduca.cat, se pueden presentar desde el día siguiente de la publicación del extracte de  la convocatoria en el BOIB en el termino de 30 días hábiles.

Las solicitudes con toda la documentación adjunta se deberán presentar de manera telemática.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (11 de abril de 2024)

El jefe de Departamento p.d. Decreto de batlia núm 3000 de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Bernat Pascual Riera