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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 221109
Corrección de errores de las bases del procedimiento selectivo para la cobertura de una plaza de Ingeniero Industrial

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Texto

Mediante Resolución de alcaldía n.º 845/2024, de fecha 2 de abril de 2024, se ha aprobado la corrección de errores materiales de la Resolución de alcaldía n.º 2438/2023, de fecha 7 de diciembre de 2023, en cuanto a la convocatoria del procedimiento selectivo para el acceso como personal funcionario de carrera del ayuntamiento de Alcúdia, por el turno libre, de una plaza de Ingeniero Industrial, mediante concurso-oposición, incluida en la oferta pública de empleo del año 2020 (BOIB n.º 169, de 14 de diciembre de 2023).

Cosa que hacemos pública en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Alcúdia, a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Alcúdia, en la fecha de la firma electrónica (5 de abril de 2024)

La alcaldesa Josefina Linares Capó

 

“RESUELVO

Primero.- Rectificar el Decreto n.º 2023/2438, de 7 de diciembre de 2023, en el sentido de suprimir el primer punto del apartado de Conocimientos de catalán, de la base 6.a.- Procedimiento de selección, 2.2.) Cursos de formación, donde dice “Certificado C1 o equivalente: 1,5 puntos”, puesto que este certificado es el exigido como requisito a la convocatoria y, por lo tanto, no se puede valorar como mérito.

Segundo.- Rectificar el Decreto n.º 2023/2438, de 7 de diciembre de 2023, en cuanto a la valoración de las Titulaciones académicas:

Donde dice: Donde dice: “Titulaciones académicas (7,5 puntos)

1. Por cada doctorado: 4 puntos

2. Por cada licenciatura, grado, diplomatura (excepto la titulación establecida en la base 2.d)): 3 puntos

3. Otros estudios de Posgrado (Máster, Especialista Universitario o Experto Universitario, excepto los títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión recogido en el punto 2.d). se puntuarán según el número de créditos que consten, a razón de 0,0025 puntos por hora.

La valoración como mérito de un título implica que no se pueden valorar los de niveles inferiores necesarios para obtenerlo, excepto en el caso del título de Doctor/a o estudios de máster, en la cual sí que se podrá valorar el grado, la licenciatura, diplomatura o equivalente.

En caso de que en el diploma no se especifique el valor de los créditos, los créditos anteriores al Pla Bolonia se valorarán a 10 horas por crédito y los créditos *ECTS a 25 horas por crédito.

Para la valoración de las titulaciones, se estará al que se dispone en la tabla de equivalencias del Ministerio de Educación.”

Tiene que decir: “Titulaciones académicas (7,5 puntos)

1. Por cada doctorado: 4 puntos

2. Por cada Máster universitario oficial (excepto el título que habilite para el ejercicio de la profesión recogido en el punto 2.d) de la Base 2.a)): 3 puntos

3. Por cada licenciatura, grado, diplomatura (excepto la titulación establecida en el punto 2.d) de la Base 2.a)): 2 puntos

4. Otros estudios de Posgrado (Máster de título propio no oficial, experto universitario, especialista universitario): se puntuarán según el número de créditos que consten, a razón de 0,0025 puntos por hora, con un máximo de 1,5 puntos.

La valoración como mérito de un título implica que no se pueden valorar los de niveles inferiores necesarios para obtenerlo, excepto en el caso del título de Doctor/a o estudios de máster, en la cual sí que se podrá valorar el grado, la licenciatura, diplomatura o equivalente.

En caso de que en el diploma no se especifique el valor de los créditos, los créditos anteriores al Pla Bolonia se valorarán a 10 horas por crédito y los créditos *ECTS a 25 horas por crédito.

Para la valoración de las titulaciones, se estará al que se dispone en la tabla de equivalencias del Ministerio de Educación.”

Tercero.- Publicar esta resolución en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Alcúdia (www.alcudia.net) y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”