Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 221085
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la realización de actividades administrativas de control, supervisión y verificación de licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables con motivo de la apertura de establecimientos (OF.T.02)
Aprobada inicialmente por el pleno de este Ayuntamiento de 12 de febrero de 2024, la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la realización de actividades administrativas de control, supervisión y verificación de licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables con motivo de la apertura de establecimientos, expuesta al público mediante la publicación del anuncio correspondiente en el BOIB núm. 22, de fecha 15 de febrero de 2024 por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias sin que se hayan presentado, y visto el informe favorable sobre el impacto de género del Instituto Balear de la Mujer de 22 de febrero de 2024, se publica el texto íntegro de dicha modificación.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL:
OF.T.02 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS Y DECLARACIONES RESPONSABLES CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.
Artículo 5. Cuota tributaria
La cuota tributaria se determinará conforme a las tarifas siguientes:
TIPOS DE ACTIVIDAD O INSTALACIÓN |
TARIFA/€ |
---|---|
ACTIVIDADES PERMANENTES MAYORES |
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HASTA 150M2 * |
700,00 |
DE 150M2 HASTA 500M2 * |
700,00€ + 0,30€/m2 que exceda de 150m2 |
DE 500M2 HASTA 1.000M2 * |
805,00€ + 0,24€/m2 que exceda de 500m2 |
DE MÁS DE 1.000M2 * |
925,00€+0,18€/m2 que exceda de 1.000 m2 |
ACTIVIDADES PERMANENTES MENORES |
500,00 |
ACTIVIDADES PERMANENTES INOCUAS |
200,00 |
ACTIVIDADES NO PERMANENTES MAYORES |
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AFOROS HASTA 250 |
100,00 |
AFOROS HASTA 251 A 500 |
150,00 |
AFOROS HASTA 501 A 1.000 |
200,00 |
AFOROS HASTA 1.001 A 2.000 |
250,00 |
AFOROS DE MÁS DE 2.000 |
300,00 |
ACTIVIDADES NO PERMANENTES MENORES |
75,00 |
ACTIVIDADES NO PERMANENTES INOCUAS |
15,00 |
ACTIVIDADES ITINERANTES MAYORES |
|
Hasta 15 días |
100,00 |
De 16 a 45 días |
150,00 |
De 46 días a 3 meses |
200,00 |
ACTIVIDADES ITINERANTES MENORES |
|
Hasta 15 días |
75,00 |
De 16 a 45 días |
100,00 |
De 46 días a 3 meses |
150,00 |
ACTIVIDADES ITINERANTES INOCUAS |
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Hasta 15 días |
50,00 |
De 16 a 45 días |
75,00 |
De 46 días a 3 meses |
100,00 |
CAMBIOS DE TITULARIDAD |
150,00 |
* En las modificaciones de actividades permanentes mayores, la superficie computable corresponderá a la superficie modificada o ampliada si se trata de modificaciones simples o importantes. La superficie computable corresponderá a la totalidad de la actividad cuando se trate de modificaciones substanciales.
Santanyí, a fecha de la firma electrónica (9 de abril de 2024)
La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat