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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 215234
Convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L. y Son Floriana, S.L. (Expediente 5050/2022)

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Texto

En fecha 21 de marzo de 2024 el Pleno del Ayuntamiento de Son Servera aprobó con carácter definitivo el convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L., y de conformidad con lo que dispone el artículo 99 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se publica el acuerdo de aprobación y el texto íntegro del convenio. que es el siguiente:

«En fecha 19 de enero de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Son Servera aprueba con carácter inicial el convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L.

El 25 de abril de 2023 se publica el acuerdo de aprobación inicial del convenio mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB núm. 52, de 25 de abril de 2023) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, otorgando un plazo de un mes para que se pudieran presentar cuantas alegaciones se consideraran pertinentes.

Visto lo establecido en el artículo 207 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca, se abre un trámite de audiencia a todos los interesados. Durante este trámite no se presenta ningún tipo de alegación.»

Visto el informe jurídico emitido por parte de la técnica de administración general en fecha 8 de marzo de 2024, el cual se transcribe literalmente:

«Margalida Nadal Riera, técnica de administración general adscrita al Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Son Servera

INFORME JURÍDIC

Asunto. Tramitación y aprobación de convenio urbanístico de planeamiento Interesado. Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L. Expediente. 5050/2022

Antecedentes

Primero. En fecha 19 de enero de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Son Servera aprueba con carácter inicial el convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L.

Segundo. El 25 de abril de 2023 se publica el acuerdo de aprobación inicial del convenio mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB núm. 52, de 25 de abril de 2023) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, otorgando un plazo de un mes para que se pudieran presentar cuantas alegaciones se consideraran pertinentes.

Tercero. Dado lo establecido en el artículo 207 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears para la isla de Mallorca, se abre un trámite de audiencia a todos los interesados. Durante este trámite no se presenta ningún tipo de alegación.

Fundamentos de derecho

- Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

- Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana.

- Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades locales.

- Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca.

Consideraciones jurídicas

Primera. Objeto del convenio

Es voluntad de este Ayuntamiento suscribir este convenio urbanístico.

Se trata de un convenio urbanístico de planeamiento mediante el cual el Ayuntamiento de Son Servera, Promociones Turísticas de Cala Millor y Son Floriana, S.L. se obligan a una serie de compromisos por la que las dos últimas entidades se comprometen a ceder al Ayuntamiento los terrenos que son de cesión obligatoria y gratuita libre de cargas así como las destinadas a equipamiento deportivo y docente libre de cargas mientras que el Ayuntamiento se compromete a tramitar la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Son Servera para modificar las calificaciones del suelo y así adaptarlas a la voluntad de las partes concertadas, todo ello con la intención de poder proceder a la recepción de la urbanización de Son Floriana en un futuro.

En este convenio se establece el compromiso del Ayuntamiento de Son Servera de efectuar las oportunas modificaciones del planeamiento (Normas Subsidiarias de Son Servera) aprobado definitivamente en el año 2014 para modificar las calificaciones del suelo adaptándolas a la voluntad de las partes concertantes.

Segunda. Procedimiento de aprobación del convenio

Habiendo seguido los trámites establecidos para la normativa urbanística vigente para la aprobación de un convenio de planeamiento urbanístico (aprobado inicial de la propuesta de convenio por parte del Pleno del Ayuntamiento, sometido al trámite de exposición pública por plazo de un mes y otorgado un trámite de audiencia a las posibles personas interesadas) corresponde la aprobación definitiva del texto del convenio urbanístico.

Cabe indicar que no se han presentado alegaciones al respecto.

Tercero. Del órgano competente para la aprobación definitiva del Convenio

El órgano competente para la aprobación del presente convenio es el Pleno del Ayuntamiento dado lo dispuesto en el artículo 97.4 LUIB.

Según lo dispuesto en el artículo 47 LBRL, el quórum para la aprobación del convenio es el de mayoría simple.

Conclusiones

Por todo lo informado, se propone al Pleno de este Ayuntamiento que por el quórum de mayoría simple adopte el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar con carácter definitivo el convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L. y Son Floriana, S.L.

Segundo. Requerir a las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L. para que en el plazo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se realice la notificación, procedan a la firma del convenio.

Tercero. Publicar el texto íntegro del convenio aprobado definitivamente en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web o punto de acceso electrónico del Ayuntamiento.»

Vista la propuesta de resolución PR/2024/332 de 8 de marzo de 2024.

RESOLUCIÓN

Primero. Aprobar con carácter definitivo el convenio urbanístico de planeamiento a suscribir entre el Ayuntamiento de Son Servera y las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L., y Son Floriana, S.L.

Segundo. Requerir a las sociales Promociones Turísticas de Cala Millor, S.L. y Son Floriana, S.L. para que en el plazo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se realice la notificación, procedan a la firma del convenio.

Tercero. Publicar el texto íntegro del convenio aprobado definitivamente en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web o punto de acceso electrónico del Ayuntamiento.

Y para que así conste a los efectos del expediente, emito el presente certificado por orden y con el visto bueno del alcalde, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.

Son Servera, documento firmado electrónicamente"

 

(Firmado electrónicamente: 4 de abril de 2024

El alcalde Jaume Servera Lliteras)