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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 198122
Aprobación convocatoria de subvenciones plurianuales 2024-2025 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles), sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y la redacción o actualización de planes municipales de protección civil

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día 27 de marzo de 2024, ha aprobado el siguiente acuerdo:

“El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, aprobó la Ordenanza general de subvenciones (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

Es necesario, ante las carencias que tienen los ayuntamientos de Mallorca, seguir otorgando ayudas para el fomento de obras de inversión en el ámbito local y para la adquisición de vehículos y de inmuebles. De esta necesidad nace esta convocatoria de subvenciones plurianuales 2024-2025 dirigida a todos los ayuntamientos de Mallorca (excepto Palma) y la entidad local menor de Palmanyola. El carácter bienal de la convocatoria viene motivado para posibilitar que los ayuntamientos puedan llevar a cabo obras de mayor envergadura al disponer del crédito de dos anualidades y también simplificar los trámites administrativos al unificar en una sola las dos convocatorias previstas para los años 2024 y 2025.

Mediante la aprobación de esta convocatoria se inicia el procedimiento de concesión de las subvenciones para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y para la redacción o actualización de planes municipales de protección civil.

Las actuaciones que se podrán financiar con las subvenciones de esta convocatoria serán obras de inversión de competencia municipal de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. También se podrán financiar con estas subvenciones la adquisición de vehículos y de corderos inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal. Asimismo, con respecto a las obras, también se subvencionarán los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras y finalmente, también se financiará la redacción o actualización de planes municipales de protección civil.

En cuanto a las obras estará la posibilidad de pedir actuaciones que no se encuentran incluidas en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Estas actuaciones, que son competencias del artículo 7.4 de la ley mencionada, serán para esta convocatoria las siguientes:

  • Guarderías de 0 a 3 años: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Residencias de tercera edad: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Centros de día: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Construcción de instalaciones relacionadas con el artículo 39 letra h) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Las actuaciones se subvencionarán según el orden de preferencia señalado por el Presidente de la Corporación Local en la solicitud de subvención que figura como Anexo I de la convocatoria.

Se destina la cantidad total de treinta y nueve millones setecientos sesenta mil euros (39.760.000,00 €) para la concesión de subvenciones de inversión de esta convocatoria bienal: diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2024 y otros diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2025.

Del gasto total de 2024, diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76202, RC nº. operación 220240004618 y cuatrocientos ochenta-mil euros (480.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76802, RC nº. operación 220240004619, del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca.

Del gasto total de 2025, diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76202, RC nº. operación 220249000165 y cuatrocientos ochenta-mil euros (480.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76802, RC nº. operación 220249000164, del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca.

En esta convocatoria de subvenciones ha sido necesario elevar excepcionalmente el porcentaje del 70% del ejercicio inmediato siguiente hasta el 100% de los gastos de inversión en uso de la facultad prevista en el artículo 174.5 del R. decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, para posibilitar que la convocatoria pueda ser bienal con el mismo crédito para las dos anualidades y así conseguir que los ayuntamientos puedan llevar a cabo obras de mayor envergadura al disponer del crédito de dos anualidades y también simplificar los trámites administrativos al unificar en una sola las dos convocatorias previstas para los años 2024 y 2025.

Por acuerdo del Lleno del Consejo de Mallorca de día 18 de julio de 2019 (BOIB nº. 102, de día 25 de julio de 2019) se delegó en la Presidencia del Consejo de Mallorca, entre otras atribuciones, la siguiente:

Ampliar el número de anualidades y elevar los porcentajes a que se refiere el apartado 3 del artículo 174 del R. decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales."

Por decreto de fecha de firma de día 13 de marzo de 2024 se procedió a elevar este porcentaje hasta el 100% de la anualidad del ejercicio inmediato siguiente.

Con fecha de firma de día 20 de marzo de 2024 se ha emitido informe favorable del gasto plurianual por parte de la directora insular de Hacienda y Presupuestos.

El Consejo Ejecutivo es el órgano competente para aprobar esta convocatoria de conformidad con el arte. 28.1 letra m) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares en relación en la base 24.4 de las de ejecución del presupuesto de 2024.

Asimismo, corresponde a la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local resolver esta convocatoria de acuerdo con lo que dispone el arte. 33.2 letra k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Dado que esta convocatoria de subvenciones está prevista en el Plan Estratégico de Subvención 2024.

Vista la memoria justificativa de la convocatoria de subvenciones del director insular de Desarrollo Local.

Visto el informe de fiscalización previa de conformidad de la Intervención delegada de la Misericordia.

Por todo eso, la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local hace al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de

ACUERDO

Primero. Aprobar la convocatoria que se adjunta de subvenciones plurianuales 2024-2025 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y para la redacción o actualización de planes municipales de protección civil.

Segundo. Autorizar un gasto por un importe de treinta y nueve millones setecientos sesenta mil euros (39.760.000,00 €); diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2024; 19.400.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76202, RC nº. operación: 220240004618 y 480.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76802, RC nº. operación: 220240004619, y diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2025; 19.400.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76202, RC nº. de operación 220249000165 y 480.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76802, RC nº. operación 220249000164.

No obstante lo anterior, al tratarse de una convocatoria de gasto plurianual, el gasto correspondiente al ejercicio 2025 queda sometido a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su financiación y de los recursos afectados que financian este proyecto.

Tercero. Autorizar a la consejera de Promoción Económica y Desarrollo Local a firmar los convenios, de acuerdo con el modelo que figura como Anexo II de la convocatoria, con todos y cada uno de los ayuntamientos/entidad local menor beneficiarios de las subvenciones.

Cuarto. Aprobar los modelos normalizados siguientes que figuran como anexas a la convocatoria de subvenciones:

-Solicitud de la subvención (Anexo I).

-Convenio a suscribirse con cada entidad local beneficiaria de las subvenciones (Anexo II).

-Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).

-Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo de Mallorca y con la Seguridad Social (Anexo IV).

- Autorización para la obtención de datos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca (Anexo V)

-Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo VI).

-Certificado de posesión y disposición real y llena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VII).

-Informe acreditativo de la adaptación de la actuación de edificación, obra o instalación al planeamiento urbanístico municipal; a los instrumentos de ordenación territorial y a la normativa urbanística y territorial (Anexo VIII).

-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico/técnica municipal (Anexo IX).

- Declaración responsable del técnico/técnica redactor del proyecto de no estar sometido a ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuando (Anexo X)

-Certificado de adjudicación de las actuaciones (Anexo XI).

- Acta de comprobación del replanteo (Anexo XII).

- Certificación de obra (Anexo XIII)

- Certificado final de obra (Anexo XIV)

- Acta de recepción (Anexo XV)

- Certificado del secretario/a en fase de justificación de gastos (Anexo XVI).

- Informe del interventor/a en fase de justificación de gastos (Anexo XVII).

- Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, Consejo de Mallorca y con la Seguridad Social, de acuerdo con el arte. 48.4 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca (Anexo XVIII).

Quinto. Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, contra este acuerdo no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contadores desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contadores desde el día siguiente en aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

No obstante el anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.”

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (27 de marzo de 2024)

La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local Maria del Pilar Amate Rotger

 

Convocatoria de subvenciones plurianuales 2024-2025 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles), sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y la redacción o actualización de planes municipales de protección civil.

1.- Objeto y finalidad

Esta convocatoria se lleva a cabo en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

La finalidad de esta convocatoria es otorgar ayudas a los ayuntamientos de Mallorca y entidades locales menores en la ejecución de obras de inversión de competencia municipal, en la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y a sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y para la redacción o actualización de planes municipales de protección civil.

 

2.- Beneficiarios

Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca (excepto Palma) y las entidades locales menores.

No pueden acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos y las entidades locales menores de Mallorca en los cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

3.- Actuaciones subvencionables

Las actuaciones que se podrán financiar con las subvenciones de esta convocatoria serán obras de inversión de competencia municipal de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. También se podrá financiar con estas subvenciones la adquisición de vehículos y de bienes inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal.  Asimismo, con respecto a las obras, también se subvencionarán los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras. Finalmente, serán objeto de subvención la redacción o actualización de los planes municipales de protección civil.

Las actuaciones que se podrán subvencionar con esta convocatoria serán las comprendidas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Un mínimo de 30.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento tiene que ir destinada a mejorar y cumplimentar las condiciones de accesibilidad universal de los equipamientos y edificios públicos, así como de los espacios de uso público de titularidad municipal, de acuerdo con lo previsto en la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Islas Baleares, y concretamente con lo establecido en el artículo 6. La cantidad mínima de 30.000,00 euros destinados por cada ayuntamiento a la mejora y cumplimiento de la accesibilidad universal tendrá que ser plenamente identificable en la documentación técnica, tanto si se trata de un solo proyecto o de más proyectos independientes destinados íntegramente a tal finalidad o por formar parte de un proyecto más extenso. En este último caso, las partidas destinadas a la mejora y cumplimiento de la accesibilidad universal se agruparán en un capítulo exclusivo e independiente formando parte del proyecto más amplio.

Si no se destinan los 30.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento a la finalidad antes mencionada no se podrá obtener la subvención, y se entenderá que se ha desistido de solicitar toda la subvención que le corresponda al ayuntamiento de acuerdo con lo que se establece en esta convocatoria.

Cada ayuntamiento o entidad local menor solo puede presentar un máximo de diez (10) actuaciones en esta convocatoria, contando obras, vehículos e inmuebles, y un máximo de diez (10) actuaciones de honorarios de redacción de proyectos y de diez (10) actuaciones de honorarios de dirección de obras, así como una (1) redacción o actualización del plan municipal de protección civil.

Las actuaciones que se soliciten en esta convocatoria (obras, vehículos e inmuebles) tienen que ser de un importe igual o superior a 10.000,00 euros, IVA incluido, excepto con respecto a los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras y en la redacción o actualización del plan municipal de protección civil, que no tienen un importe mínimo.

En ningún caso el importe del gasto subvencionable puede ser superior al valor de mercado.

Los honorarios de redacción del proyecto y de dirección de la obra no podrán figurar en el proyecto técnico y los profesionales que lleven a cabo estas actuaciones tienen que ser técnicos externos a la Corporación Local. También tienen que ser técnicos y/o empresas externas a la Corporación Local los que redacten o actualicen los planes municipales de protección civil.

En el apartado de las obras existe la posibilidad de pedir actuaciones que no se encuentren incluidas en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Estas actuaciones, que son competencias del artículo 7.4 de la ley mencionada, serán para esta convocatoria las siguientes:

  • Escoletas de 0 a 3 años: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Residencias de tercera edad: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Centros de día: construcción, reforma o adaptación a normativas.
  • Construcción de instalaciones relacionadas con el artículo 39, letra h) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Para solicitar alguna de estas cuatro actuaciones se tendrá que cumplimentar el apartado C) del Anexo I, en el cual se declara que el Ayuntamiento o entidad local menor dispone, en el expediente municipal, además de los documentos generales aplicables a todas las obras, de los siguientes documentos previstos en el artículo 7.4 antes citado:

  • Informe de la Administración competente por razón de la materia en el cual se haga constar la inexistencia de duplicidades, es decir, que no se incurre en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública.
  • Informe de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.
  • Informe de conformidad en la ejecución de estos proyectos de la Administración competente en la materia.

4..- Crédito presupuestario plurianual

A las subvenciones objeto de esta convocatoria (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) se destina la cantidad de treinta y nueve millones setecientos sesenta mil euros   (39.760.000,00 €); diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2024: diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 2024: 65.94310.76202, RC núm. operación: 220240004618, y cuatrocientos ochenta  mil euros (480.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 65.94310.76802, RC núm. operación: 220240004619; y diecinueve millones ochocientos ochenta mil euros (19.880.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2025: diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 2025: 65.94310.76202, RC núm. operación: 220249000165, y cuatrocientos ochenta  mil euros (480.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 65.94310.76802, RC núm. operación: 220249000164.

5.- Naturaleza de la subvención y límites

1. Las subvenciones de esta convocatoria son de carácter plurianual 2024-2025, voluntario y eventual, y anulables, revocables y reintegrables en todo momento por las causas previstas en la Ordenanza general de subvenciones. Además, no generan ningún derecho a obtener otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. Asimismo, son compatibles con otras ayudas y subvenciones que pueda recibir el beneficiario para el mismo proyecto subvencionado siempre que el cómputo total de las ayudas o subvenciones recibidas no supere el coste total de la actividad que la entidad beneficiaria tiene que desarrollar.

2. La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% del importe solicitado subvencionable.

6.- Régimen de concesión

De acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza general de subvenciones, el régimen de concesión se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y por lo tanto no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes, ya que será suficiente cumplir los requisitos que se establecen en esta convocatoria.

En este supuesto, la subvención se determinará de la manera siguiente a todos los ayuntamientos y entidades locales menores que se presenten a la convocatoria:

  • Municipios hasta 5.000 habitantes: 960.000,00 euros
  • Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 700.000,00 euros.
  • Municipios de 10.001 a 20.000 habitantes: 520.000,00 euros.
  • Municipios de más de 20.000 habitantes: 360.000,00 euros

Los datos de la población se han sacado de la última revisión que ha publicado en la web el Instituto Nacional de Estadística (INE), excepto en el caso de Palmanyola, que la población, al no publicarla el INE, se ha sacado de los datos de la web del Instituto Balear de Estadística (IBESTAT).

Los ayuntamientos que cuenten con una entidad local menor en su término municipal verán reducida su población a los efectos del cálculo de la subvención con los habitantes que pertenezcan a la entidad local menor.

Las actuaciones se subvencionarán según el orden de preferencia señalado por el Presidente de la Corporación Local en la solicitud de subvención que figura como Anexo I de la convocatoria.

Si la actuación o la suma de todas las actuaciones solicitadas es de importe inferior a la subvención global que resulte para cada ayuntamiento de los criterios determinados en este punto, esta subvención global se reducirá automáticamente al importe de las actuaciones presentadas. En caso que las actuaciones presentadas fuera de importe superior a la subvención que corresponda en cada ayuntamiento según los criterios de este punto, la diferencia irá a cargo del ayuntamiento.

A cada ayuntamiento, de acuerdo con los criterios de este punto, le correspondería la siguiente cantidad:

CIF

AYUNTAMIENTO

POBLACIÓN 2023

SUBVENCIÓN SEGÚN POBLACIÓN

TOTAL 2024

TOTAL 2025

TOTAL

P-0700100-A

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

5.909

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0700300-G

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

21.322

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0700400-E

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

6.170

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0700500-B

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

11.833

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0706600-D

AYUNTAMIENTO DE ARIANY

963

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0700600-J

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

8.208

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0700700-H

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

577

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0700800-F

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

9.172

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0700900-D

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

1.148

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0701000-B

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

5.089

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0701100-J

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

53.162

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0701200-H

AYUNTAMIENTO DE CAMPANET

2.790

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0701300-F

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

11.763

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0701400-D

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

12.340

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0701600-I

AYUNTAMEINTO DE CONSELL

4.304

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0701700-G

AYUNTAMIENTO DE COSTITX

1.490

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0701800-E

AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

675

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0701900-C

AYUNTAMIENTO DE ESCORCA

194

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0702000-A

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

5.236

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0702100-I

AYUNTAMIENTO DE ESTELLENCS

359

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0702200-G

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

18.592

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0702500-J

AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX

717

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0702700-F

AYUNTAMIENTO DE INCA

34.577

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0702800-D

AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE

1.589

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0702900-B

AYUNTAMIENTO DE LOSETA

6.378

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0703000-J

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

2.438

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0703100-H

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

39.040

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0703300-D

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

46.395

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0703400-B

AYUNTAMIENTO DE MANCOR DE LA VALL

1.639

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0703500-I

AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT

2.336

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0703600-G

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

39.440

360.000,00

180.000,00

180.000,00

360.000,00

P-0703800-C

AYUNTAMIENTO DE MONTUÏRI

3.144

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0703900-A

AYUNTAMIENTO DE MURO

7.825

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0704100-G

AYUNTAMIENTO DE PETRA

3.118

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0704200-E

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

17.279

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0704300-C

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

5.741

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0704500-H

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

2.055

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0704400-A

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

14.164

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0704900-J

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN

2.195

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0705100-F

AYUNTAMIENTO DE SAN LLORENÇ

9.227

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0705300-B

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

1.843

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0705500-G

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

13.160

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0705600-E

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ

7.552

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0705700-C

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

12.480

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0705800-A

AYUNTAMIENTO DE SELVA

4.289

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0704700-D

AYUNTAMIENTO DE SENCELLES

3.795

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0705900-I

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

5.044

700.000,00

350.000,00

350.000,00

700.000,00

P-0706000-G

AYUNTAMIENTO DE SINEU

4.369

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0706100-E

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

13.610

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0706200-C

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

11.932

520.000,00

260.000,00

260.000,00

520.000,00

P-0706300-A

AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA

2.037

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

P-0706500-F

AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA

3.699

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

504.403,00

38.800.000,00

19.400.000,00

19.400.000,00

38.800.000,00

 

 

 

 

 

 

 

P-0700002-I

ENTIDAD LOCAL DE PALMANYOLA

2.197

960.000,00

480.000,00

480.000,00

960.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

506.600,00

39.760.000,00

19.880.000,00

19.880.000,00

39.760.000,00

La concesión de las subvenciones se hará en el momento procedimental adecuado de esta convocatoria.

En el supuesto que la totalidad de las solicitudes presentadas por los ayuntamientos no agoten el crédito presupuestario, el importe sobrante se revertirá a la aplicación presupuestaria correspondiente.

7.- Presentación de solicitudes

El plazo para presentar la documentación prevista en el punto siguiente será de TREINTA (30) días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Las instancias se tienen que presentar telemáticamente en el registro electrónico general del Consell de Mallorca.

Si la solicitud no reúne los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la persona que lo solicita, o algunos de los requisitos previstos a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo que establece el artículo 68.1 de la ley antes mencionada, para que, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si no lo hace así, se tendrá por desistida la petición, con una resolución expresa previa.

Junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en el punto siguiente de esta convocatoria.

8.- Formalización de solicitudes

1.- Las solicitudes se tienen que formalizar mediante el modelo oficial (Anexo I). Se tiene que presentar una solicitud y toda la documentación que acto seguido se relaciona para pedir la subvención de las actuaciones

Con la solicitud se tiene que adjuntar la siguiente documentación:

-Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).

-Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y el Consell de Mallorca y con la Seguridad Social (Anexo IV).

-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado,con  la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Consell de Mallorca. (Anexo V)

-Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo VI)

-Certificado de la posesión y disposición real y plena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VII)

-Informe acreditativo de la adaptación de la actuación de edificación, obra o instalación al planeamiento urbanístico municipal; a los instrumentos de ordenación territorial y a la normativa urbanística y territorial (Anexo VIII)

-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico municipal (Anexo IX)

-Una memoria explicativa de la actuación solicitada firmada por un técnico/técnica municipal con el visto bueno del alcalde/alcaldesa del ayuntamiento, con el siguiente contenido:

  • Título de la actuación
  • Breve descripción de su objeto
  • Presupuesto con IVA incluido
  • Declaración de que se trata de una actuación subvencionable de las incluidas en el punto 3 de la convocatoria.

2.- Para la actuación de redacción o actualización del plan municipal de protección civil, además de la presentación de los anexos detallados anteriormente, a la descripción de su objeto de la memoria de esta actuación tienen que constar todos los puntos que figuran en la GUÍA PARA LA REDACCIÓN DE LOS PLANES MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL que se encuentra en la web del GOIB: Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.  Dirección General de Emergencias e Interior.

http://www.caib.es/govern/rest/arxiu/3987579

9.-Contenido de los proyectos técnicos

El proyecto o proyectos técnicos de las obras a ejecutar en el marco de esta convocatoria tienen que tener el contenido que se señala en el artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público en relación con el artículo 124 y siguientes del R. Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el reglamento general de la ley de contratos de las administraciones públicas.

A la memoria del proyecto se tendrá que hacer constar:

-Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística.

-Manifestación del cumplimiento de la normativa estatal y autonómica vigente (justificando, entre otros, el cumplimiento de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears; Plan director sectorial para la gestión de los residuos de la isla de Mallorca vigente en cada momento y, en general, cuántos preceptos e instrucciones técnicas sean de aplicación al caso concreto).

-El presupuesto general de la obra tendrá que adecuarse obligatoriamente al siguiente modelo:

A) Presupuesto de ejecución material ( PEM ) .........................

B) Beneficio industrial (6% del PEM) ..................................

C) Gastos generales (13% del PEM) .................................

D) Total valor estimado del contrato (A+B+C) .....................

Total presupuesto para conocimiento de la Administración (Presupuesto objeto de subvención) (IVA (21% sobre D) + D) ..............................................................

10.- Órgano instructor y procedimiento de concesión de las subvenciones

El órgano instructor es la Secretaría Técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, que tiene que llevar a cabo las actuaciones establecidas en la Ordenanza general de subvenciones, y formular la propuesta de resolución. El órgano instructor puede requerir a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

El Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local es el centro gestor responsable del seguimiento de las subvenciones.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza general de subvenciones, se enviará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre esta convocatoria, y sobre las resoluciones de concesión que se deriven, y se publicará en el BOIB y en la sede electrónica de Consell de Mallorca.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis (6) meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

El Consell Executiu es el órgano competente para aprobar esta convocatoria de conformidad con el artículo 28.1 letra m) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars en relación con la base 24.4 de las de ejecución del presupuesto de 2024.

Corresponde a la consellera executiva de Promoción Economica i Desarrollo Local resolver esta convocatoria de acuerdo a lo dispuesto en el art. 33.2 lletra k) de la Llei 4/2022, de 28 de juny, de consells insulars

La concesión de las subvenciones se hará siguiendo los criterios fijados en el punto 6 de esta convocatoria.

El pago de las subvenciones de las dos anualidades (2024 y 2025) se hará mediante adelantos del 100% de las subvenciones una vez concedidas.

Para resolver cualquier actuación derivada de la concesión de las subvenciones será de aplicación el acuerdo del Consell Executiu de día 7 de agosto de 2019 (BOIB nº. 111, de 13 de agosto de 2019) por el cual se acuerda la delegación en las personas titulares de los departamentos para resolver cualquier actuación derivada de la concesión de subvenciones siempre que no se modifique su objeto.

De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, contra el acuerdo de concesión de las subvenciones no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

11.- Convenio de colaboración

De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca para la gestión de los gastos se firmará un convenio entre el Consell de Mallorca y cada entidad local beneficiaria de las subvenciones. Este modelo de convenio, que figura como Anexo II de esta convocatoria, tiene que ser aprobado por cada Entidad Local y se tiene que remitir al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consell de Mallorca una vez aprobado en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención. El convenio arriba mencionado regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.

12.- Obligaciones de las entidades beneficiarias

Los ayuntamientos y entidades locales menores a los cuales se les ha concedido las subvenciones estarán obligados a:

12.1.- Remitir el convenio a suscribir con el Consell de Mallorca en el plazo de UN (1) mes contado desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención junto con un certificado del secretario municipal, por el cual se aprueba por parte del ayuntamiento este convenio previsto en el punto 11 según el modelo normalizado que figura como Anexo II de esta convocatoria.

El convenio arriba mencionado se firmará entre el Consell de Mallorca y cada una de las entidades beneficiarias de las subvenciones una vez concedidas estas, el cual regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.

12.2.-  Adjudicar las actuaciones subvencionadas (obras, adquisición de bienes y/o vehículos y honorarios de redacción de proyectos y dirección de obras). Las actuaciones subvencionadas se tienen que adjudicar, como fecha máxima, en el plazo de UN (1) año desde la publicación del acuerdo de concesión en el BOIB y presentar el certificado de adjudicación de cada una de las actuaciones (Anexo X) al Consell de Mallorca, en un plazo máximo de UN (1) MES desde la fecha de adjudicación. Una vez adjudicadas las actuaciones la subvención del Consell de Mallorca quedará reducida respecto de la concedida de manera automática proporcionalmente al porcentaje de baja que, si ocurre, se produzca siempre que se hubiera subvencionado la actuación por parte del Consell de Mallorca con un porcentaje del 100%. En caso de que haya una aportación municipal, la subvención del Consell de Mallorca no se reducirá, sólo se reducirá la aportación municipal, porque la suma de las aportaciones no puede ser superior al importe de la actuación adjudicada, y, si fuera necesario, también se reducirá la subvención del Consell de Mallorca hasta el importe de la actuación adjudicada.

Una vez remitidos los certificados de adjudicación de todas las actuaciones en el plazo establecido, los ayuntamientos estarán obligados a reintegrar la diferencia entre los importes subvencionados mediante anticipo y los importes finalmente adjudicados sin intereses de demora, excepto en el caso que el remanente de estas adjudicaciones se aplique a la realización de una nueva actuación, de acuerdo con lo que se prevé en el punto 18.

No obstante, si transcurrido el plazo de DOS meses (2) desde la adjudicación de la última actuación no se solicita la aplicación del remanente a una nueva actuación o no se comunicas la voluntad del beneficiario de proceder a la devolución de las bajas por adjudicación existentes, se practicará el reintegro con intereses de demora.

Solamente se hará el pago de un adelanto anticipo del 100% de la subvención de la anualidad de 2024 y del 100% de la subvención de la anualidad de 2025 una vez concedidas las subvenciones y siempre dentro del ejercicio 2024 y 2025, respectivamente.

El periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar el bien inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es de 20 años. El incumplimiento de esta obligación de destino sin la autorización del Consell de Mallorca será causa de reintegro de la subvención. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, esta circunstancia se tiene que hacer constar en la escritura, así como el importe de la subvención concedida, y estos aspectos tienen que ser objeto de inscripción en el registro público correspondiente mediante una nota marginal en relación a la afectación del inmueble. Asimismo, los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones para la adquisición de inmuebles quedan sujetos al cumplimiento de las reglas previstas en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12.3.- Comunicar al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consell de Mallorca, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.

12.4.- Hacer constar la publicidad del Consell de Mallorca en la financiación de las actuaciones en todas las modalidades de difusión de la actuación: redes sociales, etiquetando la cuenta del Consell de Mallorca (@ConselldeMca), medios de comunicación, etc. En especial, a colocar en un lugar visible de la actuación en el acto de inauguración de la misma una placa de hierro con letras de latón o en metacrilato con la leyenda y las medidas que indique el Consell de Mallorca. A este acto de inauguración se tiene que invitar al Consell de Mallorca. Durante toda la ejecución de las actuaciones, las entidades locales beneficiarias de las subvenciones tendrán la obligación de adoptar las medidas pertinentes para que el contratista adjudicatario de una obra coloque un cartel, a pie de obra, en un lugar visible desde la vía pública, donde se indicará el organismo u organismos que ayudan en la ejecución del proyecto.  El contratista se hará cargo siempre del coste del cartel y del de su colocación. El mencionado cartel tendrá las características que determine el Consell de Mallorca en su momento. En todo el material impreso de difusión de las actuaciones subvencionadas tiene que figurar el logotipo del Consell de Mallorca.

12.5.- A efectos del control técnico relativo a la ejecución de las obras, se tiene que presentar a medida que se vayan emitiendo en el transcurso de las obras y a los únicos efectos de las visitas de los técnicos, los siguientes documentos:

a. Proyecto técnico que se va a ejecutar junto con el modelo de declaración responsable del técnico/a redactor/a del proyecto de no estar sometido a ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuante (Anexo XI)

b. Después de la adjudicación de cada obra se tiene que presentar la correspondiente acta de comprobación del replanteo (Anexo XII).

c. Modelo oficial de certificación de obra (Anexo XIII) debidamente rellenado, y firmado por el contratista y por el director (o directores) de la obra, con las firmas debidamente identificadas.

d. Relación valorada de los trabajos llevados a cabo firmada por el director (o directores) de la obra con las firmas debidamente identificadas.

12.6.- Acabar las actuaciones hasta el día 31 de mayo de 2026 y presentar la justificación de los gastos hasta el día 30 de junio de 2026.

12.7.- La justificación de cada actuación subvencionada, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, se hará por medio de la presentación al Consell de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación al final de cada actuación subvencionada:

A) Certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa en fase de justificación de gastos (Anexo XVI).

Asimismo, también se hará constar en el certificado:

En caso de adquisición de inmuebles:

  • Que se ha formalizado la escritura pública de la adquisición del inmueble y se ha inscrito en el Registro de la Propiedad. Asimismo, en la escritura pública se ha hecho constar el importe de la subvención concedida por el Consell de Mallorca y que el periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar el bien inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es de 20 años, y que estos aspectos han sido objeto de inscripción en el registro de la propiedad mediante una nota marginal.
  • Que figura en el expediente un informe de un tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el registro oficial correspondiente en el cual se hace constar el precio del inmueble a adquirir.

En caso de redacción o actualización de los planes municipales de protección civil:

  • Que consta en el expediente un certificado del secretario/secretaria municipal que dice que el plan municipal de protección civil ha sido aprobado por la Comisión de Emergencias y Protección del Gobierno de las Islas Baleares. (Dirección General de Emergencias e Interior).

B) Informe emitido por el interventor/interventora municipal en fase de justificación de gastos (Anexo XVII).

C) -Certificado del secretario/secretaria de la entidad local de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y el Consell de Mallorca y sus organismos autónomos dependientes, de acuerdo con lo establecido en el art. 48.4 de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca (Anexo XVIII).

En el caso de las obras se deberá presentar, al acabar la obra, y a los únicos efectos del control técnico de las actuaciones:

a) Certificado final de obra firmado por el director de la misma (Anexo XIV).

En caso de que el proyecto inicial esté visado por el correspondiente colegio profesional, se tiene que presentar el certificado igualmente visado.

b) Planos que recojan el estado final de la obra en formato .dwg, .shp, .dgn, .dxf, en soporte digital.

c) Acta de recepción de la obra (Anexo XV) firmada conjuntamente por el director de obra, el contratista, un facultativo técnico en representación de la Corporación Local y un representante del Consejo de Mallorca. A este efecto, la Corporación Local, con una antelación mínima de tres días hábiles, comunicará al Consejo de Mallorca el día y la hora prevista para la recepción de las obras y también la de su inauguración oficial.

12.8.- Cumplir el resto de obligaciones que se prevén en el artículo 9 de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca aprobado por acuerdo de pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de día 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

En caso de no cumplir los plazos y obligaciones establecidas en esta convocatoria se podrá iniciar por parte del órgano gestor el procedimiento sancionador correspondiente.

En cualquier momento se podrá inspeccionar la documentación de estas subvenciones que obran en poder de los ayuntamientos beneficiarios o requerirles para que presenten los documentos relacionados con los proyectos subvencionados que el Consell considere convenientes.

13.- Importe de la subvención y reintegro

La subvención se otorgará por un importe cierto. En caso de que la cuantía justificada sea inferior a la concedida, una vez ajustada al importe adjudicado de las obras de acuerdo con lo que se indica el punto 12.1 de esta convocatoria, el importe a subvencionar se tiene que ajustar con el finalmente justificado. Dado que está prevista la aprobación de dos adelantos anticipos del 100% de las subvenciones concedidas de cada anualidad 2024 y 2025, en el caso de que el importe justificado sea inferior al importe subvencionado total el ayuntamiento interesado tendrá que hacer, una vez presentada la justificación de los gastos de cada actuación, a requerimiento del Consell de Mallorca, un reintegro de la diferencia entre las cantidades subvencionadas y abonadas mediante adelanto de anticipos y las cantidades finalmente justificadas además de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de los adelantos de anticipos de las subvenciones al ayuntamiento interesado hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro por parte del Consell de Mallorca de cada actuación.

No obstante, si en el supuesto anterior se acredita que se ha destinado más del 80% del importe concedido al objeto de la subvención, se procederá a exigir el reintegro de la diferencia entre la cantidad subvencionada y abonada mediante anticipos y las cantidades finalmente justificadas sin intereses de demora, de conformidad con lo establecido en el art. 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el caso de renuncia expresa a una actuación manifestada por escrito y debidamente motivada, procederá el reintegro del importe concedido con intereses de demora.

14.- Ampliaciones de plazos

Las ampliaciones de los plazos establecidos en esta convocatoria se regirán por lo que dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En todo caso, las solicitudes de ampliación de plazos tienen que tener entrada oficial en el Consell de Mallorca con una antelación mínima de treinta (30) días naturales previos a la fecha de su finalización y, además deberán especificar los plazos que deben ser objeto de ampliación (adjudicación, finalización y/o justificación) y sus fechas.

En el caso de desistimiento del contratista adjudicatario, resolución de contratos por quiebra de las empresas adjudicatarias, licitaciones declaradas desiertas, impugnaciones de las licitaciones, y, en general, en todos los supuestos que por causas ajenas al ayuntamiento se tenga que adjudicar nuevamente la actuación o la adjudicación sufra un retraso justificable, con carácter excepcional, si las ampliaciones de plazos no resuelven estas incidencias, se podrán establecer nuevas fechas para acabar la actuación para resolver estas problemáticas. También se podrán establecer nuevas fechas en el caso de actuaciones que su ejecución necesite de autorizaciones y/o informes sectoriales, requieran la tramitación de un procedimiento expropiatorio, o si por causas de fuerza mayor, no imputables al Ayuntamiento, no pudieran ejecutarse en plazo, si las ampliaciones de plazos no resuelven estas situaciones.

Para el supuesto anterior se deberá presentar escrito en el cual se indique motivadamente la causa que da lugar a la ampliación de plazo excepcional debidamente acreditada con el documento correspondiente, así como indicar el nuevo plazo que se solicita. Asimismo, esta ampliación de plazo excepcional se deberá solicitar en cuanto se tenga conocimiento o concurra la circunstancia excepcional, y no regirá la antelación mínima de 30 días naturales para su solicitud.

Se autoriza a la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local para la resolución de las peticiones de ampliaciones de plazos y para establecer nuevas fechas para acabar la actuación previstas en el párrafo segundo de este punto.

15. Modificaciones del acuerdo de concesión.

Las entidades locales beneficiarias de la subvención pueden solicitar al órgano que la concede, antes de que concluya el plazo para llevar a cabo la actividad subvencionada, modificaciones del acuerdo de concesión (reducción del importe concedido, substitución de la actuación objeto de la ayuda por una nueva actuación, traspaso de importes entre actuaciones)  que se autorizan cuando tienen la causa en circunstancias imprevistas o son necesarias para el buen final de la actuación, siempre que no se altere el objeto o la finalidad de la subvención y no se dañe el derecho de terceros. En la solicitud se deberá motivar la causa por la cual se solicita la modificación.

Se autoriza a la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local para la resolución de estas modificaciones.

16.- Criterios objetivos que tienen que regir el otorgamiento y cuantía de las subvenciones

La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según estos criterios.

Asimismo, de acuerdo al art. 3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del sector público, se deberán respetar los principios siguientes:

1. Servicio efectivo a los ciudadanos.

2. Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.

3. Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa.

4. Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.

5. Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional.

6. Responsabilidad por la gestión pública.

7. Planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas.

8. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.

9. Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.

10. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

11. Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas.

17.- Revocación y reintegro

Las subvenciones son de concesión voluntaria, revocables y reducibles por las causas previstas en las leyes y en la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

Si se incumple el compromiso firmado por el alcalde de la Corporación de destinar el inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención durante un plazo de veinte (20) años contado desde la firma de la escritura pública sin la autorización del Consell de Mallorca, este incumplimiento será causa de revocación de la subvención económica concedida (y del correspondiente reintegro) por el Consell de Mallorca para la adquisición del inmueble.

No dará lugar a reintegro del importe concedido las modificaciones de concesión que impliquen el traspaso del importe de una actuación a otra, siempre y cuando no se vea alterado el importe global concedido.

18.- Aplicación del remanente de obras, vehículos, inmuebles y honorarios a otra actuación

Adjudicadas todas las actuaciones subvencionadas, cada ayuntamiento, si se ha producido un remanente derivado de la adjudicación de todas las actuaciones, podrá elegir entre reintegrar las cantidades al Consell de Mallorca a requerimiento de este de acuerdo con lo que prevé el punto 12 de esta convocatoria, o solicitar aplicar el remanente a una nueva actuación de las admitidas en esta convocatoria. En este caso, no será de aplicación la norma del punto 3 que prevé que las actuaciones que se soliciten en esta convocatoria tienen que ser de un importe igual o superior a 10.000,00 euros, IVA incluido.

La nueva actuación se tiene que solicitar por parte de cada Entidad Local en el plazo de DOS (2) meses contados a partir de la adjudicación de la última actuación subvencionada a la Entidad Local. Para solicitar esta nueva actuación se tiene que utilizar el modelo de solicitud de esta convocatoria y se tienen que presentar, según el tipo de actuación solicitada, los mismos documentos que se exigen en esta convocatoria. 

19.- Normativa supletoria

En todo lo que no se haya previsto en esta convocatoria serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; el R. Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el R. Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars; el R. Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley general de subvenciones; el Reglamento orgánico del Consell de Mallorca aprobado por acuerdo del Pleno de día 12 de abril de 2018 (BOIB nº. 89, de 19/07/2018); el Decreto por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca; la Ordenanza de procedimiento administrativo del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 2 de mayo de 1995 (BOIB nº. 100, de 10/08/1995); la Ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18/02/2017 y nº. 96, de 04/08/2018); y el resto de la normativa que sea de aplicación.

20.- Recursos

De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra este acuerdo de aprobación de la convocatoria de subvenciones no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente requerimiento para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo de aprobación de la convocatoria en el BOIB.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

21.- Publicación

El Consell de Mallorca, en cumplimiento del previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la aprobación de la convocatoria de las subvenciones y de las resoluciones de concesión que se deriven y se publicará en el BOIB por conducto de esta base de datos.

 

 

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN DE COMPETENCIA MUNICIPAL (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES), HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS, I REDACCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL PLAN MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Sr./Sra.________________________________________________________________,

alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de_____________________________________ con CIF_________________________

EXPONE:

Que ha tenido conocimiento de la convocatoria de subvenciones 2024-2025 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) y para honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

 

Que la Corporación que preside se quiere acoger a esta convocatoria y, por ello, acompaña la documentación prevista en el punto 8.

También declara que se compromete, si procede, al reintegro de la diferencia entre el importe subvencionado mediante adelantoanticipo del 100% y el importe adjudicado de cada anualidad, y también a la diferencia entre el importe subvencionado objeto de adjudicación y el importe finalmente justificado, más los intereses de demora en este último caso de cada anualidad.

Que de conformidad con las normas de la convocatoria, que acepta íntegramente,

SOLICITA:

A) Una subvención económica total de ........................................ euros para sufragar las siguientes actuaciones, que se compromete a llevar a cabo en los plazos establecidos en la convocatoria según el orden la preferencia siguiente:

ORDEN DE PREFERENCIA DE LAS ACTUACIONES (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES) A LLEVAR A CABO

1. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada .........................................................................................................................)

2. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)

3. ............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

4. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

5. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

6. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada .........................................................................................................................)

7. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)

8. ............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

9. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

10. .............................................................................................. (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS

1. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

..................................................................................................................

2. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

…..............................................................................................................

3. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

4. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

5. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

.................................................................................................................

6. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

..................................................................................................................

7. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

…..............................................................................................................

8. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...........................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

9. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

10. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

.................................................................................................................

ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE DIRECCIÓN DE PROYECTOS

1. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

................................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

……...........................................................................................................

2. Que el técnico director del siguiente proyecto: .................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

.................................................................................................................

3. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

4. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

..............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

…...........................................................................................................

5. Que el técnico director del siguiente proyecto: .................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

..............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

................................................................................................................

6. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

................................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

……...........................................................................................................

7. Que el técnico director del siguiente proyecto: .................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

.................................................................................................................

8. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

...............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

….............................................................................................................

9. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

..............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

…...........................................................................................................

10. Que el técnico director del siguiente proyecto: .................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:

..............................................................................................

Que para estos honorarios solicita una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:

................................................................................................................

REDACCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL PLAN MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Único: ................................................................................................ (Subvención parcial que se solicita para esta actuación respecto de la total antes mencionada: ..........................................................................................................................)

B) Asimismo, también pide los adelantos anticiposde las dos anualidades (2024 y 2025) del 100% de la subvención total concedida de cada anualidad.

C) Escoletas de 0-3 años, residencias tercera edad, centros de día, y construcción de instalaciones relacionadas con el art. 39, letra h) de la ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (solo cumplimentar si procede).

(   ) Se declara que se dispone, en el expediente municipal, además de los documentos generales aplicables a todas las obras, de los siguientes documentos previstos en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local:

  • Informe de la Administración competente por razón de la materia en el cual se haga constar la inexistencia de duplicidades, es decir, que no se incurre en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública.
  • Informe de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.
  • Informe de conformidad en la ejecución de estos proyectos de la Administración competente en la materia.

D) Igualmente, se declara que se destina el importe mínimo de 30.000,00 euros a mejorar y complementar las condiciones de accesibilidad universal definidos en el siguiente o siguientes proyectos:

...........................................................................................................................................……………………………..……………………………………………………………..……………………………………………...............................………………………………………………................, en la fecha de la firma electrónica

 

 

ANEXO II MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSELL DE MALLORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE .................................... PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN (OBRAS, ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y DE INMUEBLES), PARA SUFRAGAR HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS, Y PARA LA REDACCIÓN O ACTUALIZACIÓN DE PLANES MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL (2024-2025)

REUNIDOS

Por una parte, la Sra. Maria del Pilar Amate Rotger, consellera executiva del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consell de Mallorca, en base al Decreto de la Presidencia del Consell de Mallorca de día 10 de julio de 2023, por el cual se nombran los miembros del Consell Executiu.

Y por otra parte el Sr. /Sra. _________, alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento de ____________________.

Ambos intervienen en nombre y representación de los cargos públicos que ostentan y

MANIFIESTAN

Que mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca de día ............... de .................................... de .......................... se aprobó la convocatoria de subvenciones 2024-2025 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos, inmuebles y honorarios), para redactar o actualizar los planes municipales de protección civil, y este convenio tipo a suscribir con todos los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones.

Que, en el marco de esta convocatoria de subvenciones, al Ayuntamiento de......................... se le concedió una subvención por importe de .......................................... euros para llevar a cabo las siguientes actuaciones y|para, si procede, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y redactar o actualizar el plan municipal de protección civil:

.............................................................................................................................................

Que el Ayuntamiento de ......................., mediante acuerdo/resolución de día ......  de................. de ......................... aprobó el texto de este convenio.

Que la disposición adicional segunda de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018) dice:

"En los convenios de colaboración que regulen las ayudas que el Consell Insular de Mallorca y los organismos autónomos y consorcios dependientes otorguen a otras administraciones públicas, la subvención se puede justificar a través de un certificado emitido por el titular del órgano que la ha percibido, en el cual se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, y también a través del informe emitido por la Intervención, u órgano de control financiero equivalente, de la entidad beneficiaria por el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención."

Que en el marco de lo que prevé esta disposición adicional segunda, el objeto de este convenio es regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención antes mencionada.

Por todo lo que se ha expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Este convenio tiene por objeto regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención concedida por el Consell de Mallorca al Ayuntamiento de ........................ por actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) en el marco de la convocatoria de subvenciones plurianuales 2024-2025 y para, si procede, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, y redactar o actualizar el plan municipal de protección civil.

Segunda. - El Ayuntamiento de....................ha recibido la subvención para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

.............................................................................................................................................

Se realizará el pago de un adelanto anticipo del 100% de la subvención de la anualidad de 2024 y del 100% de la subvención de la anualidad de 2025 una vez concedidas las subvenciones y siempre dentro del ejercicio 2024 y 2025, respectivamente.

Tercera. - El Ayuntamiento de ...................., como beneficiario de la subvención, se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones previstas en la convocatoria de subvenciones, tanto las de tipo administrativo como las de tipo técnico, y muy especialmente a llevar a cabo las actuaciones subvencionadas y presentar la justificación de los gastos al Consell de Mallorca en los plazos establecidos.

Cuarta. - La justificación de las actuaciones subvencionadas al Ayuntamiento de ......................., de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, se hará por medio de la presentación al Consell de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación:

a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece la convocatoria.

b) Un informe emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:

-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder de la entidad local en los términos establecidos en la convocatoria.

-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura: número; fecha; acreedor; e importe. Y que el pago de las facturas se ha realizado antes de la finalización del plazo de justificación.

-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.

Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.

Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Que, si procede, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.

Quinta. - Este convenio finalizará al acabar las actuaciones subvencionadas y una vez justificadas las actuaciones en los términos de este convenio y realizados, si procede, los reintegros de la subvención por parte del Ayuntamiento de .............................................

Y, en prueba de conformidad, firman este convenio, en Palma en la fecha de la firma electrónica.

 

 

ANEXO III MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN ALGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2, 3 I 4 DEL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSELL DE MALLORCA APROBADA POR ACUERDO DEL PLENO DE DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2016 (BOIB Nº. 21, DE 18 DE FEBRERO DE 2017 I Nº. 96, DE 4 DE AGOSTO DE 2018)

El/La Sr./Sra. .......................................alcalde/alcaldesa del Ayuntamiento de ..................., comparece ante el/la secretaria/secretaria de la Corporación a fin de DECLARAR

Que el Ayuntamiento de ............................... no incurre en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

Y para que conste ante el Consell de Mallorca lo firmo.

                                                                                       Ante mí,

El secretario/La secretaria de la Corporación

 

 

 

ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y CON EL CONSELL DE MALLORCA Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL

Sr./Sra.________________________________________________________________

alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de __________________ con domicilio en ______________________________________________ actuando en representación de la Corporación,

COMPARECE

a efectos de prestar la declaración responsable sobre los aspectos detallados a continuación y

DECLARO

1. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________________________ no ha solicitado ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las solicitadas/concedidas, con indicación de los importes).

2. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _______________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca.

3. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _______________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria del Estado.

4. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _______________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Además, se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de lo que se establece en esta declaración durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la subvención.

Y a fin de que así conste ante el Consell de Mallorca a efectos de ser beneficiario de las subvenciones plurianuales 2024-2025 para actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) realizo la presente declaración.

 

 

ANEXO V MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE DATOS DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO, CON LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CON EL CONSELL DE MALLORCA.

Sr./Sra.________________________________________________________________

alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de __________________ con domicilio en ______________________________________________ actuando en representación de la Corporación,

AUTORIZA para que una Administración Pública pueda obtener datos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Consell de Mallorca.

Y a fin de que así conste ante el Consell de Mallorca realizo la presente autorización.

 

 

ANEXO VI MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ENCONTRARSE EN LA SITUACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 11/2016, DE 28 DE JULIO, DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES (BOE Nº. 202, DE 22/08/2016).

Sr./Sra.______________________________________________________________

alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en __________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,

DECLARO

De conformidad con lo que prevé la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de hombres y mujeres (BOE nº. 202, de 22/08/2016), el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ____________________________________________con NIF: ________________

no ha sido sancionado o condenado en los tres últimos años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionado por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

Y a fin de que así conste ante el Consell de Mallorca realizo la presente declaración.

 

ANEXO VII MODELO DE CERTIFICADO DE LA POSESIÓN Y DISPOSICIÓN REAL Y PLENA DE LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO

Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento .............................................

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento ...................................... tiene la plena posesión y la disposición real de los terrenos necesarios para la normal ejecución del contrato de la obra denominada ..........................................................................................................................................

Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.

                                                                                                  Visto Bueno

                                                                                  EL ALCALDE/LA ALCALDESA

 

ANEXO VIII MODELO DE INFORME ACREDITATIVO DE LA ADAPTACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE EDIFICACIÓN, OBRA O INSTALACIÓN AL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO MUNICIPAL; A LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y A LA NORMATIVA URBANÍSTICA Y TERRITORIAL (1)

INFORME

Con relación al proyecto promovido por este Ayuntamiento de ..., denominado (2), y redactado por (3); proyecto para el cual se solicita una subvención/ayuda económica, en el marco de la convocatoria de (4), se informa lo siguiente:

a) Se aplican al proyecto los siguientes instrumentos de planeamiento y de gestión urbanísticos aplicables: (5)

b) Incidencia o afectación al proyecto de determinaciones de instrumentos de ordenación territorial: (6)

c) Clasificación y calificación del suelo donde se proyecta la actuación, y parámetros aplicables: (7)

d) Otras determinaciones urbanísticas significativas que inciden en el proyecto: (8)

e) Financiación de las actuaciones del proyecto como obligación estricta del Ayuntamiento: (9)

f) Disponibilidad efectiva de las autorizaciones o los informes concurrentes: (10)

g) Cumplimiento del proyecto de las determinaciones de eficacia directa sobre el planeamiento, contenidas en la legislación urbanística y otra legislación sectorial: (11)

Analizado el contenido del proyecto referido al encabezamiento de este informe, los que lo suscribimos informamos en el sentido que cumple todos y cada uno de los requerimientos que se indican en los apartados precedentes, a efectos de la solicitud también indicada en el encabezamiento, así como, si corresponde, para el trámite del acto o acuerdo municipal aprobatorio, equivaliendo a la licencia urbanística de acuerdo con la legislación urbanística actualmente aplicable.

A este efecto, se emite el presente informe .... (12)

Personas que lo suscriben: (13)

Instrucciones para cumplimentar los campos:

(1) A suscribir, conjuntamente, por el personal técnico competente de los servicios municipales, y por el personal de los servicios jurídicos municipales, y a falta de servicios jurídicos, por la persona titular de la secretaría general. En ningún caso, la emisión del presente informe se puede llevar a cabo, con respecto al personal técnico, por la persona que haya redactado el proyecto.

(2) Indicar la denominación específica del proyecto, que tiene que ser descriptiva e inequívoca de la actuación que prevé.

(3) Indicar la persona o personas autoras del proyecto, con su nº. de visado colegial si este resulta exigible de acuerdo con la legislación aplicable.

(4) Indicar exactamente la denominación de la convocatoria específica de la subvención o ayuda económica, y el órgano insular convocante.

(5) Indicar las referencias a todos los instrumentos de planeamiento urbanísticos municipales vigentes aplicables al proyecto, así como, si procede, los de gestión urbanísticos. En caso de que alguno de ellos esté en tramitación o sujeto a procedimientos de revisión o modificación, se tiene que indicar, igualmente, así como si se ha acordado la suspensión de las tramitaciones y de otorgamiento de licencias o de la presentación de comunicaciones previas que regula la legislación urbanística.

(6) Efectuáis las indicaciones oportunas en el caso de afectación o incidencia, o indicáis la no afectación expresa.

(7) Señalar la clasificación y calificación del suelo del terreno en el cual se proyecta la actuación, con indicación específica de los parámetros aplicables respecto del uso del suelo, las condiciones de edificación y el aprovechamiento del subsuelo, si es el caso. Se tiene que señalar igualmente, en los casos de suelo urbano o urbanizable en ejecución, si el terreno tiene la condición de solar, y en caso negativo, qué actuaciones son necesarias para alcanzarla.

(8) Señalar, si procede, las otras determinaciones urbanísticas significativas, tanto de ordenación estructural como detallada, que condicionen el aprovechamiento y el uso del terreno, en especial las referidas a las posibilidades de edificación o de materialización de la actuación prevista en el proyecto.

(9) Indicar la normativa aplicable que fije la obligación de la financiación de la actuación en exclusiva con fondos públicos municipales; haciendo constar, asimismo, que la actuación para la cual se solicita la ayuda económica en ningún caso no corresponde ser financiada por las personas propietarias de suelo, de acuerdo con la legislación urbanística estatal y autonómica.

 (10) Indicar los actos de otorgamiento de autorizaciones concurrentes, o informes sectoriales concurrentes, que la legislación aplicable exige, así como su fecha de autorización o de emisión, que son necesarios para la ejecución del proyecto. En caso de encontrarse sujeto, se tienen que haber emitido con carácter favorable. En el caso de no encontrarse sujeto a ninguna autorización o informe concurrente, se tiene que especificar de manera expresa en este apartado.

(11) Se tiene que indicar si el proyecto cumple las determinaciones de la legislación urbanística aplicable, y el resto de legislación y normativa sectorial de aplicación en caso de que la legislación sectorial mencionada prevea expresamente la comprobación de la adecuación a los requisitos que se establecen en el acto de aprobación municipal del proyecto, equivalente a la licencia urbanística.

(12) Señalar lugar y fecha de emisión.

(13) Se tiene que indicar claramente la identificación y titulación de las personas que lo suscriben. Necesariamente se tiene que emitir por personal de la corporación, y como mínimo tiene que ir suscrito por un técnico profesional con competencia para evaluar los aspectos técnicos y urbanísticos del proyecto y por un técnico jurídico. A falta de técnico o asesor jurídico entre el personal de la corporación, se suscribirá por el secretario o secretaria general de la corporación local.

 

 

ANEXO IX MODELO DE CERTIFICADO DE VIABILIDAD DEL PROYECTO POR PARTE DEL TÉCNICO/TÉCNICA MUNICIPAL

Sr./Sra......................................................................................., técnico/técnica municipal, en relación al proyecto ....................................................................... para el Ayuntamiento de ...............................

CERTIFICA:

Que el proyecto de la mencionada obra es viable.

Y para que conste, a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado

                                                            

Firmado: El técnico/ La técnica municipal

 

ANEXO X MODELO DE CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Sr. /Sra.:

 

Secretario / a de

 

 

CERTIFICO: que esta Entidad ha adjudicado el contrato según las circunstancias que a continuación se expresan:

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

ACTUACIÓN:

AYUNTAMIENTO:

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:

CONTRATISTA:

CIF CONTRATISTA:

FECHA DE LA ADJUDICACIÓN:

FECHA DE INICIO DE LA ACTUACIÓN:

DIRECTOR / A DE LA ACTUACIÓN:

TITULACIÓN DIRECTOR /A ACTUACIÓN:

 

FINANCIACIÓN

ENTIDADES

PRESUPUESTO ACTUACIÓN

SUBVENCIÓN APROBADA

ADJUDICACIÓN ACTUACIÓN

BAJA

CONSELL DE MALLORCA

 

 

 

 

AYUNTAMIENTO

 

 

 

 

TOTALES

 

 

 

 

 

MEJORAS REFERIDAS A LA CONTRATACIÓN DE LA ACTUACIÓN

 

Y para que así conste, y para su remisión al Consell de Mallorca, expide este certificado, con el visto bueno del alcalde/sa,

                                                                                     VISTO BUENO

EL SECRETARIO/LA SECRETARIA                         EL ALCALDE/LA ALCALDESA

 

ANEXO XI MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO/TÉCNICA REDACTOR DEL PROYECTO DE NO ESTAR SOMETIDO A NINGUNA CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD CON LA ADMINISTRACIÓN ACTUANTE

Sr. / Sra. ..................................................................., ......(1).................................. y redactor del proyecto de la obra: ........................................................................................................., con nº. colegiado ............ declara que no está sometido a ninguna causa de incompatibilidad con el Ayuntamiento de............................. o con el Consell de Mallorca, manifestando ser competente para la redacción del proyecto de la obra mencionada.

..................., en la fecha de firma electrónica

 

(1) Especificar si es o no técnico municipal.

 

 

ANEXO XII MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO

OBRA:  .......................................................................

CONTRATISTA:  ...................................................

En ............................., ......... de .......................... de .........

A las ......... horas, en el lugar ......................... comparecen el representante de la Administración contratante: Sr./Sra................................................................................; el Director de la obra: Sr./Sra.............................................................  y el representante de la empresa contratista: Sr./Sra................................................................

El objeto de este acto es proceder a comprobar el replanteo de la obra de referencia que se ha realizado con anterioridad a la licitación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 237 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Se comprueba la posesión y la disponibilidad real de los terrenos necesarios para la realización de la obra, su idoneidad y la viabilidad del proyecto. Presta su conformidad el representante de la Administración contratante y el facultativo director de la obra, sin reservas por parte del contratista. El director autoriza el inicio de la obra y empieza a discurrir el plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de la obra fijado en el pliego de condiciones es de ................ meses.

Se dejan sobre el terreno todos los hitos y las señales que se han considerado necesarias.

Igualmente, se ha hecho entrega al contratista de los planos y documentos necesarios para la ejecución de la obra.

A las ......... horas se da por acabado el acto y para que conste lo que se ha acordado se levanta la presente acta en cuatro ejemplares que suscriben los asistentes.

Sr. /Sra. ..............................................                                     Sr. /Sra. ..............................................

en representación de la Administración                                   director/a de la obra.

contratante

 

Sr./Sra............................................................ en representación de la empresa contratista.

 

 

ANEXO XIII MODELO DE CERTIFICACIÓN DE OBRA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PLURIANUALES 2024-2025 PARA OBRAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL Y ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y DE INMUEBLES

AYUNTAMIENTO:                                                     

CERTIFICACIÓN NÚM.                                         OBRA:

FECHA COMIENZO OBRAS:                                FECHA ADJUDICACIÓN:

CONTRATISTA                                                       PLAZO DE EJECUCIÓN:

PRESUPUESTO APROBADO:                               PRESUPUESTO ADJUDICADO: 

BAJA (%):

Sr./Sra. …………………………………….......................................................................,

CERTIFICA: Que las obras ejecutadas en el presente mes por la empresa adjudicataria son valoradas, según el presupuesto, de la siguiente manera: 

 

PRESUPUESTO

Euros 

 

IMPORTE     

 ADJUDICADO

 

IMPORTE DE LAS OBRAS

 

EJECUTADOS DURANTE EL MES.

 

EXEC. MESES ANTERIORES.

 

PENDIENTE EJECUTAR.

 

            

 

 

 

 

L I Q U I D A C I Ó N

Importe de la certificación                         .............…….  .-

Baja obtenida en la contrata                      .............…….  .-

A deducir certificaciones anteriores          ......................  .-

Líquido acreditado al contratista               ..............……  .-

% I.V.A. 21%                                                ...............…...  .-

TOTAL ABONABLE AL CONTRATISTA ................…….-

I para que conste, y se realice el abono, expido la presente certificación por importe de

............................................................................................................................................-

Palma,  .....  d  .................. de .............

El contratista                                                 El director de la obra

                                                                                                          

Sr/Sra. ...........................                                Sr./Sra. .................................

 

 

ANEXO XIV MODELO DE CERTIFICADO FINAL DE OBRA

Sr./Sra..................................................................................................(1) ..........................

y director de la obra: ...........................................................................................................

CERTIFICA

Que la obra mencionada está acabada de acuerdo con su proyecto, redactado por el Sr. /Sra. ......................................... y aprobado por el Ayuntamiento de............................... el día ..........................................

.................,  ...... de........................ de .......

 

(1) Ingeniero, arquitecto...

 

 

ANEXO XV MODELO DE ACTA DE RECEPCIÓN

En ................................., día ..............., reunidos:

El Sr./Sra ...................................., facultativo técnico en representación del Ayuntamiento de................, el Sr. / Sra. ............................., facultativo técnico en representación del Consejo Insular de Mallorca (CIM), el Sr. /Sra. .................................................., contratista de las obras del proyecto ".............................................................", y el Sr. /Sra. ................................., facultativo encargado de la dirección de las obras de referencia, a efectos de proceder a la recepción de las obras.

Conformemente con lo que dispone el artículo 243 de la vigente Ley de contratos del sector público, es procedente esta recepción una vez efectuadas las prestaciones convenidas, en este caso, las obras contenidas en el proyecto de que se ha hecho mención.

Después de examinar atentamente la totalidad de la obra y vista su adecuación a las previsiones del proyecto, y al resto de documentación técnica y administrativa, reguladora de las obligaciones del contratista, el Sr./Sra. ................................................., facultativo técnico municipal la considera como bien realizada, correcta y exactamente finalizada, sin que sea procedente, por lo tanto, hacer objeciones o reservas.

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 243 del vigente Ley de contratos del sector público, se procede a la recepción de las obras de ...................................................

y empieza el plazo de garantía fijado en el Pliego de Condiciones, que es de ......... meses.

Y para que conste se extiende la presente Acta, en el lugar y en la fecha indicados más arriba, en cuatro ejemplares, entregándose uno al Consejo Insular de Mallorca, uno al director de la obra, otro al contratista, y archivándose el otro en el correspondiente expediente administrativo.

En prueba de conformidad firman las partes.

El representante del                                          El representante del CIM

Ayuntamiento                      

El director de la obra                                         El contratista                                                        

 

 

ANEXO XVI MODELO DE CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento de...................................... ha sido beneficiario de una subvención del Consell de Mallorca en el marco de la convocatoria 2024-2025 para actuaciones de inversión de competencia municipal por importe de ................................................. para llevar a cabo la siguiente actuación:

.............................................................................................................................................

Que la actividad subvencionada antes mencionada se ha realizado, se ha cumplido la finalidad de la subvención y se ha aportado la documentación justificativa que establece la convocatoria.

En caso de adquisición de inmuebles:

(  ) Que se ha formalizado la escritura pública de la adquisición del inmueble y se ha inscrito en el Registro de la Propiedad. Asimismo, en la escritura pública se ha hecho constar el importe de la subvención concedida por el Consell de Mallorca y que el periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar el bien inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es de 20 años, y que estos aspectos han sido objeto de inscripción en el registro de la propiedad mediante una nota marginal.

(   ) Que figura en el expediente un informe de un tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el registro oficial correspondiente en el cual se hace constar el precio del inmueble a adquirir.

En caso de redacción o actualización de los planes municipales de protección civil:

(   ) Que consta en el expediente un certificado del secretario/secretaria municipal que dice que el plan municipal de protección civil ha sido aprobado por la Comisión de Emergencias y Protección del Gobierno de las Islas Baleares. (Dirección General de Emergencias e Interior).

Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.

                                                                                                  Visto Bueno

                                                                                  EL ALCALDE/LA ALCALDESA

 

 

ANEXO XVII MODELO DE INFORME DEL INTERVENTOR/A MUNICIPAL EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.

................................................, Interventor/a del Ayuntamiento de ..................................

De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018),

INFORMA:

Que el Ayuntamiento de .................................... ha sido subvencionado por el Consell de Mallorca para llevar a cabo la siguiente actuación en el marco de la convocatoria de subvenciones 2024-2025 para ejecutar actuaciones de inversión de competencia municipal:

..........................................................................................................................................

Que las facturas justificativas de la anterior actuación subvencionada, que son verídicas y se han expedido con regularidad y corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención en los términos establecidos en la convocatoria, y se han pagado antes de la finalización del plazo de justificación, son las siguientes:

Fecha factura

Nº. Factura

NIF Proveedor

Proveedor

Concepto

Importe de la factura

Fecha pago de la factura

Fecha reconocimiento obligación (O)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

Asimismo, DECLARA (1):

(  ) Que el Ayuntamiento no recuperará ni compensará el IVA de las facturas que presenta.

(  ) Que el Ayuntamiento recupera y/o compensa el IVA de las siguientes facturas:

...........................................................................................................................................

...........................................................................................................................................

También DECLARA:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que el coste justificado con las facturas mencionadas no supera el valor de mercado. 

Que, si procede, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.

Y para que así conste, yo, como Interventor/a del Ayuntamiento, expido este documento.

1. Marcar con una cruz la opción que corresponda.

 

 

ANEXO XVIII CERTIFICACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO, CONSELL DE MALLORCA Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, DE ACUERDO CON EL ART. 48.4 DE LA VIGENTE ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONS DEL CONSELL DE MALLORCA.

El/La Sr./Sra. ....................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento d..............................

CERTIFICA: que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.4 de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de día 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018), i los artículos concordantes del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de .................................. está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Consell de Mallorca, y con la Seguridad Social.

I, para que así conste ante el Consell de Mallorca al efecto del reconocimiento de obligación económica de la convocatoria de subvenciones 2024-2025 para actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles), honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, i redacción o actualización del plan municipal de protección civil, expido este certificado por orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde/Sra. Alcaldesa.

..................., en la fecha de la firma electrónica.

Visto Bueno

EL ALCALDE/LA ALCALDESA