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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 206081
Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de control y esterilización de colonias de felinos en el término municipal de Calvià, año 2024

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2024 aprobó la convocatoria para conceder subvenciones para asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de control y esterilización de colonias situadas en el término municipal de Calvià, y se procede a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Islas Baleares el acuerdo adoptado, las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, para su difusión y su conocimiento público.

ACUERDO

Primero. Aprobar una convocatoria de ayudas económicas para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, constituidas como a tal que tengan entre sus objetivos las funciones de protección y conservación de los animales en general, para el desarrollo de actuaciones de control y atención de colonias de gatos en la calle, que desarrollen programas de control y esterilización de colonias felinas en el término municipal de Calvià, para el año 2024.

Segundo. Autorizar el gasto de 29.500,00€ para las ayudas objeto de esta convocatoria a cargo de la partida presupuestaria 302173004800000.

Tercero. Ordenar la publicación de las bases de la convocatoria de ayuda en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el tablón municipal y en la página web del Ayuntamiento de Calvià.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESARROLLAN PROGRAMAS DE CONTROL Y ESTERILIZACIÓN DE COLONIAS DE FELINOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALVIÀ AÑO 2024

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, constituidas como tales que tengan entre sus objetivos las funciones de protección y conservación de los animales en general, para el desarrollo de actuaciones de control y atención de colonias de felinos en la calle, consistente básicamente en la captura, esterilización y retorno de gatos asilvestrados en el término municipal de Calvià.

2. BENEFICIARIOS DE LA CONVOCATORIA

Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro que cumpliendo los requisitos y finalidad de esta convocatoria fomenten el control y la atención de colonias de gatos asilvestrados, y tengan como ámbito de actuación el término municipal de Calvià.

3. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Para ser beneficiarios de las ayudas, las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro tienen que cumplir los siguientes REQUISITOS:

  1. Estar legalmente constituidos como tales, que tengan como finalidad concreta la protección y defensa de los animales e inscritas como entidad colaboradora de la Consellería de Agricultura de acuerdo con el que prevé el punto 2 del artículo 41 de la Ley 1/1992.
  2. No estar incursas las personas jurídicas o las entidades o las personas que ostentan la representación legal de estas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  3. Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración Tributaria, y no ser deudor del Ayuntamiento de Calvià, sus organismos autónomos y Entidades de derecho público dependientes de esta.
  4. Con la presentación de la solicitud de Subvención, el interesado podrá de forma expresa autorizar al Ayuntamiento a consultar la información correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal y autonómica y de la Seguridad Social. En caso de no autorizar expresamente esta consulta, el mismo interesado tendrá que aportar los certificados acreditativos oportunos.

4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Son objeto de subvención las actuaciones que estén ejecutadas o se tengan que ejecutar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, por las entidades relacionadas en el punto segundo de esta convocatoria, consistentes en la realización de actividades de control de la población de colonias de gatos asilvestrados y de promoción de este control.

Son gastos subvencionables a la presente convocatoria los gastos de esterilización y control sanitario de los gatos asilvestrados. Estos gastos incluyen los gastos de gestión para la captura de los felinos, mejora de las condiciones de vida y alimentación de los individuos de las colonias, tratamiento veterinario como analíticas, tratamientos epidemiológicos, víricos, bacterianos, fúngicos y parasitarios, así como la vacunación, esterilización y sacrificio. No serán subvencionables los gastos por otros tratamientos que no sean necesarios para la protección, control y vigilancia no relativos a zoonosis, ni aquellos que siendo preceptivo no estén realizados por profesionales veterinarios.

5. CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Durante el ejercicio presupuestario 2024 se destina la cantidad de 29.500,00 a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 302173004800000

6. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Las solicitudes, junto con la documentación que los acompañe, se tienen que presentar y formalizar en el Registro electrónico en cumplimiento del artículo 14.2 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, que obliga a una serie de sujetos (personas jurídicas entidades sin personalidad jurídica, entre otros) a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se tienen que formalizar mediante el modelo oficial aprobado en esta convocatoria (Anexo I). Las solicitudes se tiene que adjuntar la documentación siguiente:

  1. Memoria descriptiva de las actuaciones que justifique su capacidad de gestión para llevar a cabo los programas o actividades presentadas, donde conste de manera concisa los gastos del proyecto a realizar, así como todos aquellos aspectos definidos como criterios de valoración del apartado 6 de esta convocatoria.
  2. Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Calvià y con la Seguridad Social (Anexo I).

7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes serán valoradas de acuerdo con los siguientes criterios:

A) Características del proyecto o programa:

1. Viabilidad e idoneidad del proyecto presentado, teniendo en cuenta el grado de conocimiento del medio, diagnóstico y/o afección en cuanto a número de animales beneficiarios de las actuaciones, calidad y condiciones en que se desarrollan, todo esto en concordancia con la actividad subvencionada. Hasta 20 puntos.

2. Relación detallada de la localización territorial (determinando áreas y enclaves donde se realiza la actividad objeto de la subvención). Hasta 20 puntos.

  • Actuación en dos zonas: 5 puntos
  • Actuación en tres zonas: 10 puntos
  • Actuación en cuatro zonas: 15 puntos
  • Actuación en más de cuatro zonas: 20 puntos

3. Presentación de informe sobre Colonias felinas en el T.M. de Calvià, indicando aproximadamente el número de miembros, número de esterilizaciones realizadas y pendientes de realizar. Hasta 20 puntos

B) Características de la asociación:

1. Experiencia (antigüedad) y especialización en la atención a los animales a que dirige ​sus actividades. Hasta 10 puntos

  • Hasta dos años de experiencia: 3 puntos
  • Hasta 5 años: 6 puntos
  • Más de 5 años: 10 puntos

2. Número de socios de la asociación o entidad, hasta 10 puntos:

  • Hasta 20 socios: 3 puntos
  • De 20 a 50 socios: 6 puntos
  • Más de 50 socios: 10 puntos

3. Disponer de voluntariado para el desarrollo de las actividades y formación de estos, hasta 10 puntos

  • Hasta 5 voluntarios: 3 puntos
  • Hasta 15 voluntarios: 6 puntos
  • Más de 15 voluntarios: 10 puntos

4. Relación detallada de las actividades llevadas a cabo por la asociación, relacionadas con la protección animal (mercados solidarios, rifas, ferias, etc.) 1 punto por actividad hasta un máximo de 5 puntos.

5. Colaboración con el Ayuntamiento u otros organismos en campañas de concienciación sobre el abandono o la esterilización de los animales, sobre la atención de colonias de gatos asilvestrados o animales abandonados en el último año. 1 punto por colaboraciones o campañas hasta un máximo de 5 puntos.

8. COMISIÓN DE VALORACIÓN

Se constituye una comisión de valoración que tiene que deliberar y proponer la resolución de esta convocatoria pública de acuerdo con la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de la base sexta, la cual tiene que estar integrada por los miembros siguientes:

  • Presidente: El/La Teniente de alcalde delegado de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar Animal.
  • Secretario: El secretario del Ayuntamiento o persona en quien delegue.
  • 2 Vocales: Jefe de servicio de medio Ambiente y Transición Ecológica o persona en quien delegue y Jefe de sección de Finca Galatzó y Bienestar animal o persona en quien delegue.

La comisión tiene que elaborar un informe o propuesta de resolución en el cual tienen que constar las valoraciones efectuadas, de acuerdo con estas bases.

La comisión de valoración elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de otorgamiento de las subvenciones para ser aprobadas definitivamente, con el dictamen previo de la comisión informativa correspondiente.

9. CÁLCULO DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

De acuerdo con lo que prevé el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el importe global de la subvención se prorrateará entre los que resulten beneficiarios, de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

Puntuación obtenida X Cantidad global de subvención

Puntuaciones totales

donde:

  • La puntuación obtenida es la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada criterio de valoración.
  • La Cantidad global es el importe total a repartir entre todas las solicitudes.
  • La puntuación total es la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes.

10. RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES

La Junta de Gobierno Local, a la vista de la propuesta de la comisión de valoración, tiene que conceder o denegar estas subvenciones mediante resolución expresa. La resolución de concesión, pone fin a la vía administrativa, excepto en los supuestos que establece la Ley.

11. PAGO DE LAS SUBVENCIONES

El pago de las subvenciones que correspondan se efectuará prorrateada trimestralmente, mediante transferencia bancaria, a favor de las Asociaciones o entidades beneficiarias, una vez justificado el cumplimiento de las condiciones impuestas y la aplicación de los fondos recibidos.

12. JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES

Los beneficiarios de la subvención están obligados a justificar documentalmente el cumplimiento de las condiciones impuestas y la aplicación de los fondos recibidos.

La justificación de los gastos de acuerdo con la finalidad para la cual la ayuda fue concedida, se tiene que hacer aportando la cuenta justificativa que, en todo caso tiene que incluir:

  • Declaración del importe a justificar según modelo anexo II.
  • Memoria de actuación justificativa, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, según modelo del anexo III. Esta memoria tiene que incluir el número de intervenciones realizadas, número de animales atendidos, procedencia de los animales y cuantificación de grado de cumplimiento de los objetivos propuestos.
  • Relación de las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente de todos los gastos que se pretenda justificar, con identificación del acreedor, importe, fecha de emisión y fecha de pago (según modelo anexo II)

13. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Son obligaciones de las entidades y personas beneficiarias de la subvención:

  • Disponer de los permisos y autorizaciones que, si procede, sean exigibles por la legislación vigente para la realización del objeto de la subvención.
  • Realizar las actividades que fundamentaron el otorgamiento de la ayuda en conformidad con el descrito en la memoria presentada con la solicitud.
  • Destinar el importe íntegro de la subvención a la realización de las actividades objeto de la subvención.
  • Aportar los documentos requeridos para su justificación.
  • Comunicar al Servicio de Medio ambiente y Transición Ecológica cualquier variación de las condiciones que motivaron la concesión de la subvención.
  • Someter a las actuaciones de comprobación e inspección que el Servicio de Medio Ambiente y Transición Ecológica considere pertinentes.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

14. PUBLICACIÓN Y RECURSOS

Estas Bases serán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Calvià, en la web municipal, así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El extracto de la convocatoria será publicado en la Base de Datos Nacional de subvenciones en los términos previstos a la ley 38/2003 de 17 de noviembre, y al Real Decreto 130/2019 de 8 de marzo, que regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otros ajustes públicos, así como el régimen de tramitación y registro de las convocatorias y de las concesiones.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, en los términos que prevén los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo, en los términos que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

15. NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Calvià, (firmado electrónicamente: 27 de marzo de 2024)

El teniente de alcalde delegado de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar Animal (Por delegación de Alcaldía de 21 de noviembre de 2023) Manuel Mas Sánchez

 

ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESARROLLAN PROGRAMAS CONTROL Y ESTERILIZACIÓN DE COLONIAS DE FELINOS AL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALVIÀ

DATOS DE LA ASOCIACIÓN O ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre o razón social:

NIF / CIF:

Domicilio:

CP:

Localidad:

Teléfono / Fax / Dirección electrónica:

Nombre y linajes representando entidad:

DNI representando:

EXPONE,

Que quiero acogerme a la convocatoria de subvenciones de ayudas económicas a las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones de control y atención de colonias de gatos al término municipal de Calvià.

ADJUNTO,

La documentación establecida en el apartado 5 de la convocatoria:

( ) Memoria descriptiva de las actuaciones.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD,

  1. La veracidad de todos los datos aportados en la solicitud,

  2. Que cumplo los requisitos establecidos en la normativa vigente y en la convocatoria para ser beneficiario de esta subvención y no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.

  3. Que me encuentro al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Calvià y con la Seguridad Social y no estoy incurso en el resto de prohibiciones reguladas en la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de normativa aplicable.

Por lo cual, declaro que son ciertos los datos anteriores y

AUTORIZO,

(  ) A hacer las consultas a los ficheros públicos con el fin de acreditar los datos o los documentos establecidos en el apartado 3 de la convocatoria porque puedan ser obtenidos en nombre mío por el órgano competente o autorizado

En conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, posamos en su conocimiento que:

1.-El responsable del tratamiento de los suyos datos de carácter personal es el Ayuntamiento de Calvià, titular del C.I.F. P0701100J, con domicilio 07184 Calvià, calle Julià Bujosa Sans, Alcalde n.º 1.

2.- Los datos de contacto del delegado de protección de datos del Ayuntamiento son: dpd@calvia.com

3.- La finalidad con la cual se tratan los suyos datos es la gestión de los procedimientos administrativos de concesión de subvenciones.

 

ANEXO II DECLARACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

DATOS DE LA ASOCIACIÓN O ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre o razón social:

NIF / CIF:

Domicilio:

CP:

Localidad:

Teléfono / Fax / Dirección electrónica:

Nombre y linajes representando entidad:

DNI representando:

DECLARA:

que se han realizado actuaciones de control y esterilización de colonias de felinos al término municipal de Calvià, subvencionado con ___________________€ de la convocatoria de ayudas económicas a las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones de control y atención de colonias de gatos al término municipal de Calvià, y presenta los siguientes documentos adjuntos:

a) Memoria justificativa de las actuaciones.

b) Listado de justificando segundos anexo III.

c) Facturas y otros documentos originales que acrediten el destino de los fondos subvencionables.

Calvià, a __ de_________________ de 2024

 

ANEXO III MODELO MEMORIA JUSTIFICATIVA

1.OBJETO DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS

2.LOCALIZACIÓN DEL PROGRAMA: NÚCLEOS, POBLACIONES.

3.DESARROLLO DEL PROGRAMA

Resumen detallado de las actividades realizadas que tengan relación directa con la adjudicación de la subvención. Ha de incluir el número de intervenciones realizadas, número de animales atendidos, y procedencia de los animales segundos modelo tabla 1.

4.RECURSOS

Se tienen que mencionar y relacionar los recursos siguientes: recursos humanos, responsables, técnicos y equipos profesionales, y sus respectivas áreas de ocupación e intervención, voluntarios y materiales utilizados

5.EJECUCIÓN TEMPORAL DE LAS ACTUACIONES

Señalar la duración de las actuaciones, fechas de inicio y finalización de cada una de las acciones ejecutadas

6.RESULTADOS OBTENIDOS

Describir los resultados obtenidos y el grado de ejecución de las actividades programadas.

7.GASTOS JUSTIFICADOS

Desglose de los gastos generales a justificar y relación de facturas, según modelo tabla 2 y 3

Tabla 1. Listado y procedencia de animales esterilizados

Núcleo / colonia

Dirección procedencia

Sexo

Fecha intervención

Lugar intervención

Veterinaria facultativa

Observaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tabla 2. Gastos a justificar

Concepto

Importe

1.Veterinario:

2. Alimentación:

3. Farmacia:

4. Mantenimiento instalaciones, materiales, etc

5. Otros (desglosar)

 

TOTAL

 

 

 

​​​​​​​Tabla 3. Relación de facturas

Núm Factura

Fecha

Emisor

Concepto

Fecha y forma pago

Importe total (€)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total: