Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 204784
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023/2024
Hechos
1. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre) en el artículo 21.5 y 21.6 sobre la atención a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo establece lo siguiente:
“Los alumnos con falta de autonomía derivada de necesidades educativas específicas o de problemas graves de salud, cuando así se dictamine, deben ser atendidos por auxiliares técnicos educativos o cuidadores, bajo la responsabilidad y la supervisión del equipo educativo. La financiación del auxiliar técnico educativo o del cuidador se debe efectuar según lo que se prevea en el correspondiente módulo económico establecido en la ley de presupuestos sobre medidas de distribución de los fondos públicos para el sostenimiento de los centros concertados.
Dado que este recurso está vinculado a cada alumno, para cada curso escolar el director general de Planificación, Ordenación y Centros tiene que dictar una resolución para que los centros privados concertados puedan solicitar una dotación de auxiliares técnicos educativos o cuidadores. Esta dotación se tiene que asignar de acuerdo con los criterios que establezca el Servicio de Atención en la Diversidad para los centros sostenidos con fondos públicos y teniendo en cuenta los alumnos escolarizados en cada centro que requieran este apoyo. Por este motivo, además del módulo entero puede haber medio módulo o un cuarto de módulo”.
2. El 18 de mayo de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 66, la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 15 de mayo de 2023 por la cual se convoca el procedimiento para la dotación de auxiliares técnicos educativos (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024.
3. El 11 de julio de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 95, la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 7 de julio de 2023 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024.
4. El 1 de agosto de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 107, la Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 28 de julio de 2023 que determinó la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024.
5. Con posterioridad a la Resolución definitiva de 28 de julio, el Servicio de Atención a la Diversidad de la Dirección General de Primera Infancia y Atención a la Diversidad ha emitido los informes sobre nuevas solicitudes de ampliación de dotación de ATE para el curso 2023-2024 presentadas por los centros interesados y los ha remitido a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.
Fundamentos de derecho
1.El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 20232-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).
2. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 15 de mayo de 2023 por la cual se convoca el procedimiento para la dotación de auxiliares técnicos educativos (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 66, de 18 de mayo).
3. La Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 7 de julio de 2023 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 95, de 11 de julio de 2023).
4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares (BOIB, núm. 102, de 20 de julio).
5. La Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Infraestructuras Educativas 28 de julio de 2023 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 107, de 1 de agosto).
6.Los informes del Servicio de Atención a la Diversidad de 12 de marzo de 2024, en relación a la solicitud del CC Sant Vicenç de Paül (07002646) del municipio de Palma y a la solicitud del CC Cor de Maria (07001927) del municipio de Maó sobre la ampliación de la dotación de ATE para el curso 2023-2024.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aumentar de acuerdo con los informes con carácter favorable emitidos por el Servicio de Atención a la Diversidad de 12 de marzo de 2024, la dotación definitiva de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2023/2024 a los siguientes centros:
Código |
Centro |
Municipio |
Dotación Resolución 28/07/2023 |
Incremento |
Horas/Módulos totales |
07001927 |
CC COR DE MARIA |
MAÓ |
19 h |
+ 9,5 h |
28,5 / 0,75 |
Código |
Centro |
Municipio |
Dotación Resolución 28/07/2023 y Resolución 12/03/2024 |
Incremento |
Horas/Módulos totales |
07002646 |
CC SANT VICENÇ DE PAÜL |
PALMA |
38 h |
+ 9,5 h |
47,5 / 1 ,25 |
2. Este aumento de personal auxiliar técnico educativo (ATE) tendrá efectos económicos a partir del 8 de abril de 2024.
3. Publicar esta resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la página web del Departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de abril de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez