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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 201537
Aprobación del Padrón IBI rústica ejercicio 2024, del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento de Ciutadella, por acuerdo de Junta de Gobierno de día 27/03/2024, ha aprobado el padrón fiscal del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica (IBI rústica) del ejercicio 2024 y de las liquidaciones que lo integran, al efecto de la correspondiente notificación colectiva, por todo lo cual se publica este edicto para su general conocimiento, en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

El anuncio del padrón y de las liquidaciones que lo integran, se expondrá al público por un plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOIB, el cual también se publicará en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal.

Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones que lo integran, se podrá interponer recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con lo que establece el artículo 14.2.c. del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo que dispone el artículo 62.3 de la LGT, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá a la apertura del periodo voluntario del tributo en:

- La oficina de Recaudación municipal: calle Nou de juliol, 1, de Ciutadella de Menorca.

- Horario: de 9 a 13.30 horas de lunes a viernes, excepto festivos.

- Periodo de cobro voluntario: del 26/04/2024 al 26/06/2024

- El pago se podrá efectuar en metálico, cheque bancario, por domiciliación bancaria, o, mediante ingreso o transferencia en las entidades colaboradoras siguientes*:

BBVA: ES37 0182 5747 4100 1811 2222 (BIC: BBVAESMMXXX)

BANCA MARCH: ES28 0061 0086 1000 6870 0119 (BIC: BMARES2MXXX)

CAIXABANK: ES26 2100 0061 4502 0053 1878 (BIC: CAIXESBBXXX)

CAIXA COLONYA: ES20 2056 0014 1620 8916 9128

(*) Si realizan una transferencia, por favor, remitan una copia al siguiente correo electrónico: admin@regestril.com

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el plazo ejecutivo, de acuerdo con lo que establecen los artículos 26, 28 y 161 de la LGT, hecho que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, costas, del procedimiento de apremio.

 

(Firmado electrónicamente: 27 de marzo de 2024)

La alcaldesa Juana Maria Pons Torres