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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 198805
Creación de licencias temporales de autotaxi para la temporada 2024

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Texto

El Pleno municipal en sesión celebrada en fecha 22 de marzo de 2024 ha aprobado la creación de licencias temporales de autotaxi para la temporada 2024. Se procede a publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el acuerdo adoptado, la para su difusión y conocimiento público.

1) Aprobar la creación de veinticinco (25) licencias de carácter temporal de auto-taxi para la temporada estival del año 2024, así como, las condiciones de prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en el ANEXO de bases específicas de la convocatoria de otorgamiento de licencias de carácter temporal de auto-taxi para la temporada estival 2024.

2) Proceder a la publicación del presente acuerdo en el BOIB y en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià para su público conocimiento.

 

Calvià,  27 de marzo de 2024

El teniente de alcalde de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura Mundo Rural y Bienestar Animal Manuel Mas Sánchez

 

ANEXO

Bases específicas de la convocatoria de otorgamiento de licencias de carácter temporal de auto-taxi para la temporada estival 2024

I.- Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de estas bases es la regulación de la convocatoria para la adjudicación de 25 autorizaciones de licencias de carácter temporal de auto-taxi, entre el 1 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

El titular de una licencia de carácter temporal estará habilitado para realizar el servicio de transporte público de viajeros en vehículos turismo a cambio de un precio. Así, el objetivo principal de estas bases consiste en la ampliación, en temporada estival, de la capacidad que el sistema de transporte público de viajeros en vehículo turismo puede prestar en cada momento, a través del aumento de licencias, en este caso de carácter temporal como título habilitante previsto legalmente para la prestación del servicio, además de, favorecer la movilidad de los ciudadanos y visitantes del municipio de Calvià.

La obtención de una licencia de carácter temporal según lo establecido en las presentes bases no podrá ser causa de exclusión en futuros procedimientos para la obtención de una licencia ordinaria de taxi.

II.- Características de las licencias de carácter temporal

Las licencias de carácter temporal de ámbito municipal de transporte público de viajeros en vehículo turismo, reunirán las siguientes características:

Temporal: La vigencia de las licencias de carácter temporal, se limitará a los cuatro (4) meses estivales, período comprendido entre el 1 de junio hasta el 30 de septiembre ambos inclusive. Siendo la fecha de finalización de la licencia de carácter temporal el 30 de septiembre de 2024.

Personal: Las licencias temporales tendrá carácter personal y, por tanto, irán vinculadas al otorgamiento de éstas a una persona que reúna los requisitos correspondientes y a un único vehículo, que igualmente reúna las características que se determinan para la adscripción de vehículos auto-taxi, preferentemente, para licencias ordinarias del auto-taxi del Ajuntament de Calvià y demás licencias temporales no cubiertas en la presente convocatoria para los titulares de vehículos de asalariados del sector del auto-taxi del Ajuntament de Calvià. Sólo podrá obtenerse una licencia de carácter temporal por persona, que, además, estará dada de alta como conductor/a.

Intransmisibles: Estas licencias de carácter temporal no se podrán transmitir en ningún caso.

Revocables: Independientemente de la extinción de la licencia de carácter temporal por caducidad, el Ajuntament de Calvià podrá revocarla por incurrir en la pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos, por el reiterado incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio, así como por el incumplimiento de cualquiera de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para la adjudicación de las licencias de carácter temporal objeto de las presentes bases. Asimismo, en todo aquello no previsto en la Resolución y en estas bases, será de aplicación el Reglamento municipal de servicio público transporte de viajero del Ajuntament de Calvià y la Ley Sectorial.

Ámbito municipal: Estas licencias de carácter temporal sólo habilitarán la prestación del servicio con origen en el ámbito territorial del municipio de Calvià, sin perjuicio de la posible autorización del Consell Insular para prestar el servicio fuera del mismo o excepto los acuerdos con otros municipios. Esta licencia de carácter temporal quedará condicionada al consentimiento municipal.

III.- Determinación del número total de licencias

Las presentes bases establecen un número máximo total de veinticinco (25) licencias de carácter temporal otorgables, constituyéndose un listado de reserva para los casos de renuncia o incumplimiento de alguno de los adjudicatarios.

El listado de reserva estará formado, en el supuesto de que haya más solicitudes que licencias a otorgar, por una lista ordenada de solicitantes conforme al resultado que hayan obtenido mediante sorteo público.

Estos números se ordenarán atendiendo a lo que indica el apartado 4 del artículo 52 (“las licencias de carácter temporal deben otorgarse preferentemente a los titulares de las licencias de carácter ordinario”), de la Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas de las Illes Balears, por la que se modifica Ley 4/2014, de 20 de junio, de transporte terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears, así como, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Posteriormente, se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià, y se marcará el orden de adjudicación de las licencias conforme al resultado que hayan obtenido mediante sorteo público.

IV.- Procedimiento de autorización

1.- Inicio

Aprobado el Decreto de la convocatoria de creación de licencias de carácter temporal de auto-taxi para la temporal estival del año 2024, deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), así como en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià, y ​​el día siguiente de la fecha de su publicación determinará el inicio del plazo de tres (3) días naturales para la presentación de las solicitudes y su documentación anexa. Si el último día del plazo establecido coincidiera en sábado, domingo o día festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

1. Requisitos de los solicitantes

Los requisitos exigidos para optar a la concesión de las licencias de carácter temporal, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán acreditar en el momento establecido en el apartado dos (2) de este mismo capítulo que cumplen los requisitos que se detallan a continuación:

1. Requisitos:

1.1. Ser persona física o jurídica

1.2. Cumplir con las obligaciones fiscales y sociales y laborales establecidas en la legislación vigente.

1.3. Disponer del permiso de conducir español de la clase B o superior en vigor y con una antigüedad igual o superior a los dos (2) años y del permiso municipal de conductor del Ajuntament de Calvià ambos en vigor, así como cumplir con el resto de requisitos que señale el Reglamento del servicio de auto-taxi de Calvià.

1.4. Para aquellos que opten como titulares de licencia municipal deberán presentar acreditación del cumplimiento de la declaración censal de encontrarse dado de alta en impuesto correspondiente y al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, de acuerdo con la documentación que se detalla en el apartado que sigue.

1.5. Disponer de un sistema de cobro mediante tarjeta de crédito.

En ningún caso se considerará que puede cumplirse este requisito si se ha interrumpido en algún momento la cotización con motivo de jubilación, con excepción de la jubilación contributiva.

Además, se considerarán asalariados aquellos casos en los que no se haya formalizado un contrato laboral por tratarse de un autónomo en “régimen familiar", ya que depende del titular de la licencia.

2. Solicitudes y documentación a presentar

El plazo de solicitudes se abrirá al día siguiente a la publicación en el BOIB del presente decreto. Se presentará instancia dirigida a la Alcaldía de esta Corporación, en modelo recogido en el anexo correspondiente. Este plazo finalizará a los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de inicio (considerados ambos días incluidos).

En caso de que el último día del cómputo del plazo sea sábado o festivo, el plazo se prorrogará automáticamente hasta el día hábil siguiente. Cuando se publiquen anuncios de corrección de errores, rectificaciones o aclaraciones, el plazo de presentación de proposiciones se computará a partir de la fecha del nuevo anuncio.

Las solicitudes deberán presentarse, preferentemente, por vía telemática a través de la sede electrónica (Red Sara), siendo esto obligatorio para las personas jurídicas. Alternativamente, se podrán presentar de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Calvià o en el Registro General del Centro Municipal de Servicios de Palmanova. Para ambas modalidades, se deberá adjuntar la solicitud y los anexos (I, II y III) que se encentrarán publicados en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià. Se admitirá la documentación presentada siempre y cuando esté en conformidad con las disposiciones legales y cumpla con los requisitos establecidos en las mismas.

Cada solicitante debe presentar la siguiente documentación debidamente rellenada:

a) Instancia de solicitud cumplimentada (Anexo I) donde figura:

▪ Datos personales del solicitante donde debe figurar nombre completo, DNI/CIF, dirección, teléfono, correo electrónico.

▪ Número de licencia en caso de titulares de una licencia de taxi en el municipio de Calvià que opten a la licencia de carácter temporal.

▪ Declaración responsable del ejercicio de los requisitos establecidos.

▪ Autorización para permitir al Ayuntamiento consultar las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social establecidas en la legislación vigente con una antigüedad máxima de 6 meses. Sólo es necesario marcar esta autorización en caso de no presentar los correspondientes certificados acreditativos.

b) Modelo de declaración responsable (Anexo II) donde el solicitante se responsabiliza de:

▪ Adscribir a la licencia temporal un vehículo de acuerdo con lo que establece la autorización.

▪ Aportar una póliza de seguro de forma ilimitada (o al menos por importe de 50 millones de euros) por su responsabilidad civil por los daños causados ​​con ocasión del transporte.

▪ No estar sometido a las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

▪ Declarar estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y, en particular, con el Ajuntament de Calvià, impuestas por las disposiciones vigentes.

▪ Disponer del permiso de conducción vigente y no haber agotado los puntos del carné durante el periodo de validez del mismo para obtener la licencia de taxi.

c) Declaración jurada (Anexo III) de no haber sido sancionado por resolución firme en los dos últimos años por las infracciones calificadas como muy graves:

▪ Declarar bajo juramento que no haber sido sancionado por resolución firme en los dos (2) últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1478/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para su aplicación y el despliegue del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial (BOE. núm. 261, 31 de octubre de 2015).

3. Enmienda de deficiencias

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el Ajuntament de Calvià abrirá un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanar deficiencias.

A estos efectos el Ajuntament de Calvià expondrá en el tablón de anuncios y en la página web municipal una relación de los solicitantes que se encuentren en esta circunstancia en referencia a la documentación que deben presentar.

Al día siguiente de la fecha de publicación de esta relación en el tablón de anuncios y en la página web municipal, determinará el inicio del cómputo de los cinco (5) días hábiles para la enmienda.

4. Lista provisional de admitidos

En caso de no existir deficiencias a corregir o corregidas éstas o, en su caso, transcurrido el plazo habilitado al efecto sin subsanación, se elaborará la lista provisional de admitidos que será expuesta al público a través del tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià.

Publicada la lista provisional anterior, se abrirá un plazo de tres (3) días naturales para que las personas interesadas puedan, en su caso, alegar lo que convenga a su derecho.

Si el último día del plazo establecido coincidiera en sábado, domingo o día festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente

5. Lista definitiva de admitidos

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones sin que se hayan presentado o, en su caso, resueltas éstas, se aprobará la lista definitiva de admitidos que será expuesta al público a través del tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià con expresión del número asignado por orden de solicitud a cada solicitante.

Esta lista clasificará a los admitidos en dos grupos de acceso titulares y asalariados, según lo dispuesto a continuación y se señalará día, hora y lugar en que se llevará a cabo el sorteo para la adjudicación de las licencias de carácter temporal.

6. Clasificación de los solicitantes

El procedimiento para la adjudicación de las licencias establece la siguiente clasificación de los solicitantes y distribución de licencias por grupos de acceso:

6.1. Grupos de acceso:

Grupo de acceso 1: Titulares de licencia municipal de auto-taxi que NO accedieron a la licencia de carácter temporal en la pasada convocatoria del año 2023.

Grupo de acceso 2: Titulares de licencia municipal de auto-taxi que SÍ obtuvieron la licencia de carácter temporal en la convocatoria pasada del año 2023.

Grupo de acceso 3: asalariados del sector del taxi que hayan trabajado en la pasada convocatoria del año 2023.

Grupo de acceso 4: asalariados del sector del taxi que estén en posesión del carnet de taxista que no trabajaron en el 2023.

6.2. Distribución de Licencias:

Se otorgará un número máximo total de veinticinco (25) licencias de carácter temporal.

7. Procedimiento de Adjudicación:

El procedimiento de adjudicación se regirá por sorteo público por insaculación ante el secretario de la corporación municipal, para establecer el orden de prelación de los solicitantes, utilizando tantas bolas como solicitudes se hayan recibido y extrayéndolas todas para establecer el orden de los adjudicatarios provisionales y la lista de espera.

Los números se ordenarán atendiendo a lo indicado en el apartado 4 del artículo 52 (“las licencias de carácter temporal deben otorgarse preferentemente a los titulares de las licencias de carácter ordinario”), de la Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas de las Illes Balears por la que se modifica Ley 4/2014, de 20 de junio, de transporte terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears y Ley 16/1987, de 30 de julio.

Dentro del término municipal de Calvià se establece un listado de reserva de otorgamiento de licencias de carácter temporal a favor de los titulares de licencias ordinarias de un total de veinticinco (25) de carácter temporal.

En caso de que el número de titulares de licencias de auto-taxi no cubra el contingente de licencias otorgables, el número restante podrá ser cubierto por los grupos 2, 3 y 4 consecutivamente enumerados en apartado 6.1 de las presentes bases.

En caso de que se presenten más solicitudes que el número de licencias a otorgar, se constituirá una lista de reserva residual a la que poder acudir en supuestos de renuncias o vacantes sobrevenidas, formado por las solicitudes que no se hayan adjudicado ordenadas conforme en el sorteo realizado.

8. Aprobación de la lista ordenada

Mediante resolución de Alcaldía se aprobará una lista ordenada por los grupos que mencionados en el apartado 6.1 de las presentes bases que se expondrá en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià a efectos de notificación individual a cada uno de los adjudicatarios, incluidos aquellos de la lista de reserva residual, en caso de haberlos.

Para los titulares y asalariados del taxi incluidos en esta lista, su inclusión equivale a la concesión provisional de la licencia de carácter temporal, otorgándose un plazo para cumplir la obligación de aportar el resto de documentación necesaria para la finalización del correspondiente expediente de autorización. A estos efectos, las fechas serán publicadas en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià.

En el caso de los candidatos de la lista de reserva residual, su inclusión en la lista ordenada no supondrá automáticamente la concesión provisional de la licencia de carácter temporal. Su función es actuar como reserva en caso de que ninguno de los titulares o asalariados del taxi formalice la documentación requerida, renuncie o incumpla otros requisitos. La posible concesión de licencia de carácter temporal estará sujeta a estas eventualidades y a la presentación oportuna de la documentación requerida, una vez transcurrido el plazo que se establezca para la formalización de licencias de carácter temporal de los titulares y asalariados del taxi incluidos en la lista provisional.

9. Documentación a presentar para la adjudicación definitiva

La eficacia del otorgamiento de licencia de carácter temporal quedará condicionada a la presentación por parte de la persona interesada de la siguiente documentación:

a) Certificados acreditativos de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social establecidas en la legislación vigente con una antigüedad máxima de seis (6) meses o autorización expresa firmada para su consulta por el Ajuntament de Calvià (Anexo I).

b) Certificado expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico, en el que se acredite que la persona interesada no ha sido sancionada por resolución firme en los dos (2) últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1428/2003 , de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (ahora el vigente Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre).

En caso de no tener emitido este certificado en plazo para la presentación de solicitudes, los interesados tendrán que aportar los dos documentos siguientes:

▪ Solicitud de la cita (acreditando que se han solicitado antes de la finalización del plazo de presentación de documentación).

▪ El anexo III cumplimentado con la declaración jurada de que no ha sido sancionado por resolución firma en los dos últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo. No obstante, el solicitante deberá aportar el certificado cuando lo obtenga o en caso que, conste el consentimiento expreso del interesado podrá ser consultado por el Ajuntament de Calvià (Anexo I).

c) Copia del contrato con entidad bancaria que acredite que se dispone de un sistema de cobro mediante tarjetas de crédito. Para la devolución del depósito deberá presentarse un certificado de la entidad bancaria acreditativo de los movimientos a lo largo del plazo de duración de la licencia.

d) En cuanto al requisito de no haberse jubilado, las personas con edad suficiente para encontrarse en esta circunstancia tendrán que presentar certificado negativo, emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social acreditativo. Aquellos que hayan optado por la modalidad de jubilación contributiva, tendrán que aportar certificado acreditativo de tal extremo.

Para el caso de los conductores asalariados, tendrán que aportar además la documentación que a continuación se detalla:

e) Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el ejercicio de los criterios que sirvan para adjudicar las licencias.

• Plazo máximo para la realización del pago del canon correspondiente en 2024 (apartado 10.6 siguiente) y del depósito (apartado 10.1 siguiente): ocho (8) días naturales desde la publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ajuntament de Calvià de la resolución definitiva de adjudicación.

10.1. Depósito reembolsable

Acreditación de haber efectuado un depósito (reembolsable en las condiciones que se describirán a continuación) de quinientos euros (500 €) en la Tesorería del Ajuntament de Calvià.

La prestación de este depósito responderá (no se devolverá) en caso de:

• Renuncia a la obtención de la autorización definitiva.

• La no obtención de la autorización definitiva por no presentar la documentación necesaria en los plazos señalados.

• El incumplimiento de la obligación de retirar del vehículo y acreditarlo así ante el Ayuntamiento mediante certificado de la ITV, habiendo retirado todos los distintivos externos del vehículo original en el plazo máximo de un (1) mes desde la finalización de la vigencia de la licencia temporal o en los casos de sustitución regulados en el apartado V.

• El incumplimiento de la obligación de presentar el permiso de circulación pasado a particular en el plazo máximo de un (1) mes desde la finalización de la vigencia de la licencia temporal. En caso de que no sea posible presentar este requisito dentro del plazo indicado, se podrá presentar un justificante de la Jefatura de Tráfico de la solicitud del cambio del permiso de circulación pasado a particular. Sin embargo, deberá presentarse el permiso tan pronto como se obtenga a lo largo del plazo de duración de la licencia.

Transcurrido el período de vigencia de la autorización temporal para la temporada 2024 y comprobado por el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos anteriores, se procederá a la devolución del depósito una vez finalice la temporada 2024, siempre que se sigan cumpliendo el resto de requisitos establecidos para el reembolso del depósito.

10.2. Disponibilidad y características del vehículo

Acreditación de disponibilidad de un vehículo turismo, con pase a servicio público con un número máximo de nueve (9) plazas incluida la persona que conduce, inspección técnica de vehículos en vigor, en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento financiero o leasing, que reúna las características técnicas que siguen:

• Antigüedad máxima de diez (10) años desde la fecha de matriculación.

• Instalación de aparato taxímetro. Dada la elevada demanda de solicitudes de instalación prevista, se aceptará la presentación de cita con la empresa instaladora autorizada dentro del mes de junio y simultáneamente se exigirá el uso de la aplicación taxímetro con las tarifas oficiales establecidas para el municipio de Calvià, cuestiones que serán comprobadas por el departamento de Movilidad.

• Sistema GPS autorizado por el Ajuntament de Calvià.

• Preferentemente el color de la carrocería será blanco.

• Luz verde.

• Indicación de tarifa en el panel superior.

• Resto de condiciones exigibles en el Reglamento del Ayuntamiento de Calvià para la prestación del servicio municipal de taxi.

El vehículo deberá llevar en las dos puertas delanteras lo establecido en relación con la identificación externa (franjas, colores, etc.) en las mismas condiciones de identificación que los vehículos amparados por las respectivas licencias municipales de taxi del Ajuntament de Calvià.

En cada una de las puertas delanteras, se colocará una banda de color azul en la parte central de la misma, de quince centímetros de ancho, que cruzará la puerta en sentido vertical. Sobre la citada banda se colocará el escudo municipal y el número de licencia municipal que corresponde al vehículo, en color negro.

También se deberá insertar en la puerta del maletero o puerta trasera, en su ángulo superior derecho según el sentido de la marcha del vehículo, y por este orden, un rótulo con la palabra "Taxi", seguida del escudo municipal y del número de la licencia. Las dimensiones de este rótulo, será de una sola pieza.

En la esquina superior de las puertas delanteras figurarán en color rojo el número de la licencia fija para el caso de los titulares y de autorización temporal asignado por el Ayuntamiento para el caso de los asalariados de acuerdo con la lista ordenada de adjudicatarios apruebe, que se recogerá en la tarjeta de transportes y más abajo deberá figurar la leyenda "TEMPORAL", todo ello en letras de color rojo fuente Arial, negrita, de 185 puntos de ancho.

El número de autorización figurará igualmente en la parte posterior izquierda del vehículo, en el mismo lugar donde las licencias fijas llevan la letra correspondiente a los distintos tonos en color rojo fuente Arial, negrita, de 185 puntos de ancho.

La antigüedad máxima para la adscripción de un vehículo a estas autorizaciones será de diez (10) años contados desde la fecha de la matriculación hasta la fecha máxima de presentación de documentación.

La acreditación del cumplimiento de todos los requerimientos detallados se acreditará mediante la presentación de un certificado de conformidad expedido al efecto por la estación de la Inspección Técnica de Vehículos del Consell de Mallorca.

El titular de la licencia temporal se compromete a solicitar tres rótulos e instalarlos en el plazo máximo de siete (7) días. Una vez instalados deberá comunicarlo al departamento de Movilidad. Asimismo, se permite la instalación de placas imantadas siempre que se respeten las mismas condiciones expresadas.

10.3. Seguro de responsabilidad civil

Se tendrá que tener asegurada de forma ilimitada la responsabilidad civil con terceros con ocasión de daños ocasionados por este servicio (o como mínimo por importe de 50 millones de euros) durante el tiempo de vigencia de la autorización los cuatro (4) meses estivales, período comprendido entre el 1 de junio hasta el 30 de septiembre ambos inclusive. Siendo la fecha de finalización de la licencia de carácter temporal el 30 de septiembre.

10.4 Acreditación de disponer de conductor calificado.

Acreditación de disponer de conductor o conductores calificados, según el caso, con los correspondiente/s permiso/s de conducción español de la clase B o superior en vigor y con una antigüedad igual o superior a los dos (2) años, así como disponer el permiso local de conductor y tarjeta identificativa ambos en vigor exigida por el Ajuntament de Calvià.

10.5 Justificante de disponer de un sistema de cobro

Justificante que acredite que se dispone de un sistema de cobro que facilite a los usuarios el pago del servicio mediante tarjetas de crédito.

10.6 Acreditación de pago de canon

Acreditación del pago del canon por el importe de trescientos setenta y cinco euros (375,00 €) por cada mes, siendo el importe total de la temporada estival de mil quinientos euros (1.500,00 €).

11. Procedimiento para cubrir renuncias de adjudicatarios provisionales

Si una vez dictada la resolución de la lista ordenada, los adjudicatarios renunciaran a la licencia de carácter temporal o, en su caso, ésta no llegara a adquirir eficacia por falta de presentación de la documentación necesaria, la licencia correspondiente a esta licencia quedará vacante y el Ajuntament de Calvià acudirá, para que sea cubierta, al solicitante que corresponda según el orden de adjudicación resultante, incluyendo en esta consideración a los candidatos de la lista residual en caso de que no hay suficientes solicitantes en la lista de adjudicatarios provisionales

Si una vez dictada la resolución de la lista ordenada, los adjudicatarios renunciaran a la licencia de carácter temporal o, en su caso, ésta no llegara a adquirir eficacia por falta de presentación de la documentación necesaria o por no cumplir con los requisitos establecidos, la licencia correspondiente a esta autorización quedará vacante. En este caso, el Ajuntament de Calvià acudirá, para que sea cubierta, al solicitante que corresponda según el orden de prelación resultante, incluyendo en esta consideración a los candidatos de la lista residual en caso que no haya suficientes solicitantes en la lista de adjudicatarios provisionales.

12. Emisión tarjeta de transportes

Los solicitantes que finalmente cumplan todos los requisitos y consigan el otorgamiento de una licencia de carácter temporal recibirán del Ajuntament de Calvià una tarjeta de transportes acreditativa del título habilitante obtenido, de acuerdo con el modelo incorporado en el anexo correspondiente, con indicación del titular, el plazo de vigencia y matrícula del vehículo.

Esta tarjeta se expedirá durante el plazo de vigencia de la autorización y certificará su validez durante los cuatro (4) meses estivales, período comprendido entre el 1 de junio hasta el 30 de septiembre ambos inclusive. Siendo la fecha de finalización de la licencia de carácter temporal el 30 de septiembre de 2024.

V.- Prestación del servicio. Derechos y obligaciones

1. Ejercicio de la actividad

1.1. La prestación de este servicio se realizará exclusivamente mediante la utilización del vehículo vinculado a la licencia de carácter temporal; no obstante, pueden darse supuestos de sustitución definitiva o temporal en los términos que se indican a continuación:

Sustitución definitiva: En caso de que, durante la prestación del servicio, el titular de la autorización temporal quiera sustituir el vehículo vinculado a licencia de carácter temporal otorgada, deberá comunicarlo al Ajuntament de Calvià acreditando la disponibilidad del nuevo vehículo, con sus datos, modelo y matrícula y acreditación de que cumple los mismos requisitos que se exigen para la concesión de las licencias temporales (apartado 10.2).

Además, deberá acreditar mediante certificado de la ITV haber retirado todos los distintivos externos del vehículo original.

Comprobado esto, el Ajuntament de Calvià dictará resolución autorizando la sustitución y emitirá al efecto nueva tarjeta de transportes de carácter temporal.

En caso de no cumplir los requisitos anteriores, la sustitución será denegada.

Sustitución temporal: Excepcionalmente, puede accederse a una sustitución temporal en caso de avería o accidente. En estos casos, la persona interesada deberá solicitarlo al Ayuntamiento mediante instancia a la que acompañará acreditación de disponer de otro vehículo para la prestación del servicio con los requisitos del apartado 10.2 y certificación de taller mecánico acreditativo de la incidencia y duración estimada de su resolución.

En estos casos excepcionales se admite que la titularidad del vehículo no coincida con el de la autorización y que el vehículo de sustitución temporal tenga una antigüedad superior a diez (10) años.

Al igual que en el caso anterior, el Ajuntament de Calvià, una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos, autorizará la sustitución temporal y emitirá al efecto nueva tarjeta de transportes (también de carácter temporal).

No obstante, este supuesto, por la excepcionalidad de su régimen y dada la duración de la vigencia de licencia temporal, no podrá exceder de quince (15) días hábiles.

En el supuesto de que la previsión de sustitución temporal exceda del plazo indicado, la persona interesada deberá acudir al procedimiento de sustitución definitiva antes regulado.

Transcurrido el plazo de duración máxima de quince (15) días hábiles de esta sustitución temporal, el titular de la autorización deberá acreditar ante el Ajuntament de Calvià el haber retirado los distintivos externos del vehículo temporal.

Esta acreditación deberá producirse en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la finalización del período de quince (15) días hábiles sin que, en ningún caso, ambos vehículos puedan simultanear la prestación.

1.2. Los titulares de las licencias temporales tendrán que contar con uno o más conductores asalariados para garantizar la prestación del servicio en las condiciones indicadas en la presente resolución

1.2. Todos los conductores tendrán que acreditar encontrarse en posesión del permiso de conducción español de la clase B o superior en vigor y con una antigüedad igual o superior a los dos (2) años y la tarjeta identificativa municipal.

1.4. Los titulares de las licencias de carácter temporal (se trate de titulares de licencia municipal o en su caso de asalariados) deberán encontrarse de forma ininterrumpida de alta en el régimen especial de los trabajadores autónomos durante los días de vigencia de la licencia.

1.1. Los titulares tendrán que asegurar la prestación del servicio durante todos los días correspondientes al plazo de vigencia de la autorización, excepto en caso de que esto se contradiga con lo establecido en la normativa laboral aplicable en cuanto a la duración de las jornadas y la distribución semanal, así como la legislación que sea aplicable en relación a tiempos máximos de conducción y descanso para el conductor.

Por lo que respecta a los mismos criterios anteriores, la prestación del servicio no tendrá limitación horaria.

1.2. Una vez concluido el período de vigencia de la licencia de carácter temporal, los adjudicatarios quedarán obligados a eliminar del vehículo todos los signos externos identificativos (luz verde, escudos, etc.) de la actividad y acreditarlo mediante la presentación al Ajuntament de Calvià de un certificado emitido por la ITV al efecto en el plazo máximo de un (1) mes después de la finalización del turno de la licencia y una vez acreditado el cumplimiento de esta exigencia, los servicios competentes del Ajuntament de Calvià emitirán informe para proceder, al finalizar la temporada 2024, a la devolución del depósito que se efectuó con ocasión de la adjudicación provisional de la licencia temporal.

2. Régimen tarifario

En cualquier caso, las tarifas que sean de aplicación son las mismas que sean de aplicación para las licencias de carácter ordinario.

3. Régimen sancionador

El incumplimiento por parte del titular de una licencia temporal de las condiciones de prestación del servicio o la pérdida de alguna de las condiciones exigidas para obtenerlo, determinaría el hecho de entender que se estaría realizando la actividad de transporte público de viajeros sin el título preceptivo habilitante, de forma que podrá ser sancionado, de acuerdo con lo previsto en la normativa general de Transportes mediante el oportuno expediente sancionador tramitado al efecto, de acuerdo con lo previsto en la normativa general de transportes (Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas de las Illes Balears por la que se modifica Ley 4/2014, de 20 de junio, de transporte terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears y Ley 16/1987, de 30 de julio).

El incumplimiento de lo recogido en el Reglamento municipal en cuanto al servicio municipal de taxi determinaría la posibilidad de ser sancionado por el Ayuntamiento de acuerdo con el régimen sancionador previsto al efecto.

 

4. Revocación

El Ajuntament de Calvià podrá revocar la licencia temporal, que no tendrá carácter de sanción, por incurrir en la pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos, así como por el reiterado incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio y supondría la pérdida de todos los derechos vinculados a la licencia temporal y la imposibilidad de prestar el servicio que amparaba.

Antes de resolver la revocación de cualquier licencia temporal, será preceptivo el trámite de audiencia a la persona interesada. La revocación, como cualquier otro acto administrativo, puede recurrirse en vía administrativa.

 

ANEXO I INSTANCIA DE SOLICITUD

D./Dña. ............................................…….... ..., con DNI/CIF n.º, ….……........……...... y domicilio en ............ ……………... en la calle ....................................... . ............... código postal ..................., teléfono n.º …………………… … ………., correo electrónico ................................................................

En caso de titulares, n.º de licencia de taxi: ..................

EXPONGO

Que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la autorización de licencias temporales aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha ............ publicado en el BOIB n.º ...... de fecha .. .......... y que por este motivo

(Marque la casilla en su caso)

(  ) Autorizo ​​al Ayuntamiento de Calvià a solicitar la información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se refiere el apartado IV.2.a).

(   ) mAutorizo ​​al Ayuntamiento de Calvià a solicitar la información relativa a sanciones de tráfico a que se refiere el apartado IV.2.a).

SOLICITO poder participar en el concurso establecido en la mencionada autorización para el otorgamiento de una licencia municipal temporal de transporte público de viajeros en vehículo turismo, en las condiciones que se prevén y con el cumplimiento de las características que a continuación señalan (se adjunta documentación acreditativa):

 

Calvià, a.........de .................... de 2024.

 

Fdo:………………………….

AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

 

ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ............................................……........, con DNI/CIF n.º, ….……........……...... y domicilio en ............ ……………... en la calle ....................................... . ............... código postal ..................., teléfono n.º …………………… … ………., correo electrónico ................................................................

,DECLARO bajo mi responsabilidad:

I. Que adscribiré a la licencia temporal un vehículo de acuerdo con lo que establece el decreto de autorización de licencias temporales.

II. Que aportaré una póliza de seguro de forma ilimitada (o como mínimo por importe de 50 millones de euros).

III. Que no me encuentro sometido/a en ninguna causa de prohibición para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

IV. Que me encuentro al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y, en particular, con el Ajuntament de Calvià, impuestas por las disposiciones vigentes.

V. Que mi permiso de conducción está vigente y que no he agotado los puntos del carné durante el periodo de validez del mismo para obtener la licencia de taxi

Calvià, a ..... de .....................de 2024.

 

AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

 

ANEXO III MODELO DE DECLARACIÓN JURADA

D./Dña. ............................................…….... ..., con DNI/CIF n.º, ….……........……...... y domicilio en ............ ……………... en la calle ....................................... . ............... código postal ..................., teléfono n.º …………………… … ………., correo electrónico ................................................................

DECLARO BAJO JURAMIENTO QUE:

• No he sido sancionado por resolución firme en los dos últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para su aplicación y el despliegue del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial (BOE Núm. 261, 31 octubre de 2015).

Declaración que efectúo a todos los efectos legales, consciente de las responsabilidades de orden civil y penal que comporta.

Y para que conste y tenga los efectos oportunos, firmo la presente declaración en Calvià, a ...... de .................. de 2024.

 

Fdo:

AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ