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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 198636
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos núm. 3/2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que en fecha 29 de febrero de 2024 se aprobó inicialmente la modificación de crédito 3/2024.

Visto que en fecha 5 de marzo de 2024 en el BOIB núm. 32 se publicó el edicto de aprobación inicial.

Visto que no se han producido alegaciones en el plazo de exposición pública se considera definitivamente aprobada la mencionada modificación con los siguientes términos:

 Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos  finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 171

 63200

Inversión mejora parques 

40.000,00 

40.000,00 

80.000,00 

 165

21001 

Conservación alumbrado público 

 117.000,00

100.000,00 

 217.000,00

920

62600

Inversión informática

2.000,00

450.000,00

452.000,00

912

48000

Asignación grupos políticos

25.000,00

12.000,00

37.000,00

430

48000

Bonos comercio

80.000,00

75.000,00

155.000,00

 323

21200 

 Conservación immuebles escuela

2.000,00 

50.000,00 

52.000,00 

920

46601

Mancomunidad Tramuntana

7.000,00

7.000,00

14.000,00

342

63202

Inversiones mejoras deportivas

60.000,00

100.000,00

160.000,00

 

 

TOTAL

 333.000,00

 834.000,00

1.167.000,00

 Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

 Suplementos en concepto  de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

87 

870.00 

Remanente tesorería gastos generales 

 1.167.000,00

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 1.167.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podran interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

 Sin perjuicio de esto, según lo que se ha fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Andratx, documento firmado electrónicamente (27 de marzo de 2024

La alcaldesa-presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)