Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD
Núm. 195388
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2024 y se establecen las bases generales y las específicas
Hechos
1. El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) ejerce funciones relativas a la coordinación y el impulso de actividades en materia de juventud y la promoción de acciones de dinamización juvenil, así como del asociacionismo y de la participación de los jóvenes de las Islas Baleares en la vida social y cultural.
2. El programa Cultural Art Jove, promovido por el IBJOVE, tiene como objetivos básicos fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar la creatividad artística. Estos objetivos se plasman cada año en la convocatoria de diferentes certámenes, premios y muestras de laderas artísticas múltiples.
3. Las ayudas de la convocatoria de premiso y certámenes del programa cultural Art Jove, gestionada per l'IBJOVE, están incluídos en la prórroga delPla Estratègic de Subvencions de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consell de Govern de 20 de diciembre de 2021, de conformidad con el artículo 6 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. En fecha 8 de marzo de 2024, de acuerdo con el informe justificativo previo de 29 de febrero de la responsable del Área de Arte Joven y del certificado de suficiencia de crédito de 29 de febrero del jefe del Área Económica del IBJOVE, la presidenta de este organismo ordenó el inicio del procedimiento para convocar los certámenes y premios del programa Cultural Art Jove 2024. El 14 de marzo se emitió el informe jurídico favorable a la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. La promoción y la divulgación de la obra de artistas jóvenes es una de las competencias atribuidas expresamente al IBJOVE, según establece el artículo 2.2 del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud. En concreto, la letra d ) de este artículo le encomienda llevar a cabo actividades de promoción cultural de la juventud y de promoción y divulgación de la obra de jóvenes artistas y creadores de las Islas Baleares.
2. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, el establecimiento o la gestión de las que corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o en las entidades públicas que dependen de ella. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en general, de cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración a favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destine a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o la consecución de una finalidad pública.
3. Mediante la Orden de la consejera de Asuntos sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4. Mediante el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, Por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno De las Islas Baleares (BOIB Nº 94 de 10 de julio de 2023), se nombró a Catalina Cirer Adrover consejera de Familias y de Asuntos Sociales, que de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Juventud, (IBJOVE) ejercerá también como Presidenta de este Ente dado que, de acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, se asignan a la Consejería mencionada las competencias en materia de planificación y coordinación de las políticas de juventud y ejerce las funciones establecidas en el artículo 10, del Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar la convocatoria de los certámenes y premios del programa Cultural Art Jove para el año 2024, que se deben regir por las bases generales y las específicas que se publican como anexos 1 y 2, respectivamente.
Publicar esta resolución en el Boletín oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del IBJOVEen el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 25 de marzo de 2024
La presidenta del Instituto Balear de la Juventud Catalina Cirer Adrover
ANEXO 1 Bases generales del programa Cultural Art Jove 2024
1. Objeto de la convocatoria
1.1. El objeto de esta convocatoria son los certámenes del programa Cultural Art Jove 2024, el cual tiene la finalidad de fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar la creatividad artística.
1.2. Los certámenes convocados para el año 2024 son los siguientes:
a) Certamen de Artes visuales, Dotado con 13.000,00 € trece mil euros).
b) Certamen de cómic, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros).
c) Certamen de Danza Contemporánea, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros)
d) Certamen de Cortometrajes, Dotado con 13.000,00 € (trece mil euros)
e) Certamen de relato breve, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros)
f) Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de Grupos de Cámara, Dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros)
g) Certamen de Diseño De Moda, dotado con 12.000,00 € (doce mil euros)
h) Certamen de Diseño De Producto, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros)
1.3. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas).
2. Importe y crédito presupuestario
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 75.000,00 € (setenta cinco mil euros), con cargo a los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) para el año 2024.
3. Participantes
3.1. El programa Cultural Art Jove dirige a jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024.
3.2. No es permitida la inscripción de grupos en los certámenes de Artes Visuales, Relato breve y Moda.
3.3. En la inscripción de grupos, se considera representante del grupo el componente del grupo que formaliza la solicitud de inscripción, y forman el resto del grupo los miembros que constan. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen como parte de dos grupos a la vez o como parte de un grupo e individualmente.
3.4. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, deben cobrar el premio las personas que los representan legalmente, en el caso de que no estén emancipados.
3.5. Los grupos o los autores que han recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del programa Cultural Art Jove no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que resultaron ganadores. En el caso de los grupos, se entiende que no se pueden volver a presentar si conservan el mismo nombre o si la mayor parte de los componentes del grupo (la mitad más uno) son los mismos que cuando el grupo resultó ganador.
3.6. Asimismo, no se puede presentar a concurso ninguna obra que, en el momento de la inscripción, ya haya resultado ganadora del primer premio de cualquier otro certamen de las Islas Baleares.
3.7. En todos aquellos cert``amenos que implican la actuación de grupos de personas, si una vez finalizado el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la primera prueba selectiva, se admitirá la sustitución de un máximo del 50% de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben sujetar obligatoriamente a las restricciones siguientes:
En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo una vez realizada la semifinal.
4. Obligaciones de las personas beneficiarias
4.1. Las personas beneficiarias deben cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y la Orden de la consejera de Asuntos sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El hecho de presentar la solicitud implica que la persona solicitante autoriza el órgano convocando a obtener directamente los certificados que acreditan que está al tanto de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.
5. Presentación de solicitudes: Requisitos, plazos y documentación
5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo), así como los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con lo dispuesto en este apartado.
5.2. El plazo para presentar las solicitudes y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria es desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 23.59 h del 27 de mayo de 2024.
5.3. Las bases, el formulario de inscripción y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (http://caib.es/seucaib), así como el web del IBJOVE (http://ibjove.caib.es).
5.4. Las personas interesadas pueden presentar el formulario de inscripción y toda la documentación que se especifica a continuación en cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre):
5.5. La documentación que hay que presentar para todas las modalidades convocadas es la siguiente:
a) El formulario rellenado debidamente.
b) En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares, una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares.
c) Para algunas modalidades (Cómic, Relato Breve, Moda y Diseño De Producto), se establece un plazo adicional para presentar documentación específica de aquella modalidad.
El Área de Arte Joven del IBJOVE puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
5.6. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o bien la información o la documentación aportadas son incorrectos o incompletas, el IBJOVE debe requerir a la persona interesada que, en el plazo de diez días hábiles contadores desde al día siguiente de haber recibido la notificación por correo electrónico, subsane la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si en este plazo la persona interesada no hace las enmiendas correspondientes, se entenderá que desiste de la solicitud.
6. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor es la responsable del Área de Arte Joven del IBJOVE, la cual debe llevar a cabo las actuaciones a las que se refieren el artículo 16 y los siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones. En concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.
7. Jurados
7.1. El jurado es el órgano colegiado al que corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que debe servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.
7.2. El director del IBJOVE debe nombrar a los miembros de cada jurado mediante una resolución.
7.3. El jurado de cada uno de los certámenes está formado por los componentes que se indican a continuación. La composición de cada jurado se detalla en las bases específicas correspondientes:
7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando están presentes en las reuniones del jurado el presidente o presidenta y la secretaria o, en su caso, las personas que los sustituyan, y la mitad de los miembros, como mínimo. En el caso de vacante, de ausencia o de enfermedad del presidente o presidenta, debe sustituir la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya el quórum suficiente. En el caso de vacante, de ausencia o de enfermedad de la secretaria, debe sustituir un técnico del Área de Arte Joven O la persona en la que delegue la responsabilidad.
7.5. El veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones deben tomarse por mayoría simple; no es necesario, pues, unanimidad a la hora de establecer el ganador o los ganadores de cualquier certamen.
7.6. En los certámenes en que las bases específicas establecen una duración de la interpretación, debe entenderse como aproximada. El jurado es el que debe determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes se puede penalizar, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba.
8. Resolución y notificación
8.1. El órgano competente Para resolver la concesión de Los Premios Es La Presidenta del IBJOVE.
8.2. La concesión de los premios del programa Cultural Art Jove debe resolverse antes del 31 de diciembre de 2024. Este plazo puede ser modificado en el caso de que haya impedimentos justificados debidamente que no permitan cumplirlo.
8.3. La resolución de concesión De La Presidenta debe ser motivada y debe Fijar, Con carácter definitivo, La cuantía individual de Los premios concedidos. La resolución debe notificarse a las personas interesadas mediante la publicación en el sitio web http://ibjove.caib.es.
8.4. Presentarse a un certamen o modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente de otro modo.
9. Pago y justificación
9.1. Como justificación para el pago de los premios es suficiente acreditar los requisitos que establece la convocatoria.
9.2. De acuerdo con el punto 9.1 de esta convocatoria, con carácter general, los premios deben pagar a los beneficiarios íntegramente, mediante una transferencia o un talón bancario, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el punto 5.4 de las bases generales.
9.3. Sin embargo, en todos los certámenes en que se establece que una parte del premio está sujeta a la realización de actuaciones o encargos específicos por parte de los ganadores o finalistas, además de lo dispuesto en el punto 9.2, para tramitar los pagos correspondientes es necesario que un técnico del Área de Arte Joven expida un certificado que acredite que se han hecho las actuaciones mencionadas o que se han presentado los encargos específicos de cada certamen. Estos encargos o actuaciones deben llevarse a cabo durante 2024 y 2025
9.4. Los participantes premiados deben cobrar la parte que les corresponde cuando hayan hecho las actuaciones programadas. En el caso de ausencia, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el participante pierde el derecho a cobrarlas.
10. Otras determinaciones
10.1. Los premios que establece esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo establecido en la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone, implícitamente, que los autores autorizan al IBJOVE reproducir y publicar su imagen y el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.
10.3. La presidenta del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del programa Cultural Art Jove, con el visto bueno del director del IBJOVE, puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente, y debe resolver todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación de las bases. Asimismo, puede anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes lo aconseja.
10.4. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales, o por otras razones justificadas debidamente.
10.5. Una vez finalizado el plazo de inscripción, se debe considerar que la participación en un certamen o modalidad no es suficiente si es inferior a tres inscripciones. En caso de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripciones), y antes de declarar el certamen o modalidad desierto, La presidenta del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, con el visto-`favor del director del IBJOVE, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación Previa en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y conservando las solicitudes ya presentadas. Este nuevo plazo no debe perjudicar en ningún caso los participantes presentados en el plazo establecido inicialmente, dado que deben disponer de un tiempo adicional para mejorar sus propuestas y profundizar o para presentar una nueva, si lo consideran adecuado. En cualquier caso, si una vez finalizado el nuevo plazo de inscripción la participación es inferior a tres inscripciones, el certamen o modalidad se ha de declarar desierto automáticamente.
10.6. Una vez cerrado definitivamente el proceso de inscripciones, para todas aquellas modalidades que suponen una actuación en directo de los participantes (Danza Contemporánea y Grupos de Cámara), en el caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se deben programar una o más fases semifinales. Si el número de inscritos es inferior a cinco, se programará directamente una fase final.
10.7. Cuando el participante tenga que asistir a un evento programado por el Arte Joven fuera del municipio donde reside en ese momento, el IBJOVE debe hacerse cargo del coste del transporte aéreo o marítimo, en España, del participante y de todo el material necesario para participar en el evento. En caso de que el participante resida fuera de España, el IBJOVE se hará cargo del coste del transporte aéreo o marítimo del participante y de todo el material necesario para participar en el evento, hasta un máximo de 300,00 € , ida y vuelta.
En caso de que el evento programado le obligue a hacer una o más pernoctaciones fuera de su municipio, también se debe hacer cargo del alojamiento. En ningún caso se cubren los desplazamientos terrestres.
10.8. Cualquier información relativa a la organización y la celebración de un certamen y al fallo de los jurados se comunicará a los participantes mediante un correo electrónico, sin perjuicio que, además, también se notifique por vía telefónica.
10.9. En las fases semifinales de todos los certámenes, el jurado debe nominar dos semifinalistas sustitutos que deben participar en las pruebas de selección cuando alguno de los semifinalistas no pueda asistir. Esta decisión se debe hacer constar en el acta.
10.10. Durante los años 2024 y 2025, el IBJOVE puede editar catálogos, vídeos, DVD y publicaciones en el que se recojan las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de los diferentes certámenes que son objeto de esta convocatoria.
10.11. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que establece esta convocatoria implica aceptar de una manera estricta todas las bases (generales y específicas), por lo que se han de excluir las inscripciones que no cumplan las condiciones en la forma establecida.
10.12. El IBJOVE no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente. En cualquier caso, no deben admitirse a concurso obras o interpretaciones que hagan una apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se produce este supuesto, el director del IBJOVE, a propuesta unánime del jurado correspondiente, debe resolver excluirlas del certamen.
11. Programa Girart Jove
11,1. El Programa Girart Joven es el instrumento de difusión y promoción de los finalistas y los ganadores de todos los certámenes una vez que ha tenido lugar la final y se han llevado a cabo los bolos derivados del pago de los diferentes premios. Consiste en programar actuaciones, exhibiciones, exposiciones o muestras en diferentes espacios de las Islas Baleares o del resto del Estado español. Los artistas que participen en el programa itinerante Girart Joven de cualquier certamen o modalidad deben presentar una factura o minuta, con los impuestos que perdoquen en casa caso, por cobrarles actuaciones con las cantidades que se exponen a continuación:
— Los intérpretes o artistas en solitario: 200,00 €.
— Los grupos: 200,00 € por componente, hasta un máximo de 1.000,00
11.2. Las actuaciones o exposiciones que sean iniciativa del IBJOVE (actuaciones de finalistas o ganadores durante la deliberación de los jurados en selecciones o en actos de clausura, exposiciones o muestras) las debe gestionar el IBJOVE, el cual debe asumir todos los gastos. En cuanto a las actuaciones de artistas o en las exposiciones de obras finalistas o ganadoras del Arte Joven Que programe una entidad externa, ya sea pública o privada, se procederá de la siguiente manera:
— En el caso de actuaciones de artistas, la entidad solicitando se debe hacer cargo de la publicidad y difusión de la actuación y del alojamiento y la manutención del artista, si se ve obligado a pernoctar fuera de su municipio de residencia, y debe poner a disposición de los participantes el espacio escénico, el técnico y el equipo de sonido. El IBJOVE debe asumir el coste de la minuta y del desplazamiento, en su caso.
— Si son exposiciones, la entidad solicitando debe Encargarse de la publicidad y difusión de la exposición y del montaje, el desmontaje, la vigilancia y la custodia, y la devolución de las obras en las mismas condiciones en que las reciba. Los gastos de la minuta de los artistas y de envío de las obras están a cargo del IBJOVE.
12. Tratamiento de datos de carácter personal
12.1 La Política de privacidad aplicable a los certámenes gestionados por el Área de Arte Joven, en cuanto al tratamiento de datos personales de los participantes y los derechos que les reconoce la normativa vigente, es la que se establece a continuación. Cualquier duda o aclaración respecto a la política de privacidad del IBJOVE o los derechos de los participantes debe resolver con el IBJOVE a través de los canales que se indican a continuación. En el caso de proporcionar datos de carácter personal de terceros, el participante se compromete a obtener el consentimiento previo de las personas afectadas y informarlas sobre el contenido de esta política.
12.2 El responsable del tratamiento de los datos es el Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) y, en concreto, el Área de Arte joven, con domicilio en la calle del Uruguay, s / n (Velódromo Islas Baleares), 07010 Palma , teléfono 971 17 89 49 y dirección electrónica artjove @ibjove.net. Puede contactar con el delegado de protección de datos del IBJOVE mediante la dirección electrónica siguiente: protecciodedades@ibjove.caib.es.
12.3. Los datos que proporcionan los participantes en los formularios de inscripción son tratadas para tramitar la inscripción en los certámenes y premios del programa Cultural Art Jove para el año 2024 y para gestionar estos premios y certámenes. Este tratamiento se basa en la gestión de la relación jurídica que se establece con motivo de la participación en los certámenes del IBJOVE y en el cumplimiento de obligaciones legales, en concreto, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril; del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se Aprueba el Texto Refundido de la Ley de subvenciones; del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud, y de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
12.4. Los datos identificativos y de contacto proporcionados en el formulario de inscripción son tratadas para enviar comunicaciones por medios electrónicos sobre actividades, eventos e información general del IBJOVE. Este tratamiento se basa en el consentimiento que se solicita en el formulario de inscripción para la recepción de estas comunicaciones por medios electrónicos. El hecho de no prestar el consentimiento para esta finalidad o de retirarlo no condiciona la inscripción.
12.5. El material resultante de los vídeos o reportajes fotográficos llevados a cabo durante la participación en los certámenes y, en su caso, la imagen y / o la voz de las personas que aparecen en las obras integrantes de los certámenes son utilizados para informar al público sobre actividades duitas a cabo por el IBJOVE. La base jurídica para captar la imagen y, en su caso, la voz de los participantes y para difundirla en medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE en redes sociales, como Facebook, Instagram o Twitter, es el consentimiento de los participantes o de sus padres o tutores, que se solicita en la autorización de captación y uso de imagen enviada antes de publicarse, al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor , a la intimidad personal y familiar ya la propia imagen.
12.6. Los datos son comunicados a terceras personas por obligación legal o con el consentimiento del participante. En concreto, si un participante resulta ganador de un certamen, el IBJOVE puede publicar su nombre y linajes a los medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE de diferentes redes sociales, tales como Facebook, Instagram o Twitter. La publicación del nombre de las personas premiadas se basa en el cumplimiento de una disposición legal; concretamente, del artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, que regula, entre los principios por los que se debe basar esta actuación administrativa, el de transparencia.
12.7. En caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos para participar en las semifinales o finales de los diferentes certámenes o eventos programados por el Arte Joven, los datos identificativos de los participantes, de contacto y de características personales obtenidas del formulario (en concreto: Nombre y linajes ; DNI, NIE o pasaporte; dirección; dirección electrónica, y fecha de nacimiento) serán comunicadas a las agencias de viajes minoristas encargadas de tramitar los billetes o las reservas, así como las empresas los servicios de las que se incluyen en estos viajes y reservas, tales como empresas de transporte u hoteles.
12.8. Se conservarán los datos personales que proporcionen los participantes durante la vigencia de la relación que mantienen con el IBJOVE y durante el tiempo necesario para atender posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de estos datos. Los datos tratados con fines informativos se conservarán mientras no se solicite la baja. El material audiovisual se utilizará durante el tiempo que el IBJOVE considere necesario para la consecución de los fines antes descritas. Los documentos de cualquier época o tipología, reunidos o no en archivos, y producidos, recibidos o conservados por el IBJOVE, en el ejercicio de su función, forman parte del patrimonio documental de las Islas Baleares. Una vez que los datos tratados hayan dejado de ser útiles para los fines para las cuales fueron recogidas, pasarán al estado histórico y serán conservadas y, en su caso, destruidas, conforme a la normativa de evaluación y los criterios previstos por las leyes 12/1998, de patrimonio histórico de las Islas Baleares, y 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Islas Baleares.
12.9. Los participantes tienen derecho a obtener confirmación de si se tratan o no sus datos personales y, en su caso, a acceder. Igualmente, pueden pedir que sus datos sean rectificadas, cuando sean inexactos, o que se completen los datos que sean incompletas, así como solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarias para los fines para las que fueron recogidas.
En determinadas circunstancias, pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, sólo se tratarán los datos afectadas para formular, ejercer o defender reclamaciones o con la intención de proteger los derechos de otras personas. En determinadas condiciones y por motivos relacionados con su situación particular, pueden igualmente oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, se dejarán de tratar los datos excepto por motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre sus intereses o derechos y libertades, o para formular, ejercer o defender reclamaciones.
Asimismo, bajo ciertas condiciones, pueden solicitar la portabilidad de sus datos, para que sean transmitidas a otro responsable de tratarlas.
12.10. Los participantes pueden revocar el consentimiento que hayan prestado para determinadas finalidades, sin que este hecho afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a la retirada del consentimiento. Igualmente, tienen derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de protección de datos.
12.11. Para solicitar la baja de los tratamientos con fines informativos, pueden enviar un mensaje a la dirección electrónica siguiente: protecciodedades@ibjove.caib.es.
12.12. Para ejercer sus derechos, los participantes deben enviar, por correo postal o electrónico, una solicitud, acompañada de una copia del DNI o de otro documento válido que los identifique, al delegado de protección de datos, a las direcciones indicadas en el apartado 12.2. Para más información sobre sus derechos y sobre cómo ejercerlos, los participantes pueden consultar la web de la Agencia Española de Protección de Datos: http://www.aepd.es.
13. Revocación
13.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.
13.2. A consecuencia de la revocación, queda sin efecto el acto de concesión del premio y se deben reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.
14. Reintegro de las ayudas concedidos
14.1. Pertoca reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la que se aprueba el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.
14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perder el derecho de cobrarlo, con la audiencia previa de la persona interesada.
14.4. El ganador pierde el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el IBJOVE.
15. Régimen de infracciones y sanciones
Si se incumplen los requisitos que establece esta convocatoria, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
16. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por el que disponen estas bases; la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo); el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el resto de la normativa aplicable.
ANEXO 2 Bases específicas del programa Cultural Art Jove 2024
CERTAMEN DE ARTES VISUALES
1. Convocatoria y participantes
Se convoca el Certamen de Artes Visuales para jóvenes creadores de cualquier disciplina artística a la que se pueda aplicar la denominación de artes visuales (fotografía, escultura, pintura, instalación, videoinstalación, Pueden participar artistas jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. No se admite la inscripción de grupos.
2. Premios
La dotación del premio es de 13.000,00 € (trece mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable.
3. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
El archivo, que debe ser anónimo, debe contener un dossier que muestre una visión general de la obra del artista.
4. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los miembros de la Asociación De Galeristas de Palma, los miembros de la Asociación de artistas Audiovisuales de las Islas Baleares, los comisarios o programadores de arte de centros o fundaciones culturales De prestigio reconocido, los críticos de arte de medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en otras comunidades autónomas del Estado y artistas de prestigio reconocido. El comisario del certamen presidirá el jurado. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado el ganador de la última edición del Certamen de Artes Visuales del Programa Cultural Art Jove.
5. Selección y desarrollo
Dados los dossiers presentados, el jurado debe seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad, un máximo de siete artistas, que pasarán a la final.
Los siete artistas finalistas disponen de dos meses, contadores desde que el Área de Arte Joven comunique la decisión del jurado, para preparar un proyecto de intervención urbana, con un tema obligatorio, que se debe presentar en la final. Durante estos dos meses, pueden asistir a una residencia artística que se desarrollará en el municipio donde se expondrán estas siete propuestas de arte urbano. Dispondrán de un servicio de mentoria a cargo de la persona que comisariará el certamen, que los acompañará y los asesorará durante el proceso de creación y que los propondrá el tema del proyecto.
Las personas finalistas deben enviar su proyecto, en formato digital, en la fecha y en la dirección que los comunique el Área de Arte Joven en El momento oportuno. Tanto el formato como la técnica de cada proyecto se deben consensuar entre el artista, el comisario de la exposición y la coordinadora del programa Cultural Art Jove.
Cuando se haya aprobado el proyecto de cada finalista, los finalistas recibirán una transferencia de 500,00 €, en concepto de ayuda a la producción y montaje de la propuesta. Los 500,00 € restantes se pagarán cuando haya tenido lugar la final del certamen.
En cualquier caso, las obras son propiedad de los participantes, que pueden disponer cuando termine la exposición de la final.
La final del certamen tendrá lugar durante el mes de septiembre en el municipio elegido por la persona comisaria del certamen. Una vez vistas las siete propuestas presentadas, el jurado en elegirá las ganadoras y hará pública la decisión la misma noche, cuando se haya inaugurado la exposición.
6. Programa de intercambios ART PERTOT
El programa de intercambios ART PERTOT es una iniciativa del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales, del Festival Inund'Art de Girona y del IBJOVE, a través del Programa Cultural Art Jove. De acuerdo con este programa, cada entidad colaboradora selecciona un joven artista de su territorio para que desarrolle un proyecto artístico, que se presenta en el marco de los programas culturales que impulsan las otras entidades colaboradoras y que se adapta a las necesidades y los contextos propios de cada espacio receptor. Por lo tanto, participan tres artistas: Uno, en representación del Festival Inun'Art; otro, en representación del programa Cultural Art Jove de las Islas Baleares, y el tercero, en representación del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales.
La persona ganadora del primer premio de este certamen debe exponer su proyecto artístico en el marco del Festival Inun Art de Girona el mes de junio de 2025 y en una exposición colectiva, junto con los otros dos artistas seleccionados en el arte por todas, En la Casa De la Catalanidad de Perpiñán, En diciembre de 2025.
En cuanto al pago de los 3.000,00 € al artista ganador en concepto de los gastos derivados de la producción y el montaje de una obra dentro del programa de intercambios Art por Todas, se hará efectivo en dos partes. Los primeros 1.500,00 € se pagarán cuando el ganador exponga su propuesta en el festival Inun'Art de Girona y los 1.500,00 € restantes se pagarán cuando se haya inaugurado la exposición en la Maison de la Catalinté de Perpiñán en diciembre de 2025.
En caso de que el artista ganador de este certamen no pueda asistir a alguno de los eventos programados dentro del ART PERTOT, hay que comunicar con la antelación suficiente para que el Área del Programa Cultural Art Jove pueda ofrecer al ganador del segundo premio de este certamen la inclusión en el Arte por Todas. En este supuesto, el artista ganador del segundo premio cobraría los 3.000,00 € previstos en el punto 3 de este apartado ( «Premios»).
En cualquier caso, si el artista ganador no tiene preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a cobrar esta parte del premio.
CERTAMEN DE CÓMIC
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes dibujantes y guionistas. Se pueden presentar un participante en solitario o un equipo formado por el guionista y el dibujante del trabajo. Los participantes deben ser nacidos o residentes en las Islas Baleares y tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024.
2. Premios
La dotación del premio es de 8.000,00 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primero no se puede compartir. La decisión del jurado es inapelable.
3. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
b) Hasta las 23.59 h del 31 de agosto, hay que presentar a la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
Los trabajos, de temática libre, se pueden presentar en blanco y negro o en color y deben tener un mínimo de cuatro páginas y un máximo de diez. Pueden ser en catalán o en castellano.
Cada persona o equipo sólo puede presentar un trabajo. Una misma persona no puede participar en más de un equipo.
4. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 indica que los vocales deben designarse de entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de cómic, los vocales se deben elegir de entre representantes del Clúster De Cómic, dibujantes y guionistas de prestigio reconocido en las Islas Baleares, directores de editoriales de cómic y comisarios de exposiciones, críticos o libreros vinculados al mundo del cómic. Se invitará a formar parte del jurado el ganador de la última edición convocada de este certamen.
5. Selección y desarrollo
El certamen prevé la organización de una fase de selección previa y una fase final.
Fase de preselección. Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística, un máximo de siete cómics para pasar a la fase final. El Área de Arte Joven notificará el resultado de la selección. Los participantes o equipos de participantes finalistas deben presentar un documento en formato PDF de su trabajo diseñado para ser producido en paneles de 100 x 70 cm, en el plazo de 15 días hábiles, contadores a partir de la notificación. En este panel hay que constar el nombre del autor o autores y el título del cómic.
Fase final. La fase final se llevará a cabo durante el mes de octubre en el Marco del cómic Nostrum Festival Internacional de Mallorca. Se expondrán todas las obras seleccionadas y el jurado en seleccionará la ganadora o ganadoras. La decisión del jurado se dará a conocer el mismo día de la inauguración de la exposición.
6. Otras determinaciones
El ganador escogerá la editorial con la que quiere publicar su cómic, siempre teniendo en cuenta lo que se establece en el apartado 10.14 y la opinión del Área de Arte Joven del IBJOVE. Cuando se haya elegido la editorial se formalizará un contrato con el autor y se fijará un calendario de publicación.
Cuando las personas ganadoras hayan entregado el borrador del cómic monográfico en la editorial elegida, se les abonarán los 2.000,00 € en concepto de avance de derechos de autor. En caso de que los artistas no tengan preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderán el derecho a reclamar la edición del cómic y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.
El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación del cómic monográfico de la editorial elegida hasta un máximo de 2.500,00 €. La editorial elegida deberá producir un mínimo de 300 álbumes y deberá entregar al IBJOVE un 5% del total de la tirada.
Este cómic, que debe contener obligatoriamente la historieta ganadora de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa en el apoyo de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de cómic del programa Cultural Art Jove 2024, organizado por el IBJOVE.
La editorial que publique el cómic se compromete a hacer dos presentaciones: La primera, en el marco del Salón Internacional del Cómic de Barcelona de 2025, y la segunda, en el Festival Internacional de cómic de Angoulême, durante el mes de enero de 2025.
En caso de que el álbum no esté aún terminado cuando tenga lugar el Salón Internacional del Cómic de Barcelona, se aplazará la presentación hasta octubre de 2025, en el marco del Cómic Nostrum Festival Internacional de Mallorca.
CERTAMEN DE DANZA CONTEMPORÁNEA
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE, con la colaboración del Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y coordinación Municipal del Ayuntamiento de Palma y el Instituto de Estudios Baleares, convoca este certamen dirigido a jóvenes bailarines, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. Se pueden presentar en solitario o formando compañía.
2. Premios
Se establece una dotación de 8.000,00 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primer premio no se puede dividir.
3. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los colectivos siguientes: Directores de compañías de danza de prestigio reconocido en el ámbito de las Islas Baleares o del resto del Estado; críticos de danza de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado; directores, programadores o coordinadores de centros, salas y espacios escénicos, la persona coordinadora del festival Palmadansa y un representante del Instituto de Estudios Baleáricos. Hay que actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del programa Cultural Art Jove.
4. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar la documentación siguiente:
Cada compañía o participante debe interpretar una pieza de creación propia o de otro coreógrafo, aunque se valorará positivamente que la coreografía presentada sea de creación propia.
El montaje no puede haber sido estrenado en ningún otro espacio escénico profesional de las Islas Baleares, ni puede ser un fragmento de un espectáculo de mayor duración que haya sido estrenado con anterioridad a la inscripción en este certamen.
La representación de la pieza entera debe durar al menos 15 minutos.
Los participantes, tanto en la fase final como en la selección previa, deben aportar su vestuario y el montaje coreográfico, en su caso, y el CD, el DVD, la unidad de memoria USB, etc., con la música elegida o acompañamiento musical (intérpretes e instrumentos), si deciden que sea en directo.
Cada inscrito sólo puede participar en una propuesta. Por lo tanto, no se puede presentar en solitario al tiempo formar parte de una compañía que también se presente.
5. Selección y desarrollo
En caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se deben programar una o más fases semifinales.
La fase semifinal o las fases semifinales deben tener lugar durante los meses de mayo y junio de 2024. Todos los participantes deben representar, en un espacio teatral abierto al público, un fragmento de su propuesta que dure entre 5 y 10 minutos. A partir de esta representación, el jurado debe elegir las tres compañías o bailarines finalistas, a partir de los criterios de creatividad y calidad artística, originalidad e innovación de la propuesta, y dimensión interpretativa (puesta en escena, transmisión y personalidad).
A partir de este momento, los tres finalistas (o los cuatro en caso de que no se haya llevado a cabo semifinal) disponen de dos meses para montar un mínimo de 15 minutos y un máximo de 20 minutos de la coreografía que presentan a concurso. Durante este proceso, disponen del asesoramiento artístico de un coreógrafo de prestigio reconocido.
La fase final debe tener lugar en Menorca en septiembre u octubre de 2024. Los finalistas deben representar un fragmento de la propuesta final durante un mínimo de 20 minutos y un máximo de 30. La misma tarde de la final se debe dar a conocer el nombre del grupo ganador.
Si la coreografía presentada a concurso incluye música en directo, el Instituto Balear de la Juventud se hará cargo, en su caso, del desplazamiento y el alojamiento de los músicos y del técnico de sonido, si los hay. En ningún caso se pagarán dietas o honorarios a los músicos ni a los técnicos de sonido acompañantes.
6. Actuaciones
Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal y final del certamen, las dos correspondientes al pago del primer premio y las que organice el programa Cultural Art Jove, en el marco del programa itinerante Girart Jove.
El Instituto de Estudios Baleares y el Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Palma s reservan la posibilidad de programar algunas o todas las compañías finalistas conjuntamente con la ganadora, durante la Feria B! Y el Palmadansa 2025. En este caso, las compañías finalistas programadas recibirán 200,00 € por intérprete hasta un máximo de 1.000,00 € por compañía.
En cuanto a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al Ayuntamiento de Palma y en el Instituto de Estudios Baleáricos decidir cuál será el espacio escénico o cultural en que se representará y consensuar la fecha con la compañía ganadora . Esta actuaciones se harán en el marco de la Feria B! Y del Festival Palmadansa de 2025.
Las compañías o intérpretes en solitario cobrarán la parte que los pertoqui cuando hayan llevado a cabo las actuaciones programadas. En caso de ausencia que no esté justificada por causa de fuerza mayor, el bailarín perderá el derecho a cobrarla.
7. Otras determinaciones
Si cuando se termine el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la semifinal, se admitirá la sustitución de un máximo del 50% de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben estar sujetos obligatoriamente a las restricciones siguientes:
En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo cuando ya se haya hecho la semifinal.
CERTAMEN DE CORTOMETRAJES
1. Convocatoria y participantes
Se convoca el Certamen de Cortometrajes, al cual se pueden presentar trabajos incluidos en las categorías de videoarte, animación por computadora, reportaje documental y cortometraje de ficción.
Los participantes se pueden presentar a este certamen de manera conjunta, formando equipo el guionista y el director del cortometraje, o bien individualmente. En cualquier caso, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el día 31 de diciembre de 2024 y deben haber nacido en las Islas Baleares o deben residir.
2. Premios
La dotación es de 13.000,00 € (trece mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primer premio no se puede dividir.
3. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen un único plazo de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
b) Hasta las 23.59 h del 31 de agosto, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
Los cortometrajes deben ser posteriores al 31 de diciembre de 2020 y no pueden durar más de 20 minutos ni menos de 3 minutos (con los títulos de crédito incluidos). El corto debe estar terminado y preparado para ser exhibido; de lo contrario, la organización puede excluirlo del certamen.
En caso de que el cortometraje sea seleccionado para pasar a la final, el participante debe entregar al Área de Arte Joven, en las fechas indicadas oportunamente, el trabajo en formato códec H.264, con extensión MOV o MP4 y en alta definición.
Cada participante sólo puede presentar una obra; por tanto, no se puede presentar individualmente y en grupo ni formar parte de dos grupos a la vez.
No se puede presentar ningún trabajo que se haya Presentado en Ediciones anteriores del programa Cultural Art Jove.
Los participantes se responsabilizan que no haya derechos de terceros por el uso de las piezas musicales utilizadas en las obras presentadas ni ninguna reclamación por derechos de imagen de las personas que aparecen, y eximen el IBJOVE de cualquier tipo de responsabilidad.
4. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los miembros de la Asociación De Cineastas de las Islas Baleares y productores, directores y críticos de cine de prestigio reconocido en las Islas Baleares. Asimismo, se invitará a formar parte del jurado el ganador del Certamen de Cortometrajes De la edición de 2022.
5. Selección y desarrollo del certamen
Una representación del jurado (el presidente, la secretaria y un vocal) debe visionar a puerta cerrada todos los trabajos presentados y debe elegir un máximo de diez, a partir de los criterios de calidad técnica y artística.
La fase final será abierta al público, hay que asistir todo el jurado y tendrá lugar preferentemente a las Pitiusas, durante el otoño de 2024. A partir de esta proyección, el jurado debe elegir el primer premio y el resto de los premiados y hará pública su decisión esa misma noche.
6. Otras determinaciones
El ganador del primer premio debe presentar el proyecto audiovisual del cortometraje antes del 31 de marzo de 2025, el cual debe incluir, al menos lo siguiente:
Un equipo técnico compuesto por el presidente del jurado del certamen, un miembro de la productora que seleccione el ganador (siempre teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 10.14) y la coordinadora del Programa Cultural Art Jove deben analizar el proyecto audiovisual y dar -hay el visto bueno.
Cuando el ganador haya aceptado el encargo, debe recibir el 50% del premio (3.500,00 €) para empezar el rodaje. El ganador dispone de un plazo máximo de seis meses, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2025, para presentar al IBJOVE el cortometraje terminado, además de los documentos pertinentes que autoricen esta institución a utilizar la obra en sus actividades de promoción, comunicación y exhibición, sin ánimo de lucro y con posterioridad al estreno del cortometraje.
El resto del premio, el 50% restante, se debe abonar cuando el ganador haya estrenado el cortometraje. El cortometraje producido, así como todo el material de promoción del cortometraje, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería De Familias y Asuntos Sociales (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen De Cortometrajes del programa Cultural Art Jove de 2024, organizado por el IBJOVE.
El cortometraje del ganador se presentará en un acto público en el último trimestre de 2025.
Si el grupo ganador incumple dicho calendario sin justificación, pierde el premio y el derecho a reclamar una nueva fecha de presentación.
CERTAMEN DE RELATO BREVE
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes escritores y escritoras en lengua catalana, que deben haber nacido en las Islas Baleares o deben residir y deben tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. No se admite la inscripción de grupos.
2. Premios
La dotación total del premio es de 5.000,00 € (cinco mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Ambos premios pueden ser declarados desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable.
3. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
b) Hasta las 23.59 h del 31 de agosto, hay que presentar a la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
La extensión del texto debe ser de entre 5.000 y 15.000 caracteres con espacios incluidos. La letra empleada debe ser Times New Roman, de Cos 12. Los márgenes deben ser de un mínimo de 3 cm. El interlineado debe ser doble.
Cada persona sólo puede presentar un relato.
4. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). En el punto 7.3 se indica que los vocales deben ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Relato Breve, los vocales se deben elegir entre representantes del Gremio de Editores de las Islas Baleares, escritores de prestigio reconocido en las Islas Baleares, libreros y críticos literarios de medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares. Asimismo, se invitará a formar parte del jurado la persona ganadora del primer premio de la última edición de Relato breve del programa Cultural Art Jove. La Coordinadora del programa Cultural Art Jove hay que actuar como secretaria, con voz y voto.
5. Selección y desarrollo
Uno de los objetivos de este certamen, además de espolear y fomentar la literatura en lengua catalana, es articular un espacio de formación horizontal que facilite dinámicas de conocimiento, de interrelación y de debate con otros escritores con varios niveles de trayectoria profesional.
Cuando haya leído los relatos presentados, el jurado debe reunirse a puerta cerrada para elegir un máximo de siete textos finalistas, entre los que estarán los ganadores, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística.
Los siete finalistas participarán en este espacio formativo, o residencia artística, que se llevará a cabo durante el otoño de 2025 en Mallorca.
La decisión del jurado se dará a conocer en un acto público que tendrá lugar en un centro cultural, un café teatro o un teatro, donde se hará la lectura dramatizada de un fragmento de los textos premiados.
6. Otras determinaciones
El ganador escogerá la editorial con la que quiere publicar su recopilación o novela, siempre teniendo en cuenta lo que se establece en el apartado 10.14, y la opinión del Área de Arte Joven. Cuando se haya elegido la editorial, se formalizará un contrato con el autor y se fijará un calendario. El ganador dispone de un máximo de seis meses a partir del día de la final del certamen para redactar más relatos, hasta un mínimo de 75.000 caracteres y un máximo de 150.000 con espacios, incluidos los del relato ganador.
La recopilación se presentará en el marco de la XXXI Feria del Libro de Palma, el mes de mayo de 2025.
Cuando la persona ganadora haya entregado el borrador del relato o recoge en la editorial elegida, se le abonarán los 2.000,00 € en concepto de avance de derechos de autor. En caso de que el artista no tenga preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a reclamar la edición del libro y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.
El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación de la recopilación o relato de la editorial elegida hasta un máximo de 2.000,00 €.
Este libro, que debe contener obligatoriamente el relato breve ganador de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa en el apoyo de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de relato Breve del programa Cultural Art Jove de 2024, organizado por el IBJOVE.
CERTAMEN DE GRUPOS DE CÁMARA
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE, con la colaboración del Ayuntamiento de Inca y el Instituto de Estudios Baleares, convoca este certamen dirigido a grupos de cámara formados por jóvenes intérpretes residentes o nacidos en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. No se admite la inscripción en solitario.
2. Premios
Se establece una dotación de 8.000,00 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primer premio no se puede dividir.
3. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los colectivos siguientes: Directores de los conservatorios profesionales de las Islas Baleares y director del Conservatorio Superior de música de las Islas Baleares, o las personas en las que delegen; coordinadores de festivales de música clásica de prestigio reconocido en las Islas Baleares, y músicos o compositores de las Islas Baleares. Asimismo, se debe invitar a formar parte del jurado un representante del Instituto de Estudios Baleares y un componente del grupo de cámara ganador del primer premio de la última edición del Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la Modalidad de grupos de Cámara Del programa Cultural Arte Joven. La Coordinadora del programa Cultural Art Jove hay que actuar como secretaria, con voz y voto.
4. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar la documentación siguiente:
Las interpretaciones deben pertenecer obligatoriamente al repertorio de música clásica para grupos de cámara. Quedan excluidas formalmente las transcripciones no consolidadas y las reducciones orquestales para piano.
Una misma persona no puede participar en dos grupos de cámara diferentes.
5. Selección y desarrollo
En caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se deben programar una o más fases semifinales.
El Área de Arte joven debe informar oportunamente los inscritos en el Certamen de las fechas y los espacios en los que deben tener lugar las semifinales.
La fase semifinal debe tener lugar en Inca, en el marco del festival Inclásico, el mes de junio de 2024. Los participantes deben actuar en directo durante un mínimo de 5 minutos y un máximo de 10, aproximadamente. El jurado debe decidir cuáles son los tres intérpretes seleccionados para pasar a la final.
La fase final se hará al lugar y en las fechas que, oportunamente, dará a conocer el Área de Arte Joven del IBJOVE. Los tres grupos seleccionados para la fase final deben actuar en directo durante un mínimo de 15 minutos y un máximo de 20 minutos, con el repertorio que consideren más adecuado. A partir de esta audición, el jurado debe seleccionar el grupo de cámara ganador, teniendo en cuenta criterios como la dificultad del repertorio seleccionado y la calidad de la interpretación.
En caso de que el número total de intérpretes inscritos sea igual o inferior a cinco, no debe haber semifinales y se debe hacer la final durante el festival Inclásico, el mes de junio de 2024. Así, los participantes deben preparar un repertorio de entre 15 y 20 minutos.
6. Actuaciones
Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal y final del certamen, las dos correspondientes al pago del primer premio y las que organice el programa Cultural Art Jove en el marco del programa itinerante Girart Jove.
El Instituto de Estudios Baleares y el festival Inclásico se reservan la posibilidad de programar algunos o todos los grupos de cámara finalistas conjuntamente con el ganador, durante la Feria B! Y el festival Inclásico 2025. En este caso, los grupos de cámara finalistas programados recibirán 200,00 € por intérprete hasta un máximo de 1.000,00 € por formación.
En cuanto a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al Instituto de Estudios Baleares y el festival Inclásico decidir cuál será el espacio escénico o cultural en que se representarán y consensuar su fecha con el grupo de cámara ganador.
Los grupos de cámara cobrarán la parte que los pertoqui cuando hayan llevado a cabo las actuaciones programadas. En caso de ausencia que no esté justificada por causa de fuerza mayor, el intérprete perderá el derecho a cobrarla.
7. Otras determinaciones
Si cuando termine el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la semifinal, se admitirá la sustitución de un máximo del 50% de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben estar sujetos obligatoriamente a las restricciones siguientes:
En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo una vez se haya celebrado la semifinal.
CERTAMEN DE DISEÑO DE MODA
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. No se admite la inscripción de grupos.
2. Tema
Aunque el tema de este certamen es libre, se pretende que las personas concursantes diseñen colecciones que reflejen la diversidad física que existe en la sociedad y que no sólo se adrecin a estereotipos ideales.
Por tanto, el jurado valorará positivamente todas aquellas colecciones que incorporen variedad en las tallas y que presenten conjuntos los que la corta mínima en el caso de las mujeres sea una 38 y, en el caso de los hombres, una 42.
3. Premios
Se establece una dotación total de 12.000,00 € (doce mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Ambos premios se pueden declarar desiertos y el primero no se puede dividir.
4. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
b) Hasta las 23.59 h del 31 de agosto, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
Este dossier de presentación, obligatoriamente, debe incluir:
Cada participante sólo puede presentar una propuesta (un dossier de presentación).
5. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En el punto 7.3 se indica que los miembros del jurado deben designarse de entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Diseño De Moda, el jurado se designará de entre todos o algunos de los colectivos siguientes: Directores de escuelas de diseño o personas en las que delegen la representación; diseñadores de prestigio reconocido y de profesionalidad acreditada en el ámbito de las Islas Baleares, y empresarios o profesionales representativos en los sectores de la comunicación y la industria del diseño. También se invitará a formar parte el ganador del primer premio de la última edición convocada del Certamen de Moda.
6. Selección y desarrollo
Una vez vistos los dossiers presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete colecciones, que son las que pasarán a la fase final, a partir de criterios como la originalidad, la calidad, la creatividad, el concepto, la confección, el patronazgo, los acabados, la propuesta de diseño y el carácter ético y / o sostenible. Los accesorios y la propuesta de estilismo se valorarán como un plus.
Cuando se haya notificado la decisión del jurado a los participantes, los finalistas recibirán un primer pago de 500,00 €, en concepto de ayuda a la producción de la colección. Los 500,00 € restantes se harán efectivos cuando haya tenido lugar la pasarela de la final del certamen.
Los diseñadores finalistas deben presentar las colecciones seleccionadas en las fechas y los lugares que oportunamente indique el Área de Arte Joven del IBJOVE. Se convocará el jurado para que examine de cerca las colecciones presentadas y los participantes dispondrán de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado.
Una coreógrafa de reconocido prestigio será la encargada de diseñar la propuesta escénica de la pasarela y elegirá a las personas que desfilarán, siempre teniendo en cuenta los criterios de cada finalista. La música del desfile será interpretada en directo por un DJ.
En la fase final tendrá Lugar la Pasarela Arte Joven. A partir de aquí, el jurado debe seleccionar la colección ganadora. Su decisión se dará a conocer la misma noche de la pasarela.
La organización de Arte Joven facilitará los finalistas los modelos que desfilarán en la final, siempre teniendo en cuenta los criterios de los diseñadores, y asumirá los gastos de honorarios, maquillaje y peluquería.
7. Otras determinaciones
La persona ganadora dispondrá de un máximo de seis meses a partir del día de la final para presentar en el Área del Art Jove un PDF que contenga un mínimo de seis y un máximo de ocho figurines ilustrados con técnica libre, de manera que se aprecien claramente el concepto y la idea de la colección. Debe incluir también una propuesta escénica de presentación de colección: Ambientación, coreografía, casting (tipo de modelo) y estilismo.
Cuando la persona ganadora haya entregado este PDF, se le abonarán los primeros 1.000,00 € en concepto de ayuda a la producción de la col·Clos.Els 1.000,00 € restantes se le abonarán cuando la nueva colección haya desfilado al Mallorca Design Day 2025 o en la pasarela de la final del certamen de Moda del Arte Joven 2026. En caso de que el artista no tenga preparada la nueva colección en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a cobrar esa parte del premio.
CERTAMEN DE DISEÑO DE PRODUCTO
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE convoca este certamen, dirigido a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2024. Se admite la inscripción de grupos.
2. Premio
Se establece una dotación de 8.000,00 € (ocho mil euros) distribuidos de la siguiente manera:
El jurado puede declarar desiertos todos los premios. No puede haber ninguno de compartido.
3. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, se designarán los miembros del jurado de entre los colectivos siguientes: Directores de escuelas superiores de diseño o personas en las que delegen la representación; diseñadores de prestigio reconocido y profesionalidad acreditada en el ámbito de las Islas Baleares, y empresarios o profesionales representativos del sector del diseño de producto. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado el ganador de la modalidad de Diseño De Producto De la edición anterior.
4. Plazos de inscripción y presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59 h del 27 de mayo, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
b) Hasta las 23.59 h del 31 de agosto, hay que presentar en la dirección artjove@ibjove.net la documentación siguiente:
El PDF debe contener un único panel de 100 cm x 70 cm con la siguiente información:
El trabajo debe ser anónimo y únicamente hay que constar el título del proyecto. Se identificará con el número de orden que asigne el Área de Arte Joven del IBJOVE.
Cada persona participante o grupo de participantes sólo puede presentar una propuesta y, por tanto, una persona no se puede presentar al mismo tiempo individualmente y en grupo en la misma categoría.
5. Selección y desarrollo
Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete, que pasarán en la fase final, a partir de criterios como la innovación y la búsqueda de nuevas soluciones, el diseño respetuoso con el medio ambiente, la consideración de los costes de producción y la posibilidad de producción de manera sencilla y viable desde todos los puntos de vista. Además, se valorarán los objetivos, los valores, la estética y la originalidad del proyecto.
Para la fase final, los finalistas deben enviar el programa Cultural Art Jove un archivo con el mismo panel presentado anteriormente, en el que conste el título del proyecto y el nombre de todas las personas autoras. Además, deben aportar una maqueta o prototipo de su propuesta con los materiales definitivos.
El programa Cultural Art Jove producirá todos los paneles finalistas para exponerlos, junto con las maquetas o prototipos, en la final del certamen, que tendrá lugar en un espacio público de Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes dispondrán de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado. Después, el jurado seleccionará los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.
6. Otras determinaciones
La persona ganadora del primer premio recibirá el encargo de diseñar y producir El galardón para los ganadores del programa Cultural Art Jove 2025. Para este trabajo cobrará un total de 2.000,00 € en concepto de honorarios, pero se debe encargar del diseño y de coordinar la producción de los galardones. Los gastos de producción irán a cargo de los presupuestos del IBJOVE para el año 2025.
El galardón debe representar el espíritu del Certamen Arte Joven y debe permitir variaciones cromáticas en una parte o en la totalidad con el fin de adaptarla a las próximas ediciones según el color corporativo de la línea gráfica.
Hay que hacer en un material ambientalmente inocuo y la fabricación se ajustará al concepto de kilómetro cero. Asimismo, se deben considerar los aspectos económicos (coste y viabilidad) para una producción anual aproximada de 25 ejemplares.
El galardón debe incluir el nombre del certamen, el nombre de la persona ganadora y el logotipo del Arte Joven y el del IBJOVE.
Si el ganador no quiere aceptar El encargo, el Área de Arte Joven puede ofrecer este trabajo a la persona Ganadora del segundo premio.
El programa Cultural Art Jove se reserva la posibilidad de utilizar la propuesta de la persona ganadora como galardón para los ganadores de próximas ediciones de Arte Joven.