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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 193488
Extracto de la Resolución de la Consejera de Familias y Asuntos Sociales de las Iles Balears por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de educación para la transformación social para el año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 748788

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas a las Islas Baleares que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad, de acuerdo con los estatutos correspondientes, y que estén inscritas en el Registro de ONGD de las Illes Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos de educación para la transformación social fuera del ámbito de los centros educativos y fuera de la comunidad universitaria para impulsar los valores de la solidaridad, la tolerancia, la equidad de género y la justicia en el ámbito de la comunidad balear.

La finalidad de la convocatoria es generar en la población general de las Illes Balears conciencia de las desigualdades existentes en el mundo, en especial de las realidades del sur global, i que se reconozca como agente de cambio para avanzar hacia la transformación de la realidad y la defensa de los derechos humanos.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por el Decreto 15/2018, de 8 de junio, del régimen especial de las ayudas al exterior en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional y del Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Islas Baleares (BOIB núm. 72, de 12 de junio).

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 17501.232A012.4800.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónomas de las Illes Balears para el 2024.

El importe máximo previsto se puede ampliar mediante resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos previstos en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta ampliación no implica ampliar el plazo para presentar solicitudes ni afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas expresamente.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Sexto. Otros datos

La convocatoria, en su punto 5, establece las entidades beneficiarias y requisitos y, en su punto 8, la documentación que se debe presentar.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de marzo de 2024)

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover