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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 196379
Convenio de Colaboración en el marco de la Iniciativa Ciudad Amiga de la Infancia entre Consell Insular de Formentera, como Entidad Renovada y la Fundación UNICEF Comité Español

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Texto

De conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, se hace público el siguiente convenio:

Convenio de Colaboración en el marco de la Iniciativa Ciudad Amiga de la Infancia entre Consell Insular de Formentera, como Entidad Renovada y la Fundación UNICEF Comité Español

De una parte, Lorenzo Córdoba Marí, Presidente del Consell Insular de Formentera, quien actúa en nombre y representación de esta Institución, con CIF núm. P0702400C y con domicilio social en la plaça de la Constitució núm. 1, de Sant Francesc, en virtud del acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera de 17 de junio de 2023, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC), y los artículos 129 a 135 del Título IX de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars.

Y de otra, FUNDACIÓN UNICEF Comité Español, con NIF G84451087, inscrita en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, bajo el número 759, con domicilio fiscal en C/ Mauricio Legendre 36 de Madrid, CP 28046, y en su nombre y representación D. José Mª Vera Villacián, con NIF ****, en calidad de Director Ejecutivo y apoderado en virtud del acuerdo de apoderamiento adoptado por el Patronato de la Fundación UNICEF Comité Español, en reunión celebrada el 26 de noviembre de 2021 y elevado a público mediante escritura de protocolización de fecha 17 de enero de 2022 con número 259, otorgada ante D. Jaime Recarte Casanova, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, en adelante “UNICEF Comité Español”.

En virtud de la documentación aportada por el Consell Insular de Formentera y en cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia 2023 UNICEF Comité Español ha decidido Renovar el Reconocimiento al Consell Insular de Formentera como Ciudad Amiga de la Infancia, para el periodo 2024-2027, el cual es aceptado y asumido por el Consell Insular de Formentera

El presente convenio ratifica la renovación otorgada al Consell Insular de Formentera como Ciudad Amiga de la Infancia y entra en vigor el día de su firma. Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, sin perjuicio de la facultad de cualquiera de las partes de promover su finalización de forma unilateral en cualquier momento, informando previamente a la otra de los motivos de dicha decisión.

Antecedentes

I. Que UNICEF Comité Español es uno de los 37 Comités Nacionales del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) Organismo Multilateral de las Naciones Unidas, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para administrar y disponer de sus bienes a fin de poder llevar a cabo sus fines sociales. Su misión principal es la supervivencia, la protección y el desarrollo de la Infancia, promoviendo lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño a través de actividades que promuevan la solidaridad hacia sus fines y la participación social de los ciudadanos.

II. Que desde el 2001, UNICEF Comité Español lidera la iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia en España, con el fin de apoyar a las Entidades Locales en su rol de garante de los derechos de los niños y niñas a nivel local, en el marco de Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

III. Que el Consell Insular de Formentera expresa, en este acuerdo, su voluntad e interés de reforzar su compromiso en el impulso a los derechos de los niños, niñas y adolescentes que viven en su localidad mediante el impulso de políticas locales con enfoque de derechos de infancia en el marco de la iniciativa de Ciudades Amigas de la Infancia.

Por lo tanto, el Consell Insular de Formentera y UNICEF Comité Español, en un espíritu de cooperación amistosa, firman este acuerdo para establecer los compromisos de ambas partes para conseguir que el Consell Insular de Formentera cumpla con los requisitos establecidos para que la Secretaría Permanente de Ciudades Amigas de la Infancia, le puedan considerar para formar parte de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia.

IV. Que, dada la confluencia de objetivos e intereses entre ambas partes, éstas acuerdan la formalización de este convenio, que se regirá por las siguientes,

Que es voluntad de ambas partes recoger por escrito los compromisos adquiridos para lo cual,

MANIFIESTAN

Primero.  Compromisos del Consell Insular de Formentera

El Consell Insular de Formentera se compromete, entre otras a:

Colaborar en las campañas de sensibilización y con los llamamientos de apoyo a las situaciones de emergencias que realice UNICEF Comité Español.

Realizar acciones encaminadas a informar y sensibilizar a la ciudadanía de su localidad, y dentro de ella especialmente a la infancia, sobre la Convención sobre los Derechos del Niño. Para ello realizará acciones divulgativas, formativas, campañas, y entre otros incentivará la celebración del Día Universal de la Infancia (20 de noviembre) y dará visibilidad a esta fecha en su agenda local.

Promover dentro de su personal el conocimiento y formación en derechos de infancia.

Promover dentro de los centros educativos de su ámbito geográfico el programa de educación en derechos y ciudadanía global de UNICEF Comité Español (https://www.unicef.es/educa/centros-educativos). Este programa pone a disposición de la comunidad educativa, de forma gratuita, materiales, recursos, servicios y propuestas educativas sobre derechos de infancia.

Promover una participación infantil activa y significativa en la que niños, niñas y adolescentes, de forma directa, cuenten con espacios propios para la generación de propuestas sobre los temas que les afectan, que estas que serán tenidas en cuenta por parte de los responsables del gobierno local y que se contará con mecanismos y espacios para informar a los niños, niñas y adolescentes sobre el estado de sus propuestas.

Tener en cuenta en el diseño e implementación de las acciones que realice dirigidas a la infancia, un enfoque de no discriminación.

Realizar todos los esfuerzos posibles para promover los programas de acción para y con la infancia y las familias, prestando especial atención a los colectivos más vulnerables y en situación de riesgo de exclusión social, es decir implementará sus acciones con un enfoque de equidad. De esta manera estará contribuyendo a la consecución de un Pacto de Estado por la Infancia.

Informar con la mayor rapidez y diligencia ante situaciones que involucren al Consell Insular de Formentera, a sus colaboradores y/o personal laboral y que puedan ser contrarias a los valores de UNICEF Comité Español y/o implicar un riesgo para el buen nombre de UNICEF, UNICEF Comité Español y/o la Iniciativa Ciudades Amiga de la Infancia. Ambas partes se comprometen a colaborar en la búsqueda de acciones inmediatas para evitar y abordar la situación de una forma rápida y eficaz. En casos extremos, UNICEF Comité Español podrá resolver de forma unilateral este convenio sin necesidad de preaviso.

Que, a los dos años de la firma del presente convenio, el Consell Insular de Formentera se compromete a elaborar y presentar un informe intermedio, basado en datos e indicadores, sobre los avances conseguidos con respecto a los logros y metas fijados en su plan local de infancia y adolescencia.

Para la elaboración de este informe la entidad local tendrá en cuenta las observaciones realizadas por UNICEF Comité Español como resultado del proceso de valoración de su candidatura a la convocatoria de reconocimientos en la que ha obtenido tal condición. El informe intermedio deberá entregarse en el plazo, formato ofrecido y a través del canal determinado por UNICEF Comité Español.

Segundo. Compromisos de UNICEF Comité Español

UNICEF Comité Español por su parte:

Hará difusión en sus canales del reconocimiento otorgado. Además, hará entrega al Consell Insular de Formentera el diseño (en archivos para impresión, en tamaños estándar) de señales de tráfico ilustrativas del mismo. Estos diseños no pueden ser alterados por parte el Consell Insular de Formentera.

Proporcionar al Consell Insular de Formentera de material, incluyendo logotipos, que permitan que dé a conocer a la ciudadanía su condición de Reconocido como Ciudad Amiga de la Infancia.

Se compromete a informar al Consell Insular de Formentera sobre todas las acciones que se realicen en el marco de la Iniciativa de Ciudades Amigas de Ia Infancia.

A fin de apoyar el punto anterior pone a su disposición recursos, materiales, propuestas de actividades de participación infantil y la posibilidad de asistencia a eventos, entre otros, a través de www.ciudadesamigas.org.

La persona designada como punto focal según lo indicado en la cláusula sexta, será el interlocutor principal designado para responder a consultas y dudas que pueda tener el Consell Insular de Formentera sobre la aplicación del enfoque de derechos de infancia en el ámbito local.

Podrá realizar visitas de seguimiento durante todo el período del reconocimiento cuando lo considere necesario o a través de una solicitud del propio Consell Insular de Formentera Todas las visitas se harán bajo acuerdo y coordinación del Consell Insular de Formentera.

Seguirá brindando acceso a la herramienta digital de gestión de información de la iniciativa para la rendición de cuentas sobre su Plan de Infancia y Adolescencia, así como para los informes periódicos que sean preceptivos.

Tercero.  Desarrollo de la iniciativa

Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán acordar la puesta en marcha acciones adicionales como parte de esta colaboración, debiendo estas quedar recogidas por escrito.

Cuarto.  Coordinación de la iniciativa

Las partes acuerdan designar un punto focal por cada entidad para la coordinación de este acuerdo.  Por parte del Consell se designa a Mónica Rey Ferrer, técnica de juventud del Consell Insular de Formentera y por parte de UNICEF Comité Español a Patricia Greses Caballero, técnica de políticas de infancia y cooperación. Si alguna de las partes, cambia la persona de punto focal, deberá informar el nuevo contacto, por escrito, tan pronto como sea posible.

Ambas partes se comprometen a mantener cauces de información, diálogo y colaboración eficaces, a los efectos de desarrollar, mejorar de forma continua e innovar en las políticas locales de infancia y adolescencia.

Quinto.  Comunicación y uso de logos

Que el Consell Insular de Formentera podrá hacer uso público del Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia a los efectos de informar, sensibilizar y dinamizar a la ciudadanía, promover la participación infantil, actuar a favor de la infancia conforme a sus competencias, de acuerdo con el marco fijado por la Convención sobre los Derechos del niño, y con ello dar a conocer a la ciudadanía las actividades y logros alcanzados en la implementación de su plan local de infancia y adolescencia.

A estos efectos el Consell Insular de Formentera seguirá las siguientes directrices de uso de marca y logo:

UNICEF Comité Español pondrá a disposición del Consell Insular de Formentera el logo de la organización y de la iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia, el manual de aplicación, así como recursos de comunicación (escritos, gráficos y/o audiovisuales) para la elaboración de los materiales de comunicación relativos al convenio. En todo caso, la marca o el logotipo y distintivos se utilizará exclusivamente en la versión facilitada sin que se puedan alterar colores, formas, símbolos o gráficos. Cualquier alteración sustancial e intencionada, sin previo consentimiento supondrá una infracción de los derechos del titular de la marca.

Cualquier material de comunicación y promoción como parte de esta colaboración cumplirá con las políticas y estándares de UNICEF Comité Español y estará sujeto a sus respectivos requisitos de aprobación interna.

El Consell Insular de Formentera exclusivamente podrá reproducir el nombre y el logotipo de la organización y de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia, en la forma en la que se establece en el manual de marca de Ciudades Amigas de la Infancia, para actividades contempladas en su plan local de infancia y adolescencia, y que en ningún caso contravengan lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño, sus protocolos facultativos, las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño o los informes que este mismo estamento envía periódicamente, en el marco del examen periódico universal, al Estado Español.

El Consell Insular de Formentera no podrá hacer uso público del logo de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia salvo no podrá transferir a terceros los derechos de utilización del nombre y el logotipo de la organización y de la iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia concedido a él exclusivamente.

UNICEF Comité Español garantiza que todos los derechos de propiedad intelectual sobre toda la información, material, marcas y demás contenidos que entregue al Consell Insular de Formentera no infringen derechos de terceros y garantiza el ejercicio pacifico de los derechos cedidos, exonerando al Consell Insular de Formentera de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de su ejercicio.

El incumplimiento de las obligaciones en materia de utilización del nombre y/o el logotipo de la organización y de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia, legitimarán a UNICEF Comité Español para resolver el convenio de forma automática, y para exigir la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento hubiera podido ocasionar.

Sexto. Confidencialidad de la información.

Durante la vigencia de este Convenio, las partes únicamente compartirán datos estadísticos, investigaciones u otra información relacionada. Las partes podrán utilizar toda la información intercambiada en virtud de este acuerdo, excepto en aquellos casos en que la parte que lo suministra haya establecido restricciones o reservas de uso o difusión. La parte que recibe tal información cumplirá con las condiciones que se le notifiquen.

Salvo lo establecido en el párrafo anterior o acordado de otra manera de forma escrita, ninguno de los documentos o información (en ningún formato) compartida entre las partes, y ninguna información o material desarrollado como resultado de esta colaboración se considerará "confidencial".

Séptimo. Incumplimientos

UNICEF Comité Español podrá retirar el reconocimiento, de forma unilateral, al Consell Insular de Formentera en cualquier momento, si existe evidencia de que, el gobierno local está incumpliendo cualquiera de las obligaciones incluidas en este convenio o no da cumplida respuesta ante la violación de alguno de los derechos de la infancia recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.

En tales casos, el Consell Insular de Formentera deberá cesar de manera inmediata en el uso de los logos de UNICEF Comité Español y de la Iniciativa ciudad Amiga de la Infancia y suspenderá todas las actividades de promoción de esta colaboración.

Será de aplicación lo dispuesto en las bases del reconocimiento y demás instructivos proporcionados por UNICEF Comité Español en todo lo que no esté modificado o regulado en el presente Convenio. 

OctavoDuración. 

El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años, que en ningún caso será superior a la vigencia del Reconocimiento otorgado por la Secretaría Permanente de Ciudades Amigas de la Infancia, tal y como se recoge en el acta que dio lugar a dicha decisión. Una vez transcurrido dicho plazo si la Entidad Local desea conservar el Reconocimiento, deberá solicitar la renovación del mismo. 

Cualquiera de las partes podrá resolver el presente acuerdo de forma unilateral con un preaviso a la otra parte de 30 días.  En ese caso, ambas partes se comprometen a finalizar, de manera ordenada, todas las actividades en proceso de realización. La colaboración terminará después del período de treinta días. En el momento de la expiración o finalización del acuerdo de colaboración, todos los derechos y permisos que cada una de las partes le ha otorgado a la otra terminarán; esto incluye derechos y permisos relacionados con la propiedad intelectual de la marca y logo.

Noveno. Ambas partes se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier cuestión que pudiera derivarse de la interpretación del presente convenio antes de recurrir a otras instancias o procedimientos. En caso de conflicto, las partes recurrirán a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

Y para que conste a los efectos oportunos, se firma en con fecha de la firma electrónica (21 de marzo de 2024)

D. José María Vera Villacián

Director Ejecutivo

UNICEF Comité Español

D. Lorenzo Córdoba Marí

Presidente

Consell Insular de Formentera

 

Formentera, (firmado electrónicamente: 25 de marzo de 2024)

El presidente Lorenzo Córdoba Marí