Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 188481
Nombramiento funcionarios de carrera, administración especial del grupo A1 que han superado el proceso selectivo por concurso de méritos del proceso de estabilización de Técnico de Juventud, Educación y Cultura, Técnico de patrimonio i Arquitecta
Por general conocimiento se hace saber que por Resolución de Alcaldía n.º 1125/2024 de fecha 24 de març, y de conformidad con la resolución dictada por la consejera de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de listado definitivo de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos, incluido en el proceso de estabilización del empleo temporal que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, han sido nombrados como funcionarios de carrera de Administración Especial, grupo A1 del Ajuntament de Andratx, las siguientes personas:
APELLIDOS Y NOMBRE |
Nº REF./ PUESTO |
NOMBRE LUGAR |
UNIDAD |
SUBGRUPO |
MARROIG TOLEDO, MIQUEL ÀNGEL |
RPF7.01 |
Tècnic Joventut, Educació i Cultura |
Sense adscripció |
A1 |
LLADÓ CAPÓ, JUAN CARLOS |
RPF10.01 |
Tècnic de Patrimoni |
Sense adscripció |
A1 |
APALATEGUI AIZPURU, MIREN |
RPF15.03 |
Arquitecta |
Sense adscripció |
A1 |
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62, 1.b del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse, cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
(Firmado electrónicamente: 25 de marzo de 2024
La alcaldesa presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)