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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 186125
Corrección de errores advertidos en la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 24 de julio de 2023 por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Santa Mónica, de Palma, con la ampliación de cuatro unidades de educación infantil de primer ciclo

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 108, de 3 de agosto de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 24 de julio de 2023 por la que se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Santa Mónica, de Palma, con la ampliación de cuatro unidades de educación infantil de primer ciclo.

Se ha observado un error en la publicación con respecto a las enseñanzas autorizadas, concretamente en el punto de los antecedentes y en el punto 2 de la Resolución.

Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas, corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición; la rectificación de errores debe especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Se ha comprobado que hubo un error de transcripción en el punto 1 de los antecedentes y en el punto 2 de la Resolución, a la hora de consignar las enseñanzas autorizadas del centro privado concertado Santa Mónica, de Palma y es necesario corregirlo.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Corregir los errores advertidos, en el siguiente sentido:

En el punto 1 de la resolución donde dice:

(...) Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:

(...) - Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red (IFC31): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Debe decir:

(...) Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:

(...) - Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC33): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
 

En el punto 2 de la Resolución, donde dice:

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares (1 unidad de 0-1 año, 1 unidad de 1-2 años y 2 unidades de 2-3 años).
  • Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares.
  • Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares.
  • Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.
  • Programa de diversificación curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.
  • Educación especial básica (EEB): 1 unidad ASCE (aula sustitutoria de centro específico) del centro concertado de Educación especial Princesa de Asturias.
  • Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

Formación Profesional:

Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • CFGM Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Acondicionamiento físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red (IFC31): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Debe decir:

  • Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares (1 unidad de 0-1 año, 1 unidad de 1-2 años y 2 unidades de 2-3 años).
  • Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares.
  • Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares.
  • Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.
  • Programa de diversificación curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.
  • Educación especial básica (EEB): 1 unidad ASCE (aula sustitutoria de centro específico) del centro concertado de Educación especial Princesa de Asturias .
  • Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

Formación Profesional:

Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • CFGM Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Acondicionamiento físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC33): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.​​​​​​​

Palma, en fecha de la firma electrónica (22 de marzo de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany