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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 186119
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado Luis Vives de Palma con la ampliación de una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad (COM31) en el edificio de la calle de Sant Joan de la Salle, núm. 5 y el traslado de una unidad del CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32) al edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de septiembre de 2020 autorizó la modificación de la configuración del Colegio Privado Luis Vives, de Palma, mediante la transformación de tres unidades de educación infantil de segundo ciclo en tres unidades de educación secundaria obligatoria. Con esta autorización el centro quedó configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07003638

Denominación genérica: centro privado de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional

Denominación específica: Luis Vives

Titular: CELVISA: Centro Escolar Luis Vives, SA NIF: A07050933

Domicilio: calle de Sant Joan de la Salle, 5, y calle de Can Domenge, 1

Localidad: Palma

CP: 07003

 

Enseñanzas autorizadas:

En el edificio de la calle Can Domenge, 1:

Educación infantil de segundo ciclo: 12 unidades y 300 plazas escolares.

En el edificio de la calle Sant Joan de la Salle, 5:

Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares.

Educación secundaria: 15 unidades y 450 plazas escolares.

Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades de Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales y Artes).

- Ciclos formativos de la familia profesional Marítimopesquera (MAP):

FP básica de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo (MAP12): 1 unidad (2 grupos) y 18 plazas escolares.

- Ciclos formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN):

CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23 LOGSE): 1 unidad (1 grupo) y 30 plazas escolares (turno de tarde).

CFGS de Imagen para el Diagnóstico (SAN35): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (turno de tarde).

- Ciclos formativos de la familia profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad (SSC):

CFGS de Educación Infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) y 50 plazas escolares (turno de tarde).

- Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC):

CFGS de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares (turno de tarde).

 

Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Ramon Llull (código: 07003870).

 

2. Desde la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas se ha comprobado que en esta resolución hubo un error material a la hora de nombrar los diferentes edificios e instalaciones autorizadas al centro Luis Vives, puesto que el ciclo formativo de la familia profesional Marítimopesquera (MAP): Grado básico de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo (MAP12), se realiza en las instalaciones del edificio de Jordi Villalonga y Velasco núm. 8, que fueron revisadas cuando se autorizó este ciclo (Resolución del consejero de Educación y Universidad de 24 de septiembre de 2018 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Colegio Luis Vives, de Palma, amplió con una unidad de FP básica de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo, BOIB nº 129, de 18 de octubre).

3. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de junio de 2022 se autorizó la implantación de la modalidad de bachillerato general en todos los centros que tienen autorizadas las modalidades de humanidades y ciencias sociales y ciencias y tecnología (BOIB nº 87, de 5 de julio). Por ello, en el centro privado Luis Vives se implantó la modalidad de bachillerato general.

4. En fecha 30 de noviembre de 2022 (GOIBE711783/2022), el director del centro privado Luis Vives, presentó una solicitud de modificación de la configuración con la ampliación de una unidad del CFGS técnico superior en Marketing y Publicidad (COM31) de la familia profesional de comercio y marketing en las instalaciones del edificio de la calle Sant Joan de la Salle, 5 y el traslado del CFGS Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32) del edificio de la calle Sant Joan de la Salle, 5, en el edificio de la calle C/ Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8.

5. El 14 de marzo de 2023 el arquitecto del servicio de centros presentó un informe favorable referente a la documentación presentada; documentación gráfica sobre la implantación de los ciclos, horarios y tabla de usos de las aulas, e indicó que esta documentación justificaba el cumplimiento de la normativa de aplicación vigente en materia de espacios para la ampliación de una unidad del CFSG de Técnico Superior en Marketing y Publicidad en el edificio de la calle Sant Joan de la Salle, núm. 5 y el traslado de una unidad del CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma en el edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8, bajos, esquina c/ Francesc Palou. Quedaba pendiente la visita a las instalaciones para constatar los espacios existentes y su adecuación.

6. El 15 de marzo de 2023 se comunicó el informe favorable al centro.

7. El 12 de mayo de 2023 (GOIBE317880/2023), el director del centro presentó la solicitud de visita de obras.

8. El 9 de noviembre de 2023 el arquitecto del Servicio de Centros presentó un informe favorable de la visita a las diferentes instalaciones: calle de Can Domenge núm. 1, Sant Joan de la Salle, núm. 5, calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8, esquina con la calle Francesc Palou, núm. 8, e indicó que realizada la visita de obras se constató la coincidencia de los espacios de estas instalaciones con la documentación presentada y su adecuación.

9. El 6 de marzo de 2024, el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales emitió un informe favorable, en el que indicaba que el centro privado Luis Vives disponía de los espacios formativos y los equipamientos que establece Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad y se fijan las enseñanzas mínimas. Así como los espacios formativos y los equipamientos para el CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32), que se traslada al edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8, que cumple con el Real Decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan las enseñanzas mínimas.

10. El 19 de marzo de 2024, la jefa de departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la solicitud de modificación de la configuración del centro privado Luis Vives de Palma con la ampliación de una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad (COM31) en el edificio de la calle Sant Joan de la Salle, núm. 5 y el traslado de una unidad del CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32) en el edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8.

11. El 20 de marzo de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se autorizaba la modificación de la configuración del centro privado Luis Vives de Palma con la ampliación de una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad (COM31) en el edificio de la calle de Sant Joan de la Salle, núm. 5 y el traslado de una unidad del CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32) en el edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco, núm. 8.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse al autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. Real Decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 123, de 20 de mayo de 2010).

7. Orden EDU/2000/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (BOE núm. 180, de 26 de julio de 2010).

8. Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 299, de 13 de diciembre de 2011).

9. Orden ECD/329/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad (BOE núm. 47, de 24 de febrero de 2012).

10. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

11. El Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto (BOIB núm. 3, de 5 de enero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 20 de marzo de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2023-2024, la modificación de la configuración del centro privado Luis Vives, de Palma, con la ampliación de una unidad del CFGS de Técnico superior en Marketing y Publicidad (COM31) en el edificio de la calle Sant Joan de la Salle, núm. 5.

2. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2023-2024, la modificación de la configuración del centro privado Luis Vives de Palma con el traslado de una unidad del CFGS de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32) al edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco núm. 8, esquina c/ Francesc Palou.

3. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07003638

Denominación genérica: centro privado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: Luis Vives

Titular: CELVISA (Centro Escolar Luis Vives, SA) NIF: A07050933

Domicilio: C/ Sant Joan de la Salle núm. 5

                   C/ de Can Domenge núm.1

                   C/ de Jordi Villalonga y Velasco núm.8, esquina C/ Francesc Palou.

Localidad: Palma

CP: 07003 y 07010

Enseñanzas autorizadas:

En el edificio de la calle Can Domenge núm. 1:

          Educación infantil de segundo ciclo: 12 unidades y 300 plazas escolares.

En el edificio de la calle Sant Joan de la Salle núm 5:

Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares.

Educación secundaria: 15 unidades y 450 plazas escolares.

Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares de las modalidades de general, ciencias y tecnología, humanidades y ciencias sociales y artes, vía artes plásticas, imagen y diseño.

Ciclos formativos de formación Profesional:

- De la Familia Profesional de Sanidad (SAN):

CFGM Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23 LOGSE): 1 unidad (1 grupo) y 30 plazas escolares (turno de tarde).

CFGS Imagen para el Diagnóstico (SAN35): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (turno de tarde).

- De la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad (SSC):

CFGS Educación Infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) y 50 plazas escolares (turno de tarde).

- De la Familia Profesional de Comercio y Marketing (COM):

CFGS de Marketing y Publicidad (COM31) : 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares (turno de tarde).

En el edificio de la calle Jordi Villalonga y Velasco núm. 8, esquina c/ Francesc Palau:

- De la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones (IFC):

CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares (turno de mañana).

- De la Familia Profesional Marítimopesquera (MAP):

Título de Formación Profesional Básica de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo (MAP12): 1 unidad (2 grupos) y 18 plazas escolares.

Adscripción administrativa:

Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Ramon Llull (código: 07003870).

4. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional (RCD) y en el Registro de centros de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas.

5. Recibir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

​​​​​​​6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (22 de marzo de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany