Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 185470
Rectificación de errores de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 15 de junio de 2023 por la que se modifica la composición de los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de diferentes entes
Rectificación de errores de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 15 de junio de 2023 por la que se modifica la composición de los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa María del Camino, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Médico Rey; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades de Es Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola .
Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:
“Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 82, de 17 de junio de 2023, se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 15 de junio de 2023 por la que se modifica la composición de los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet , Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa María del Camino, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Médico Rey; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades de Es Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola .
2. En la citada Resolución de 15 de junio de 2023 se ha detectado un error en el linaje de una de las personas nombrada nuevo miembro del Tribunal Calificador; en concreto, en la Resolución figura en nombre de Dª. Magdalena Llinàs Capó, cuando su nombre correcto es Magdalena Llinàs Català.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 15 de junio de 2023 por la que se modifica la composición de los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollensa, Porreres, Puigpunyent, Santa María del Camino, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Médico Rey; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades de Es Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola .
Donde dice:
«2. Nombrar como nuevo miembro del Tribunal Calificador a Dª. Magdalena Llinàs Capó en sustitución de Dª. Emilia Collado Capó.»
Debe decir:
«2. Nombrar como nuevo miembro del Tribunal Calificador a Dª. Magdalena Llinàs Català en sustitución de Dª. Emilia Collado Capó.»
Donde dice:
“5. Nombrar como nuevo miembro del Tribunal Calificador a Dª. María Inmaculada Aguiló Gost en sustitución de Dª. Magdalena Llinàs Capó. »
Debe decir:
“5. Nombrar como nuevo miembro del Tribunal Calificador a Dª. María Inmaculada Aguiló Gost en sustitución de Dª. Magdalena Llinàs Català.»
2 .Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica y en el tablón de edictos electrónico del Consejo Insular de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que prevén los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018, y los artículos 12 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de altura.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la presunta desestimación.
No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica (22 de marzo de 2024)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) ”
Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de marzo de 2024)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch i Sans