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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Núm. 167195
Extracto de la convocatoria de subvenciones 2024 para asociaciones para la edición de libros, fonogramas y audiovisuales
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/749421)
1. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018).
2. Objeto
La finalidad de esta convocatoria es apoyar a las asociaciones de la isla en la edición de libros, fonogramas o audiovisuales. Con estas ayudas se pretende promover y fomentar la dinamización, impulso y estimulación de proyectos culturales realizados por el tejido asociativo u organizativo cultural de Mallorca.
Con esta convocatoria se pretende subvencionar los proyectos que se desarrollen entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Únicamente son subvencionables los gastos que se relacionan a continuación:
a) En el caso de libros sólo serán subvencionables los gastos de impresión de los libros en formato físico.
b) En el caso de fonogramas sólo son subvencionables los gastos de fijación de esta obra en un medio que permita la comunicación y/o la obtención de copias, así como el diseño e impresión del material impreso (carátulas).
c) En el caso de audiovisuales los gastos de grabación, edición y montaje realizado por profesionales. En cualquier caso estas obras deben ser documentales o cortometrajes.
3. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro que reúnan estos requisitos:
1. Estar legalmente y definitivamente constituidas y encontrarse inscritas en el registro pertinente.
2. Tener el domicilio social en Mallorca.
3. Tener como objeto/finalidad social el fomento y dinamización de la cultura.
4. Desarrollar un proyecto de edición de libros, fonogramas o audiovisuales en el plazo señalado.
5. Que el proyecto presentado llegue en su evaluación a la puntuación mínima prevista en el punto 19 de la convocatoria.
6. Que el proyecto por el que se solicita la subvención no haya sido subvencionado en convocatorias anteriores, donde cuyo objeto coincida con ésta.
No pueden tener la condición de beneficiarias de esta convocatoria, las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro del ámbito educativo ni las asociaciones o federaciones de vecinos, las de tercera edad y las deportivas.
4. Dotación presupuestaria
El crédito asignado a esta convocatoria es de 30.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33430 48905 del ejercicio 2025.
Dado que se trata de una convocatoria de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario al que se imputa el gasto.
5. Presentación de solicitudes
Las solicitudes pueden presentarse en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las personas o entidades interesadas tendrán que rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net apartado "Subvenciones, ayudas, becas y premios".
La presentación de solicitudes debe hacerse a través del Registro electrónico del Consell de Mallorca
https://cim.secimallorca.net/segex/tramite.aspx?idtramite=12082
6. Otros datos
El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/).
(Firmado electrónicamente: 15 de marzo de 2024)
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antonia Roca Bellinfante