Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 185708
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2024 por el que se declaran como inversión de interés autonómico las obras de construcción de un gimnasio, reforma de los baños exteriores y de una pista deportiva y mejora de la accesibilidad de los espacios exteriores en el CEIP Ses Rotes Velles, ubicado parcela catastral 6049032DD5764N0001AS equipamiento educativo suelo urbano, propiedad municipal el término municipal Calvià de acuerdo con los art. 7y8 del Dto.ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder a ellos en condiciones de igualdad.
Asimismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, deben promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de forma que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud , la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura.
El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En el artículo 102, de Creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Illes Balears debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Illes Balears.
El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la creciente demanda de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley (Art.1).
Con el fin de cumplir estos objetivos, se considera necesario y urgente adecuar la red pública de equipamientos, de forma que permita afrontar las demandas en materia sanitaria, educativa y social de la población, motivada no sólo por el importante incremento experimentado población residente en las Illes Balears, sino también por la situación de paralización que la crisis económica ha causado. Así pues, a fin de paliar estas deficiencias en el lapso de tiempo más breve posible, el día 20 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto ley 1/2018, de 19 de enero , de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por lo que se refiere a la atención de las demandas en el ámbito de la educación ya la adecuación de la red pública de equipamientos, mediante el Real decreto 1876/1997, de 12 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de enseñanza no universitaria, se hizo efectivo el traspaso de las competencias en materia de enseñanza no universitaria y la Comunidad Autónoma asumió, entre otros , la competencia en materia de «la elaboración, supervisión, aprobación, contratación y ejecución de proyectos de nuevas construcciones, reforma, ampliación o mejora de las existentes, así como, la dotación y el equipamiento en lo referente a los centros públicos. Convocatoria y resolución de concursos y proyectos de edificios y material [...]».
Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, a través de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas de acuerdo con el artículo 2 apartado 5 del Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto.
El Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la creciente demanda de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto ley.
Las instalaciones del CEIP Ses Rotes Velles, actualmente, no disponen de un gimnasio. Según el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, los centros docentes que impartan la educación primaria deben tener, entre otros, un gimnasio con una superficie adecuada al número de puestos escolares.
Ante esta situación, se ha planteado la ampliación con un gimnasio y la reforma de los baños exteriores y una pista deportiva y mejora de la accesibilidad de los espacios exteriores. La Consejería de Educación y Universidades, por medio del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) ha redactado el proyecto de ejecución de esta actuación.
La superficie útil del gimnasio, que incluye almacén, baño y porche, es de un total de 244,11 m², dentro de la parcela actual del CEIP. En la parcela se le aplican las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Calvià. Según éstas, la parcela objeto del proyecto está clasificada como suelo urbano, con equipamiento docente. Las soluciones adoptadas en el presente proyecto no se encuentran en contradicción con el cumplimiento de lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 12/2017 (LUIB), se cumplen todos los parámetros urbanísticos de aplicación y la parcela reúne todas las condiciones de solar según el artículo 25 de la Ley 12/2017.
Dado lo anteriormente expuesto, es del todo necesario iniciar con carácter de urgencia los trámites oportunos para construir un gimnasio, reformar los baños exteriores y una pista deportiva y mejorar la accesibilidad de los espacios exteriores en el CEIP Ses Rotes Velles , lo que permitirá al centro dar cumplimiento al Real Decreto 132/2010.
De acuerdo con lo que recoge artículo 8.6 del Decreto ley 1/2018, la Administración dispone de un plazo de dos años desde la declaración de interés autonómico para presentar el proyecto y otros dos, a continuación, para iniciar su ejecución, mientras que el incumplimiento de cualquiera de ellos determina la caducidad de la declaración.
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión de las Illes Balears, corresponde al Consejo de Gobierno declarar como inversión de interés autonómico un equipamiento público de uso educativo.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 22 de marzo de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Declarar inversión de interés autonómico las obras de construcción de un gimnasio, reforma de los baños exteriores y de una pista deportiva y mejora de la accesibilidad de los espacios exteriores al CEIP Ses Rotes Velles, ubicado en la parcela catastral 6049032DD5764N0001AS, de equipamiento educativo en suelo urbano, de propiedad municipal, en el término municipal de Calvià, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o el ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Calvià.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 22 de marzo de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens