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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 184337
Extracto Convocatoria Subvenciones por concurrencia competitiva de Educación 2024
Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en día 15/03/2024, las Bases Reguladoras de las Subvenciones del Área de Educación para actividades extracurriculares para el año 2024, se hace público el extracto la presente convocatoria:
«EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DEL ÁREA DE EDUCACIÓN PARA ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES PARA EL AÑO 2024
Código de la Convocatoria: 749985
En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Pueden solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria las asociaciones o entidades del municipio de Andratx legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento, y que tengan su domicilio social situado en el municipio de Andratx y que proyecten realizar actividades, proyectos o programas objeto de la presente convocatoria de subvenciones.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024 tiene por objeto:
1.- Fomentar las actividades de formación extracurricular, lúdicas y sociales, de las asociaciones inscritas en el registro municipal.
2.- Fomentar la participación ciudadana en el municipio de Andratx.
3.- Fomentar el tejido asociativo en el municipio de Andratx.
4.- Fomentar la igualdad de género a las actividades de Andratx.
5.- Fomentar proyectos sociales para transformación social.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx publicada en el BOIB n.º 47 de día 20/04/2017.
http://www.caib.es/eboibfront/ca/2017/10643
Cuarto. Cuantía.
El importe de la presente convocatoria de subvenciones está financiada por la aplicación presupuestaria 330.48920 del Presupuesto para el año 2024, con un importe máximo de 74.000€.
Se podrá solicitar un anticipo del 75% de la subvención otorgada. En el caso que a
la hora de la justificación de la subvención, esta, no esté correctamente justificada con el importe otorgado deberá reintegrarse al Ayuntamiento la cuantía no justificada.
Atendidas las disponibilidades presupuestarias, el importe para cada proyecto irá en función de la puntuación obtenida y que se desglosa en una puntuación por proyecto que va de 0 a 100 para proyectos que tengan una duración anual y que demuestren que tienen mas de 5 talleristas/monitores y desarrollen su actividad diariamente, de 0 a 50 para aquellas asociaciones que realicen actividades al menos 2 días a la semana y de 0 a 25 puntos para aquellos proyectos puntuales .
A cada punto corresponden a 250€ de subvención.
Con los siguientes criterios:
Las entidades podrán subcontratar la actividad objeto de esta subvención
La actividad subvencionada, que el beneficiario subcontrate con terceros, no podrá exceder el 90% del total de la subvención.
Las entidades podrán concertar con personas o entidades vinculadas con el beneficiario siempre y cuando el importe subvencionable no exceda del coste concertado con la entidad o persona vinculada.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de haber publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.»
Lo cual se hace público por su conocimiento general.
(Firmado electrónicamente: 20 de marzo de 2024
La alcaldesa presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)