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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 180855
Extracto de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas a los y las deportistas de las Islas Baleares para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones en el año 2024
BDNS: 746813
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
1. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los requisitos siguientes:
a. Todos los y las deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a cinco puntos, considerando el cálculo obtenido cuando se aplican los criterios y baremos para evaluar las solicitudes. Esta puntuación se calcula sobre la base de los resultados deportivos conseguidos durante los años 2022 y 2023 o en algunos casos en que los títulos conseguidos en el año 2021 continúen vigentes.
b. Haber nacido Islas Baleares o tener la vecindad administrativa vigente en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares, con una antigüedad de un mínimo de dos años hasta la fecha de publicación en el BOIB de esta convocatoria de subvenciones.
c. Tener el domicilio fiscal en las Islas Baleares.
d. Los y las deportistas que habiendo competido en los años 2022 o 2023 representando a una comunidad autónoma, ser esta la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
e. Los y las deportistas que habiendo competido en los años 2022 o 2023 con licencia federativa autonómica, sea ésta de la federación autonómica de las Islas Baleares. No es necesario cumplir este requisito puesto que no haya federación autonómica balear de la modalidad deportiva practicada por el deportista o en caso de que el deportista tenga licencia nacional.
f. No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ni ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, en su caso, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
Quedan excluidos de esta convocatoria los y las deportistas que se encuentren en alguno de los casos siguientes durante las competiciones disputadas en los años 2022 o 2023:
2. Finalidad:
Apoyar a los deportistas de las Islas Baleares para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones durante el año 2024.
3. Bases reguladoras:
Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).
4. Importe:
La dotación de la convocatoria es de 1.100.000,00 euros.
5. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, a fecha de firma digital (20 de marzo de 2024)
El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauza Mayol