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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 176421
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se concede la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del motor de biogás de 1.840 kW, en autoconsumo con excedentes, de la Planta de Metanización (fase III) de TIRME, SA, ubicada en el polígono 6, parcela 240, de Marratxí (RE009/18)

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Texto

Hechos

1. El 21 de febrero de 2023, la entidad TIRME, SA, con NIF A07326473 (el promotor), solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del motor de biogás de 1.840 kW, de la Planta de Metanización (fase III), ubicada en el polígono 6, parcela 240, de Marratxí.

2. El 5 de junio de 2023, el promotor indicó que la fase 3 de metanización incluye un nuevo motor de biogás de 1.840 kW, y forma una instalación de hibridación tipo 3 formada por TIRME 1 (grupo c1 del Real Decreto 413/2014, con n.º de reg. RE-3625, ubicada en el pol. 22, parcela 22, del TM de Palma) con el motor de biogás 3 objeto de esta autorización (b.7.2. Can Canut, pol. 6, parcela 240, del TM de Marratxí).

3. El 14 de junio de 2023, el promotor aportó un plano unifilar de esta fase III.

4. En el BOIB n.º 174, de 21 de diciembre de 2021, se publicó el Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la Planta de Metanización y Compostaje de Can Canut, promovida por TIRME, SA, consistente en la implantación de la fase III de metanización, TM Marratxí (IPPC M 07/2020). Este incluye el motor 3 de biogás con n.º foco FC-14.

5. El 20 de julio de 2023, se solicitó un escrito de subsanación de deficiencias.

6. El 28 de septiembre de 2023, se admitió a trámite y se iniciaron las consultas al Ayuntamiento de Marratxí y al Consejo de Mallorca.

7. El 4 de noviembre de 2023, se publicó en el BOIB n.º 150 el trámite de información pública del proyecto, de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000.

8. El 21 de noviembre de 2023, el Consejo Insular de Mallorca (Servicio de Residuos) informó favorablemente del proyecto. El informe indica que en fecha 10 de junio de 2023 el Pleno del Consejo de Mallorca acordó la aprobación definitiva del proyecto ejecutivo de ampliación de la Planta de Metanización; fase III de diciembre de 2019.

9. El 9 de enero de 2024, se recibió un informe favorable del Ayuntamiento de Marratxí, con las condiciones/prescripciones siguientes:

-Si las medidas correctoras previstas no resultan suficientes, se tendrán que adoptar medidas adicionales para evitar molestias por revuelos y por olores, en especial en el núcleo rural de Can Garriga, en las viviendas adyacentes al Parque y a la zona del área recreativa de Can Canut.

-Cumplimiento de las condiciones y normativa de seguridad y salud en las obras de construcción.

-Los residuos de la construcción se tramitarán según lo previsto en el Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y la Ley 8/2019.

-Se comunicará al Ayuntamiento de Marratxí la finalización de las obras mediante la presentación del Certificado final técnico de la instalación, certificando el cumplimiento de las condiciones municipales.

-A efectos de la liquidación de tasas e ICIO, el presupuesto de ejecución material del proyecto es de 815.000 €.

10. Los técnicos de esta Dirección General han examinado la documentación aportada y han emitido un informe en que se concluye, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, que se han cumplido todos los trámites requeridos en el procedimiento de autorización administrativa, y se informa favorablemente sobre la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación.

 

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

2. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

3. El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

4. El Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

5. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética.

6. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.

8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

9. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

10. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

11. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Otorgar la autorización administrativa de la ampliación de la instalación TIRME 1 con un nuevo motor de biogás de 1.840 kW, en autoconsumo con excedentes, de la planta de metanización (fase III) de TIRME, SA, ubicada en el polígono 6, parcela 240, de Marratxí (NIF A07326473), con las características siguientes:

Instalación en servicio:

TIRME 1 (potencia retributiva 33,6 MW con código de instalación tipo IT-00977) (RE-3625)

Tecnología: combustible principal residuos domésticos o similares (grupo c.1)

Municipio: Palma

Nuevo motor biogás 3 objeto de esta autorización:

Expediente: RE009/18 (fase III)

Tecnología: subgrupo b 7.2.

Pot. instalada [MW]: 1,84 MW

Transformador de 2.500 kVA

Situación: polígono 6, parcela 240, de Marratxí

El conjunto de la instalación se clasifica como hibridación tipo 3 formada por el existente TIRME 1 (grupo c.1 del Real Decreto 413/2014, con n.º de registro: RE-3625, ubicada en el pol. 22, parcela 22, del TM de Palma) con el nuevo motor de biogás 3 objeto de esta autorización (grupo b.7.2. Can Canut, pol., 6, parcela 240, del TM de Marratxí), de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

2. Aprobar el proyecto de ejecución firmado el 16 de septiembre de 2022 por Florencio Reolid y Vicente Reolid, sin valorar técnicamente su contenido.

3. Las hibridaciones de tipo 3 tienen que disponer de los equipos de medida necesarios para la determinación de la energía generada por cada una que permita la retribución adecuada de los regímenes económicos que les sean aplicables. Según el artículo 7 del Real Decreto 413/2014, las instalaciones de producción híbridas tienen que enviar la información intercambiada con el operador del sistema en tiempo real para la instalación en conjunto y la desagregada para cada módulo de generación de electricidad perteneciente a esta instalación.

4. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular debe presentar la solicitud de puesta en servicio con la que tiene que adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y el resto de documentación que exige la reglamentación vigente.

5. Informar de que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

6. Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica: 15 de marzo de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de  Empresa, Empleo y Energía (BOIB n.º 103, de 22/07/2023)