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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 169499
Aprobación de la convocatoria de los Premios Mallorca Jove 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identf.): 749558

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva del Departamento y Patrimonio, en fecha de 15 de marzo de 2024, dictó la resolución que transcribo, literalmente, a continuación:

1. Aprobar la convocatoria de los Premios Mallorca Jove 2024 que se anexan a esta resolución.

2. Autorizar un gasto total de 2.400,00 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33450.48100 (RC n.º de referencia 22024003845), para atender a los premios de dicha convocatoria.

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Interposición de recursos

Contra la resolución que aprueba esta convocatoria así como contra la resolución de concesión que se derive de esta, que no ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante esta consejera ejecutiva o ante la presidencia, que se contará a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada si no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS MALLORCA JOVE 2024

Artículo 1. Objeto

El objeto de los Premios Mallorca Jove es fomentar la creatividad en la expresión escrita, promover el hábito lector, reforzar las competencias lingüísticas de escritura y lectura, y, en definitiva, ayudar a los alumnos de los centros educativos de secundaria y bachillerato de Mallorca a alcanzar una competencia comunicativa sólida.

Artículo 2. Destinatarios

Los Premios Mallorca Jove están abiertos a cualquier alumno que curse estudios de tercero y cuarto de ESO o bachillerato en cualquier centro de Mallorca.

Artículo 3. Dotación

Los Premios Mallorca Jove, instituidos por el Consejo de Mallorca, tienen una dotación de 2.400,00 euros (partida presupuestaria 20 33450 48100).

 

Artículo 4. Condiciones generales de las obras

Las obras que se presenten a estos premios tienen que estar escritas correctamente y originariamente en catalán, deben ser originales e inéditas, no se pueden haber creado con la ayuda de ningún tipo de inteligencia artificial ni tampoco se pueden presentar manuscritas. No pueden optar a dichos premios las obras que hayan resultado galardonadas anteriormente en otro concurso.

La obra presentada deberá incluir obligatoriamente alguna de estas palabras en catalán: aperduar, braverol, vinclar, brufar, tumbaga, gínjol, esclafit, regiró, esplugar, tudar, vega o jaç.

La autoría de la obra tiene que ser individual. Cada participante sólo puede presentar una obra por categoría convocada.

Cuando se haya presentado una obra, no se puede retirar para hacer correcciones ni para ampliar el texto.

Las obras presentadas que no se adapten a las condiciones anteriores serán excluidas.

Artículo 5. Categorías

Premios de narrativa

Bearn. Galardón dotado con 350 euros para la obra ganadora y con 250 euros para la obra finalista. Dirigido a alumnos de tercero y cuarto de ESO.

Joana E. Galardón dotado con 350 euros para la obra ganadora y con 250 euros para la obra finalista. Dirigido a alumnos de primero y segundo de bachillerato.

Asimismo, el docente que haya coordinado esta actividad dentro del aula y se encargue de inscribir al alumno en el concurso recibirá unas entradas para una función en el Teatro Principal, un lote de libros y un fin de semana gratuito en uno de los refugios del Consejo de Mallorca.

Finalmente, en caso de que el centro al cual pertenezca el alumno ganador haya inscrito un mínimo de tres candidaturas, este centro se podrá beneficiar de una actividad del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM); en caso de que haya presentado dos o menos, el grupo clase al que pertenezca el alumno tendrá derecho a asistir a una función en el Teatro Principal.

Las obras que concursen en la categoría de narrativa deben tener una extensión de entre 2 y 4 páginas en formato DIN A4, en tipo de letra Times New Roman, cuerpo 12 y a doble espacio. Pueden ser de cualquier género narrativo y tienen que llevar título. Las obras presentadas que no se adapten a las condiciones anteriores serán excluidas.

Premios de poesía

Balanguera. Galardón dotado con 350 euros para la obra ganadora y con 250 euros para la obra finalista. Dirigido a alumnos de tercero y cuarto de ESO.

Pi de Formentor. Galardón dotado con 350 euros para la obra ganadora y con 250 euros para la obra finalista. Dirigido a alumnos de primero y segundo de bachillerato.

Asimismo, el docente que haya coordinado esta actividad dentro del aula y se encargue de inscribir al alumno en el concurso recibirá unas entradas para una función en el Teatro Principal, un lote de libros y un fin de semana gratuito en uno de los refugios del Consejo de Mallorca.

Finalmente, en caso de que el centro al cual pertenezca el alumno ganador haya inscrito un mínimo de tres candidaturas, este centro se podrá beneficiar de una actividad del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM); en caso de que haya presentado dos o menos, el grupo clase al cual pertenezca el alumno tendrá derecho a asistir a una función en el Teatro Principal.

Las obras que concursan en la categoría de poesía no pueden superar los ochenta versos. Las obras presentadas que no se adapten a esta condición serán excluidas.

Artículo 6. Entidad colaboradora

La empresa Mundoarti Global S. L. (B98763493) actuará como entidad colaboradora en la convocatoria de las cuatro categorías de los Premios Mallorca Jove 2024, de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, con respecto a la recepción y gestión de las obras que opten a los premios objeto de esta convocatoria.

 

Artículo 7. Envío

Cada centro de enseñanza secundaria y de bachillerato que quiera participar debe presentar los trabajos de su alumnado dentro del plazo establecido en la convocatoria.

Asimismo, cada centro tendrá que haberse asegurado de obtener una declaración responsable del alumno, si es mayor de edad, o del tutor legal para poder participar en el concurso. Se adjunta un modelo como anexo de estas bases. Este documento se puede requerir en cualquier momento de la tramitación del expediente y, en todo caso, se requerirá si el alumno resulta ganador de alguna de las categorías convocadas.

No se admitirán trabajos presentados directamente por alumnos. Tiene que ser un docente del centro quien se dé de alta en la web de la entidad colaboradora Mundoarti Global y después se encargue de presentar la obra de cada uno de los alumnos con una ficha diferente para cada uno en la que consten los datos del alumno y el título del trabajo.

Las obras se tienen que enviar en formato PDF (como máximo de 5 MB) por medio del enlace que se habilitará en la web www.llenguamallorca.cat y dará acceso a la plataforma Mundoarti.

Artículo 8. Plazo

Las obras se tienen que presentar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el 23 de abril de 2024 incluido, por medio del enlace que se habilitará en la web www.llenguamallorca.cat.

Automáticamente, se creará un correo de respuesta como confirmación de la recepción de la obra. Sin esta confirmación, el trabajo no constará como recibido.

Artículo 9. Criterios de valoración

Los criterios de valoración de la calidad de las obras presentadas son los siguientes: el estilo literario, la originalidad, el vocabulario utilizado, la claridad, el orden de ideas y conceptos, la estructura (párrafos, signos de puntuación, conectores) y el dominio de la normativa gramatical y de la expresión léxica, adecuadas a la categoría de secundaria o bachillerato a que se presenten. A pesar de establecer una línea general, el jurado tendrá un espacio de diálogo en el que puede aportar nuevos elementos valorativos.

Artículo 10. Jurado

El jurado de los premios estará formado por cinco personas cualificadas escogidas por los miembros del Consejo Escolar de Mallorca que valorarán las obras presentadas en todas las categorías que se convocan. En la designación del jurado se garantizará una representación equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuadas. La composición de los jurados se hará pública antes de acabar el plazo de presentación de las obras, mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los premios, que son indivisibles, se otorgan a la obra que obtenga el mayor número de votos favorables, en opinión del jurado. En caso de empate reiterado, el voto del presidente del jurado es de calidad. No obstante, si el jurado decide por mayoría de votos que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad mínima para ser galardonada, el premio quedará desierto.

La decisión del jurado será inapelable y se formalizará en un acta firmada por los miembros que lo componen.

Artículo 11. Concesión de los premios

La concesión de los Premios Mallorca Jove se rige por lo que disponen esta convocatoria, la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017) y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

El órgano competente para iniciar y resolver esta convocatoria es la consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca, y el órgano instructor, el secretario técnico del Departamento de Cultura y Patrimonio.

El procedimiento de concesión de estos premios se tramitará de acuerdo con los principios de publicidad, de objetividad, de transparencia, de igualdad y de no discriminación, mediante el sistema de concurrencia competitiva.

Con fundamento en el acta del jurado y en la propuesta del órgano instructor, los premios se concederán mediante una resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura y Patrimonio.

En caso de que alguno de los premiados renuncie al premio, este premio quedará desierto.

Las concesiones se comunicarán a los centros donde estudia el alumnado ganador, se publicarán en la sede electrónica del Consejo de Mallorca seu.conselldemallorca.net y en la web www.llenguamallorca.cat.

El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios a los centros que se presenten.

Artículo 12. Obligaciones de los ganadores

El autor ganador mayor de edad o, en el caso de ser menor, sus representantes legales, deben cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones. Asimismo, tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias.

El incumplimiento no enmendable de cualquier requisito establecido en esta convocatoria o el hecho de incurrir en alguno de los casos previstos en el artículo 56 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, provoca la revocación de la concesión y, por consiguiente, el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas.

De la misma manera, el acuerdo de concesión se puede modificar en los casos en que se alteren las condiciones o se obtengan ayudas concurrentes.

La percepción de los premios estará sujeta a las retenciones establecidas en la normativa fiscal vigente.

Artículo 13. Acto de entrega de premios

La entrega de los premios se hará, si es posible, en un acto público en el Consejo Insular de Mallorca, en la fecha que se determinará después de que se hayan hecho públicas las personas ganadoras.

Artículo 14. Derechos sobre los trabajos ganadores y publicación de los trabajos ganadores

El autor ganador mantiene el derecho de autoría sobre la obra premiada y el Consejo Insular de Mallorca se reserva el derecho de publicación sobre la primera edición de esta obra.

El autor ganador, si es mayor de edad, o en su caso su representante legal, autoriza expresamente al Consejo para publicar la primera edición del trabajo literario.

Artículo 15. Responsabilidad, revocación y reintegro del premio

Las personas ganadoras de este premio se responsabilizan totalmente de que no haya derechos sobre los trabajos presentados y se hacen responsables de cualquier reclamación que pudiera surgir por derechos de autor o cualquier otro derecho alegado por terceros. En este caso, quedará sin efecto el acto de concesión del premio y, como consecuencia de la revocación, corresponderá reintegrar totalmente la cantidad recibida por la persona ganadora y, si procede, la exigencia del interés de demora, que se hará por el procedimiento establecido en el título II de la Ley General de Subvenciones, en el cual se garantizará la audiencia a las personas interesadas.

Artículo 16. Interposición de recursos

Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, así como contra la resolución de concesión que de ella se derive, que no ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante esta consejera ejecutiva o ante la Presidencia, que se contará a partir del día siguiente de publicarlas en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin haber recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(Firmado electrónicamente: 15 de marzo de 2024 ​​​​​​​El secretario técnico de Cultura y Patrimonio Felipe Ramis Llabrés)

 

ANEXO Modelo de autorización para participar en los Premios Mallorca Jove

Autorización para menores de edad

___________________________________(nombre y apellidos), con DNI/NIE______________, como representante IegaI, del alumno / de la alumna ____________________ (nombre y apellidos)

Autorizo:

AI centro_____________________________ (nombre del centro), donde cursa Ios estudios de

□ tercero de ESO

□ cuarto de ESO

□ primero de bachillerato

□ segundo de bachillerato

para que presente eI trabajo en su nombre para participar en los Premios Mallorca Jove y, al mismo tiempo, eximo aI Departamento de CuItura y Patrimonio del Consejo Insular de Mallorca de Ia posibIe responsabiIidad derivada de Ia participación en eI concurso y, en caso de resuItar ganador/a, autorizo aI Consejo InsuIar de Mallorca a publicar eI trabajo con eI nombre deI / de Ia menor.

Palma, ...............de............................................... de 2024

Firmado por la persona representante                                                                         Firmado por el alumno / la alumna

 

Autorización para mayores de edad

___________________________________(nombre y apellidos), con DNI/NIE______________,

Autorizo:

AI centro_____________________________ (nombre del centro), donde<A[donde|dónde]> curso los estudios de

□ tercero de ESO

□ cuarto de ESO

□ primero de bachillerato

□ segundo de bachillerato

para que presente eI trabajo en mi nombre para participar en los Premios Mallorca Jove y, al mismo tiempo, eximo aI Departamento de CuItura y Patrimonio del Consejo Insular de Mallorca de Ia posibIe responsabiIidad derivada de Ia participación en el concurso y, en caso de resuItar ganador/a, autorizo aI Consejo InsuIar de Mallorca a publicar eI trabajo con mi nombre.

Palma, ...............de............................................... de 2024

Firmado por el alumno / la alumna

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO DEL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA