Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 170195
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza para la aprobación de las bases del Concurso Adlib de Diseño de Moda FUTUR ADLIB Nuevas Promesas 2024
En fecha 15 de marzo de 2024, la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza ha dictado la Resolución número 2024000281, por la cual resuelve:
PRIMERO. Aprobar las bases y la convocatoria del Concurso Adlib de Diseño de Moda, FUTUR ADLIB Nuevas Promesas 2024, para nuevos diseñadores y diseñadoras que consta en el expediente 2024/00002502H con CSV 15251714466274524541, y el extracto de la convocatoria con CSV 15251713655002037726.
SEGUNDO. Aprobar la dotación económica, con un máximo de SIETE MIL QUINIENTOS EUROS (7.500,00 €), a cargo de la partida presupuestaria 4220.48100, para el abono de los premios del Concurso Adlib de Diseño de Moda FUTUR ADLIB Nuevas Promesas del año 2024.
TERCERO. Publicar las bases del Concurso Adlib de Diseño de Moda FUTUR ADLIB Nuevas Promesas y la convocatoria del año 2024 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Remitir la convocatoria y el extracto de la convocatoria a la Base de datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Boletín Oficial de las Islas Baleares del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada en la publicación del extracto en el BOIB.
CUARTO. Dar cuenta de la resolución por la cual se aprueban las bases del Concurso Adlib de Diseño de Moda FUTUR ADLIB Nuevas Promesas y la convocatoria del año 2024 al primer Consejo Ejecutivo que se celebre.
Ibiza, 18 de marzo de 2024
La jefa de sección de Industria del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos Marta Díaz Pascual
DOCUMENTO 1
BASES DEL CONCURSO ADLIB DE DISEÑO DE MODA FUTUR ADLIB NUEVAS PROMESAS 2024
El Consejo Insular de Ibiza, con el objetivo de divulgar y ampliar la proyección de la moda Adlib y de fomentar la aparición de nuevos valores en el mundo del diseño de moda, así como con el fin de poner a disposición de nuevos creadores los medios para desarrollar y difundir sus diseños, convoca el Concurso Adlib de Diseño de Moda, FUTUR ADLIB Nuevas Promesas 2024, para nuevos diseñadores y diseñadoras, que se regirá por las siguientes
BASES
Primera. PARTICIPANTES
Podrán participar en este concurso todos los diseñadores y las diseñadoras interesados, que cumplan y acrediten el siguientes requisitos:
Segunda. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Tercera. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO
La documentación necesaria para la participación es la siguiente:
1. Dosier en formato digital (pdf) en el cual se incluyan los siguientes documentos:
2. Solicitud de inscripción para participar en el concurso, debidamente rellenada, según modelo que se recoge al Anexo I de estas bases.
3. Compromiso de participación en el concurso, debidamente rellenado, según modelo que se recoge en el Anexo II de estas bases.
4. Declaración responsable firmada por la persona solicitante de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario/aria de las subvenciones públicas recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo Insular de Ibiza y de las otras obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social impuestas por la normativa vigente, según modelo del Anexo III de estas bases.
5. Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
6. En el caso de tener marca y/o empresa propia vinculada con la actividad del diseño, la confección y/o la comercialización de moda, aportar certificado de situación censal de la Agencia Tributaria estatal para acreditar que la empresa tiene una antigüedad inferior a tres años.
7. En el caso de estar de alta como autónomo pero realizando funciones por cuenta aliena, sin marca propia, aportar declaración responsable para acreditar que las tareas que desarrolla no están vinculadas con ninguna marca propia. (Anexo IV).
Esta documentación tendrá que presentarse por registro de entrada en la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza: https://seu.conselldeivissa.es
La documentación requerida también podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En este caso, se tendrá que comunicar por email, en el plazo máximo de tres días desde el registro, adjuntando documento pdf del justificante oficial del registro de la solicitud a: futuradlib@adlibibiza.es.
Las personas solicitantes que ya hayan presentado en este Consejo cualquiera de estos documentos solo tendrán que aportar la documentación que sea necesario actualizar o renovar, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que la documentación fue presentada y señalen la fecha y el órgano ante el cual se presentó.
Cuarta. INSCRIPCIONES. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las personas interesadas en participar, tendrán que presentar la documentación especificada en el punto tercero de estas bases ante el Consejo Insular de Ibiza, en la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza o en cualquier de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
El plazo para la presentación de las propuestas empezará al día siguiente de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y finalizará el 10 de abril de 2024.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera de los plazos establecidos, resolviéndose su inadmisión, que tendrá que ser notificada a las personas interesadas en los supuestos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del procedimiento administrativo común.
Quinta. SUBSANACIÓN
Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es) la lista de personas que tienen que subsanar su solicitud. En la lista que se publique, se incluirá el número del documento que se tiene que subsanar y aportar, de acuerdo con la numeración establecida en la base tercera de la presente convocatoria.
El/la solicitante tiene que enmendar su solicitud en el plazo máximo de cinco días hábiles, contadores a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la lista en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza. En caso de no subsanar dentro de este plazo, se le tendrá por cejado en su petición, con una resolución previa, en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
Sexta. SELECCIÓN DE LOS DISEÑADORES O DISEÑADORAS PARTICIPANTES EN LA FINAL
Un comité formado por un mínimo de tres personas seleccionará, de acuerdo con los criterios establecidos, los diseñadores y diseñadoras finalistas del presente concurso.
El comité estará formado por representantes del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza, del profesorado de los talleres de patronaje y confección del Consejo Insular de Ibiza y profesionales del sector de la moda de Ibiza.
El comité seleccionará un total de seis concursantes para la final. La lista de concursantes que hayan sido seleccionados/as como finalistas se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es).
La selección se realizará otorgando hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con los criterios y valoración siguientes:
1. Creatividad en el diseño: originalidad. Máximo de 5 puntos.
2. Cohesión del diseño con la inspiración. Máximo de 5 puntos.
3. Vinculación de la temática de la colección con la moda Adlib y la isla de Ibiza. Máximo 5 puntos.
Los diseñadores y diseñadoras seleccionados presentarán su colección en pasarela, en el desfile que tendrá lugar en el marco de la Pasarela Adlib, donde un jurado de reconocido prestigio profesional designará el diseñador ganador o la diseñadora ganadora del concurso.
Séptima. JURADO
Los diseñadores seleccionados presentarán su colección en pasarela, en el desfile que tendrá lugar en el marco de la Pasarela Adlib.
El jurado del concurso estará integrado por un/a presidente/a y un máximo de seis vocales, formado por profesionales y representantes del mundo de la moda, representantes institucionales y representantes del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza.
Ejercerá las funciones de secretario/aria, con voz pero sin voto, un/a funcionario/aria del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza.
Corresponderá al jurado seleccionar la colección ganadora y emitir su veredicto haciendo constar en acta la puntuación obtenida para cada propuesta. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple y, en caso de empate, decidirá el voto de calidad de la Presidencia.
Octava. VEREDICTO
El jurado valorará la colección según los criterios siguientes:
1. Creatividad en el diseño: originalidad y como se ha incluido la inspiración en el diseño.
2. Calidad de la confección: complejidad y acabados.
3. Armonía, cohesión y valoración del resultado final de la colección.
Cada uno de los tres criterios se valorará del 1 al 10, siendo 1 la puntuación más baja y 10 la más alta. La colección podrá obtener un máximo de 30 puntos.
Novena. PREMIOS
La cantidad económica destinada a esta convocatoria es de SIETE MIL QUINIENTOS EUROS (7.500,00 €) a cargo de la partida 4220.48100 que se distribuirán de la siguiente manera:
1. PREMIO A LOS FINALISTAS:
Cada finalista recibirá un importe de NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (950,00 €) por su participación en el desfile final del concurso.
Esta participación se acreditará con el acta que se extienda de la final del concurso.
El premio para finalistas no es compatible con el premio que se otorgue al ganador o la ganadora. No obstante, sí será compatible con cualquier otro premio o ayuda que pueda recibir la persona finalista por el mismo objeto en otras convocatorias posteriores a la presente.
El Consejo Insular de Ibiza abonará el importe por concepto de participación antes mencionado que, atendiendo al número máximo de finalistas, será de una cuantía máxima de CINCO-MIL SETECIENTOS EUROS (5.700,00 €), en el supuesto de que el premio ganador quede desierto.
Al importe del premio se le aplicarán las retenciones establecidas por la legislación vigente.
2.PREMIO AL GANADOR O LA GANADORA:
Se establece un premio de DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (2.750,00 €) para el ganador o la ganadora del concurso.
El Consejo Insular de Ibiza abonará el importe en concepto del premio antes mencionado, con una cuantía máxima de DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (2.750,00 €), una vez extendida el acta con el veredicto del jurado de la final del concurso.
El premio que se otorgue al ganador o la ganadora no es compatible con el premio que se recibe por haber sido seleccionado como finalista. No obstante, sí será compatible con cualquier otro premio o ayuda que pueda recibir la persona ganadora por el mismo objeto en otras convocatorias posteriores a la presente.
Al importe del premio se le aplicarán las retenciones establecidas por la legislación vigente.
La entrega del premio al ganador o la ganadora se realizará en un acto público, en el marco de la Pasarela Adlib.
Décima. CONDICIONES
El hecho de participar en este concurso supone, por parte del diseñador o la diseñadora, la aceptación de estas bases, de forma que quedarán excluidas las propuestas que no cumplan los requisitos establecidos. Así mismo, será motivo de exclusión la falsedad de los datos aportados, hecho que supondrá también, en su caso, el reintegro del importe del premio.
Undécima. DERECHOS DE IMAGEN
La participación en el concurso y, en su caso, la aceptación del premio por parte del ganador o la ganadora, supone la autorización exprés por su parte de la cesión de sus derechos de imagen en cuanto a la utilización, la publicación y la reproducción por parte del Consejo Insular de Ibiza de su imagen y su nombre en cualquier tipo de publicidad o actividad promocional.
Así mismo, la colección que resulte premiada quedará a disposición del Consejo Insular de Ibiza, para posibles participaciones en acontecimientos de moda. El Consejo Insular de Ibiza tendrá libre disposición para que pueda ser fotografiada y utilizada en otros desfiles o como parte de su promoción y marketing en el mercado local, nacional y extranjero durante el año siguiente al del concurso.
En este sentido, el Consejo Insular de Ibiza tendrá el derecho de reproducción de las creaciones, mediante cualquier medio y forma, así como a comunicar públicamente las creaciones, con finalidad publicitaria o promocional, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico (Internet, televisión, telefonía, proyección, fotografía, etc.).
Esta cesión de uso no supondrá ningún coste al Consejo Insular de Ibiza ni generará ningún derecho económico al diseñador o diseñadora.
Decimosegunda. RESOLUCIÓN Y PAGO DE LOS PREMIOS
La instrucción del expediente administrativo corresponde al Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza, que hará de oficio todas las actuaciones necesarias para determinar, saber y comprobar los datos en virtud de las cuales se tiene que resolver la concesión de los premios.
La concesión y el abono de las ayudas se realizará mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza.
El abono de los importes de los premios a cada finalista y al ganador o la ganadora del concurso se hará al número de cuenta bancario facilitado al Consejo Insular de Ibiza, mediante la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, donde se aportará el documento siguiente:
Este impreso no habrá que presentarlo en caso de que se haya presentado anteriormente en el Consejo Insular de Ibiza y no se haya producido ningún cambio en los datos aportados en su momento.
Decimotercera. OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
Cada una de las prendas de vestir y accesorios tendrán que llevar, en el interior, una etiqueta que identifique el nombre de la persona concursante.
Las colecciones se entregarán el mismo día del concurso y cada conjunto tendrá que ir con colgador y acompañado del nombre de la colección.
Los trabajos no premiados tendrán que ser retirados por el participante el mismo día del desfile de la final del concurso.
La obligación de difusión y publicidad de los importes recibidos por los finalistas de acuerdo con los artículos 11.y) y 34.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y del artículo 18 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se hará a través de la comunicación, la promoción y la publicidad que haga el Consejo Insular de Ibiza de las acciones en las cuales tienen que participar los finalistas, así como mediante la publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Decimocuarta. RESPONSABILIDAD DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA
El Consejo Insular de Ibiza no se hará responsable de los deterioros de las prendas de vestir derivados de su uso durante el desfile (descosidos, botones desprendidos, manchas de maquillaje y diferentes daños que puedan recibir los materiales entregados como consecuencia de su transporte, manipulación, almacenamiento o similar). Así mismo, tampoco se hará responsable de la pérdida de los diseños durante su traslado a la isla de Ibiza o su retorno al o a la diseñador/a, en caso de envío mediante transportista.
Decimoquinta. ATENCIÓN A PARTICIPANTES
Para cualquier duda o aclaración en relación con las presentes bases y el desarrollo del concurso, se podrán dirigir al correo electrónico del Consejo Insular de Ibiza siguiente: futuradlib@adlibibiza.es.
Decimosexta. PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4-5-2016), y al resto de legislación vigente en esta materia os informamos que los datos de carácter personal que se porporcionen a través de esta convocatoria se incorporarán al fichero de titularidad del Consejo Insular de Ibiza con el fin de tramitar las solicitudes del presente concurso y no podrán usarse para ninguna otra finalidad diferente a la mencionada.
Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, (https://seu.conselldeivissa.es) dirigiendo escrito, de forma electrónica o presencial, según corresponda, al Consejo Insular de Ibiza, avda. de España, 49, 07800 Ibiza. Así mismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.
Decimoséptima. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES
El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el título V del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Todo esto sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles en que se pueda incurrir.
Decimoctava. RÉGIMEN JURÍDICO
Esta convocatoria se regirá por las disposiciones contenidas en sus bases, y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo aquello que sea de aplicación, y el resto de normativa aplicable.
Decimonovena. DERECHO DE CANCELACIÓN O MODIFICACIÓN DEL CONCURSO
El Consejo Insular de Ibiza se reserva el derecho de cancelar o modificar este concurso, en forma total o parcial, cuando se produzcan circunstancias no imputables a este y no previstas en las bases.
Vigésima. PUBLICIDAD Y VIGENCIA
Estas bases derogan otras anteriores que contradigan aquello establecido por las mismas.
Las bases de la presente convocatoria se enviarán a publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y, una vez publicadas, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 17.3, 18 y 20.8 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, se enviará la convocatoria y un extracto de esta a la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS), que dará traslado del extracto al BOIB.
La eficacia de la convocatoria queda supeditada en la publicación del extracto en el BOIB.
ANEXO I SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN CONCURSO ADLIB DE DISEÑO DE MODA, FUTUR ADLIB NUEVAS PROMESAS 2024
Datos personales del/de la solicitante
[Es necesario proporcionar todos los datos solicitados]
Nombre y apellidos:
DNI:
Fecha de nacimiento:
Edad:
Dirección:
Municipio:
Cogido Postal:
Provincia:
Correo electrónico:
Teléfono 1: Teléfono 2:
Datos de la colección presentada
Título de la colección:
Escuela (en el caso de cursar estudios de diseño):
DECLARO:
1. Que los datos que figuran en esta solicitud son ciertos y soy el/la autor/a de la colección inscrita.
2. Que la colección no ha sido premiada en ningún otro concurso.
3. Que conozco y cumplo los requisitos establecidos en la convocatoria del concurso y en sus bases.
4. Que autorizo al Consejo Insular de Ibiza a reproducir, total o parcialmente y en la forma que considere oportuna, la colección inscrita.
5. Que no ejerce, ni he ejercido con anterioridad la actividad del diseño, confección y/o comercialización de moda, de forma profesional con alta como autónomo con empresa o marca propia, en cualquiera de las formas jurídicas posibles.
6. Que, si he ejercido la actividad con marca y/o empresa propia, ésta tiene una antigüedad inferior a los tres años.
7. Que he leído y acepto las bases de la convocatoria.
Las personas solicitantes que ya hayan presentado en este Consejo cualquiera de los documentos solicitados sólo tendrán que aportar la documentación que sea necesario actualizar o renovar, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que la documentación fue presentada y señalen la fecha y el órgano ante el que se presentó.
La documentación que no se adjunta a esta solicitud ha sido presentada en este Consejo Insular : ...............................................................................................................………........
Fecha de presentación:..............................................................................................................
Trámite/Expediente:..................................................................................................................
Departamento: ..........................................................................................................................
.................………………………........, ......... d........................... de 2024
[Firma]
TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES
Los datos de los participantes se incorporarán a un fichero del Consell Insular de Eivissa y serán tratados para atender su solicitud de participación en este certamen, de acuerdo con lo que prevé la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personal y garantía de derechos digitales.
Igualmente, los datos personales de las personas participantes sólo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o previo su consentimiento. En este sentido, y en caso de tener que gestionar desplazamientos y alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicados a las agencias de viajes encargadas de las tramitaciones de pasajes y reservas, así como a las empresas cuyos servicios se incluyan en estos viajes y reservas, como empresas de transporte y hoteles. Por otra parte, a menos que la persona afectada indique su voluntad contraria, sus datos podrán ser comunicados a los organismos o entidades patrocinadoras del certamen. Por último, se difundirán los nombres de las personas ganadoras y finalistas y se facilitarán los datos de contacto a los medios de comunicación y prensa. Cualquier persona interesada puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al Consejo Insular de Eivissa (av. de España, 49, 07800 Eivissa).
ANEXO II COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN CONCURSO ADLIB DE DISEÑO DE MODA, FUTUR ADLIB NUEVAS PROMESAS 2024
El/La participante ___________________________________________________
con DNI _________________________________________________________
se compromete a la presentación de la colección___________________________
________________________________________________________________
en caso de ser seleccionado/a para presentar su colección, en el marco de las actividades de la pasarela de la moda Adlib.
_____________, ___________ de ______________ de 2024
[Firma]
ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE CONCURSO ADLIB DE DISEÑO DE MODA, FUTUR ADLIB NUEVAS PROMESAS 2024
El Sr./La Sra._________________________________________________________
con DNI/NIE número __________________________________________________
Domicilio en__________________________________________________________
CP__________________________________________________________________
Teléfono ____________________________________________________________
Correo electrónico _____________________________________________________
Declara responsablemente
Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para poder solicitar subvención ante esta Corporación y no incurre en ninguna de las circunstancias de prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por ser beneficiario/a, y me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores condiciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, y en caso de que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.
Que me encuentro al corriente de las obligaciones ante la Administración tributaria (estatal y autonómica), ante la Seguridad Social y ante la hacienda del Consell Insular de Eivissa, según lo establecido en la normativa vigente (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio; dispongo de la documentación que así lo acredita y la pongo a disposición de la administración cuando me sea requerida; asimismo, me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, y en caso de que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.
Autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda pedir la certificación telemática justificativa mía que me encuentro al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y Autonómica, ante la Seguridad Social y ante la hacienda del Consell Insular de Eivissa.
[Firma]
______________________________, ___________ de ______________ de 2024
ANEXO IV DECLARACIÓN RESPONSABLE TRABAJO POR CUENTA AJENA CONCURSO ADLIB DE DISEÑO DE MODA, FUTUR ADLIB NUEVAS PROMESAS 2024
El Sr./La Sra. _________________________________________________________
con DNI/NIE número __________________________________________________
Domicilio a___________________________________________________________
CP__________________________________________________________________
Teléfono _____________________________________________________________
Correo electrónico _____________________________________________________
Declara responsablemente
Que ha estado de alta como autónomo/a, en una actividad vinculada con el diseño, confección y/o comercialización de moda, pero sin marca propia.
La actividad desarrollada se ha realizado por otras marcas y/o empresas del sector.
[Firma]
___________________________, ___________ de ______________ de 2024