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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 163950
Extracto de la convocatoria de subvenciones para actividades musicales 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/748791)

1. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018).

2. Objeto

La finalidad de esta convocatoria es favorecer la creación, producción y programación musical (conciertos, festivales y ciclos musicales) a través del soporte al tejido empresarial y profesional que conforma el mundo de la música de Mallorca y, en consecuencia, llevar a cabo el fomento y difusión de la música en la isla tanto desde la vertiente de la producción como de su programación.

3. Beneficiarios

De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria pueden ser beneficiarios:

  1. En el caso de las líneas 1 y 2, pueden ser beneficiarias las personas jurídicas constituidas como empresas (incluyendo  agrupaciones de interés económico) y las personas físicas constituidas como autónomos o empresarios individuales, con personalidad jurídica propia.

  2. En el caso de las líneas 3 y 4 las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro.

4. Dotación presupuestaria

Durante el ejercicio presupuestario de 2024, se destina para las ayudas de esta convocatoria un total de 650.000,00 €, de los cuales 290.000,00 € parar la línea 1, un crédito de 110.000,00 € para la línea 2, un crédito de 200.000,00 € para la línea 3 y un crédito de 50.000,00 € para la línea 4.

5. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La documentación que se debe presentar para solicitar la ayuda se relaciona en el punto 11 de la convocatoria.

Las personas o entidades interesadas deberán rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net/ apartado "Subvenciones, ayudas becas y premios".

La presentación de solicitudes se hará a través del Registro electrónico del Consell de Mallorca

https://cim.secimallorca.net/segex/tramite.aspx?idtramite=12082

Se les recuerda que con la entrada en vigor del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Se puede tramitar un certificado de representación como persona jurídica a través del siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica.

6. Otros datos

El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/).

 

(Firmado electrónicamente: 14 de marzo de 2024)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antonia Roca Bellinfante