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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 163169
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (747749) De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

1. Beneficiarios

Entidades locales, mancomunidades que actúen en representación de uno o más ayuntamientos y fundaciones sin ánimo de lucro de Mallorca.

2. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto ofrecer ayuda para la actualización y mejora de los servicios de información turística de los municipios de Mallorca.

La finalidad de la convocatoria es promover la realización de actividades dirigidas a potenciar el papel de los servicios turísticos municipales de Mallorca para impulsar la accesibilidad universal, la renovación, la modernización y el fomento de la innovación tecnológica de los servicios de información y promoción turística en destino para adaptarse a los retos de un modelo turístico sostenible, competitivo, resiliente y renovador, alineado con los objetivos de desarrollo de la Agenda 2030.

3. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017).

4. Cuantía

El presupuesto del gasto del Consell de Mallorca para el año 2024 ha destinado la cantidad de 580.000,00 € (quinientos ochenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.

5. Plazo para la presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, mediante la presentación en el Registro electrónico del Consell de Mallorca, que registrará las solicitudes presentadas tal como se indica en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. Otros datos

Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que llevarse a cabo en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de junio de 2024 (ambos incluidos). El modelo normalizado de solicitud y la documentación que hay que aportar se encuentran disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/procediments?nom=subvencions-ajudes-beques-i-premis).

(Firmado electrónicamente: 14 de marzo de 2024) La secretaria técnica de Turismo (Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Turismo Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto) Margarita Alfonsa Sendín Rebassa