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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 163591
Orden de contratar tres (3) plazas de Personal especializado, clase jardinero/a personal laboral fijo

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Texto

Por Resolución de esta Alcaldía de día 14 de marzo de 2024, se ha dictado el siguiente:

Antecedentes

Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema concurso de méritos para la cobertura de tres (3) plazas de personal laboral categoría Personal especializado, clase jardinero/a, nivel V del Convenio colectivo, del Ayuntamiento de Llucmajor, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 154 de 26 de noviembre de 2022 y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307 de 23 de diciembre de 2022.

Segundo.- Visto el Decreto 2023004560 de día 15 de noviembre de 2023 en el cual se establece que los Srs. Esteve Montalvo i Camps, Marc Rafael Bujosa Bohm y Humberto Carlos Carrascosa Miret han superado el proceso selectivo del concurso extraordinario de méritos.

Tercero.- Dado que el Sr. Esteve Montalvo i Camps en fecha 26/01/2024 (RGE. N.º 1.780) y el Sr. Marc Rafael Bujosa Bohm en fecha 29/01/2024 (RGE. N.º 1.884) presentaron su renuncia.

Cuarto.- Visto lo establecido en la base 15.3 «...cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o la toma de posesión, el tribunal elevará al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera en sustitución de las que renuncien a las plazas.»

Quinto.- Visto el anuncio de la relación complementaria de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por orden de prelación, realizado por el Tribunal el día 10 de enero de 2024 y publicado el día 11 de enero de 2024. Resulta, en conformidad con lo previsto en la base 15.3, que el Sr. Igor Ernesto Verdaguer Rivera, con DNI **3385*** y el Sr. Toni Gamez Matas, con DNI **2276***, son los aspirantes situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación.

En consecuencia, RESUELVO:

Primero.- Aceptar la renuncia del Sr. Esteve Montalvo i Camps de fecha 26/01/2024 y RGE. Nº. 1.780 y del Sr. Marc Rafael Bujosa Bohm de fecha 29/01/2024 y RGE. Nº. 1.884.

Segundo.- Ordenar la contratación de:

Nombre y Apellidos

Nº. DNI

Humberto Carlos Carrascosa Miret

**1698***

Igor Ernesto Verdaguer Rivera

**3385***

Toni Gamez Matas

**2276***

como personal laboral fijo Jardinero, categoría Personal especializado, clase jardinero/a, nivel V del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, derivada de la Oferta de Ocupación Pública Extraordinaria de 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor.

Tercero.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Cuarto.- Requerir a los Srs. Humberto Carlos Carrascosa Miret, Igor Ernesto Verdaguer Rivera y Toni Gamez Matas para que firmen contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Quinto.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Llucmajor, 14 de marzo de 2024

La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló