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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 162206
Extracto de las Bases Reguladoras de la convocatoria de dos becas de formación para personas que hayan participado en el proyecto del Servicio de formación, integración y empleo público del Govern Balear (FIOP)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la Sesión del día 8 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno Local del Consell Insular de Formentera, por la que se aprobó, entre otras, las Bases Reguladoras de la convocatoria de dos becas de formación para personas que hayan participado en el proyecto del Servicio de Formación, Integración y Empleo Público del Govern Balear (FIOP) para la inserción laboral de personas con grado de discapacidad reconocido en el Consell Insular de Formentera.

De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria las personas, residentes en Formentera, que hayan realizado la preparación que ofrece el proyecto FIOP de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP).

Segundo. Objeto

1.Ofrecer a las personas que han participado en el proyecto FIOP una ayuda complementaria a su formación, con la intención de mejorar la preparación de cara a la futura inserción en el mundo laboral de las administraciones públicas. Esta ayuda se llevará a cabo mediante la realización de prácticas en el servicio de limpieza del Consell Insular de Formentera.

2. Los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de edad.

  • Tener la nacionalidad española o de alguno de los países de la Unión Europea, o reunir los requisitos del art. 57 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

  • Ser residente en Formentera.

  • Haber cursado la preparación del curso teórico – práctico de formación del cuerpo de limpieza del FIOP.

  • No tener ningún impedimento para las tareas específicas previstas en esta convocatoria, que impida el normal funcionamiento de las tareas encomendadas.

  • En caso de tener otro contrato de trabajo (por horas o como máximo de media jornada laboral) que implique el cobro de una nómina salarial, se deberá aportar toda la documentación necesaria para que la comisión evaluadora valore la posible o no compatibilidad con las prácticas de esta beca.

  • La comprensión elemental de las dos lenguas cooficiales de la Comunidad Autónoma de las IIles Baleares: Catalán y castellano.

Tercero. Bases reguladoras

Bases que deben regir la convocatoria de cuatro becas de formación para personas que hayan participado en el proyecto del Servicio de formación, integración y empleo público del Govern Balear (FIOP) para la inserción laboral de personas con grado de discapacidad reconocido en el Consell Insular de Formentera se encuentran publicadas en el tablón de anuncios de Bienestar Social de la página web del Consell Insular de Formentera.

Cuarto. Importe

Las becas tienen asignado un importe a distribuir durante los meses de duración de las becas, a razón de mensuales cada una 550 euros Durante el ejercicio presupuestario del año 2024 se destinará la cantidad de 6.600 euros a cargo de la partida presupuestaria 2024/1/2311/4800001. No se hará ninguna deducción en concepto de I. R.P.F., por estar excluido de la normativa reguladora (art. 7 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio). El Consell Insular de Formentera se hará cargo también de las correspondientes pólizas de seguro de accidentes, incluidas dentro del seguro colectivo que cubre los accidentes del personal del Consell Insular de Formentera.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día natural fuera domingo o festivo, el plazo se aplazará hasta el hábil siguiente. La documentación se publicará en la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), en la sede electrónica y en el tablón de anuncios de Bienestar Social de la página web del Consell Insular de Formentera.

 

Formentera, 13 de marzo de 2024

El presidente del Consell Insular de Formentera Lorenzo Córdoba Marí