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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO BALEAR DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EDUCATIVOS Y CULTURALES (IBISEC)

Núm. 155425
Resolución de constitución de la mesa de contratación permanente del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) y nombramiento de sus miembros

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 5 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (en adelante, BOIB) el Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, según el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto (BOIB núm. 3, de 5 de enero de 2024), consideradas convenientes ciertas modificaciones para mejorar la delimitación material de las competencias asignadas a determinadas consejerías.

2. Mediante el Decreto 2/2024, de 5 de enero, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de altos cargos de la consejería de Educación y Universidades (BOIB núm.4, de 6 de enero) se nombró al señor Mateo Suñer Servera como Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo, produciéndose en fecha 6 de enero la renuncia de su cargo como Gerente del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (en lo sucesivo, IBISEC).

3. De conformidad con los artículos 5.1 y 14 de los Estatutos del IBISEC (Decreto 33/2019, de 10 de mayo, de modificación de los Estatutos del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos, aprobados por el Decreto 26/2016, de 13 de mayo, BOIB núm. 64, de 11 de mayo de 2019), en caso de ausencia del gerente, corresponde al presidente del ente –siendo el consejero competente en materia de educación– el nombramiento de las mesas de contratación que se tengan que constituir, en el marco de la Ley de contratos del sector público.

4. Mediante la Resolución de 25 de enero de 2024 (BOIB núm. 13, de 27 de enero de 2024) el presidente delegó en la persona titular de la vicepresidencia del IBISEC la facultad de nombrar los miembros de las mesas de contratación.

Fundamentos jurídicos

Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP)

Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)

Decreto 14/2016, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto sobre Contratación de la CAIB (Decreto 14/2016)

Decreto 26/2016, de aprobación de los nuevos estatutos del IBISEC (Decreto 26/2016), modificados por el Decreto 33/209, de 10 de mayo

Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, según el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto (BOIB núm. 3, de 5 de enero de 2024)

Resolución de delegación de funciones y competencias del presidente del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) a favor del vicepresidente, de 25 de enero de 2024 (BOIB núm. 13, de 27 de enero de 2024).

Consideraciones

1. El artículo 326 de la LCSP, que no tiene carácter básico conforme la DF Primera de esta Ley, regula las Mesas de Contratación como órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación.

2. El artículo 3.1 del D14/2016 determina quiénes deben ser los miembros necesarios de la mesa de contratación para los organismos públicos de la CAIB.

3. El artículo 3.2 del D14/2016 confiere expresamente, al igual que la LCSP, la potestad de nombramiento de los miembros de la mesa al órgano de contratación, que, a su vez, podrá constituirse para cada licitación o bien ser permanente; caso este en el que la normativa autonómica exige la publicación de la designación de sus miembros en el BOIB.

4. Todo lo expuesto en el párrafo anterior se recoge en los artículos 14.2 b y 15 de los Estatutos del IBISEC regulados por el D26/2016, y modificados mediante el Decreto 33/2019.

Por todo el anterior,

Resuelvo

1. Constituir la Mesa de Contratación permanente del IBISEC, compuesta por los siguientes miembros, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto 14/2016, mediante el que se aprueba el texto consolidado del Decreto sobre Contratación de la CAIB

- Presidente: Mateo Suñer Servera, Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo, atribuidas las funciones y competencias de gerencia y administración de la entidad mediante sesión extraordinaria del Consejo de Administración celebrado en fecha 30 de enero de 2024 (BOIB núm. 18, de 6 de febrero de 2024).

- Primer suplente: María del Pilar Mesquida Jaume, arquitecta jefa de departamento del IBISEC.

- Segundo suplente: Estefania Fernández Cobos, jefa del Servicio de Centros Educativos de la Consejería de Educación y Universidades.

 

- Vocal económico: Estefania Ramos García, jefa del Área administrativa y de contabilidad del IBISEC.

- Primer suplente: Andreu Alcover Miralles, economista asesor técnico docente del IBISEC.

- Segundo suplente: Francisca M. Bennasar Rosselló, jefa del Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General.

 

- Vocal jurídica: Carmen Calahorro García, responsable del Área jurídica y de contratación del IBISEC.

- Primer suplente: Inmaculada Vidal Ripoll, jefa del Servicio Jurídico de la Consejería de Educación y Universidades.

- Segundo suplente: Pilar Roca Morey, jefa del Departamento Jurídico de la Consejería de Educación y Universidades.

 

- Vocales de los servicios promotores de los expedientes, de comparecencia alternativa en función del objeto del expediente, a tratar en sede de la Mesa:

- Vocal titular del servicio promotor de los expedientes de Proyectos, Obres y Supervisión: Carolina Moraleda. Oliván, arquitecta jefa del Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC.

- Primer Suplente: Joan Vanrell Torelló, arquitecto jefe de Sección de IBISEC.

- Segundo suplente: Jaume Gelabert Mulet, arquitecto jefe de Sección del IBISEC.

 

- Vocal titular del servicio promotor de los expedientes de Instalación y Mantenimiento: Alfonso González Galmés, jefe del Servicio de Instalaciones y Mantenimiento del IBISEC.

- Primer suplente: Jaume Grimalt Fuste, Ingeniero Industrial jefe de Sección del IBISEC.

- Segundo suplente: Cristina Díaz Holgado, Ingeniero Industrial del IBISEC

 

- Secretaria titular: Carmen Calahorro García, responsable del área jurídica y de contratación del IBISEC.

- Suplente (y asistente a la secretaria titular): Bernat Amengual Matas, economista asesor técnico docente del IBISEC.

2. Dejar sin efecto las anteriores resoluciones sobre designaciones de miembros de la Mesa de Contratación Permanente del IBISEC.

3. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOIB y en el perfil del contratante del IBISEC.

4. Esta Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el perfil del contratante del IBISEC, localizado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

 

Firmado en Palma, en la fecha de la firma electrónica visible en el documento (5 de marzo de 2024)

El vicepresidente del IBISEC Órgano de contratación por delegación de funciones y competencias del presidente del IBISEC (BOIB núm. 13 de 27/01/2024) y atribución de funciones y competencias de gerencia y administración por el Consejo de Administración (BOIB núm. 18 de 06/02/2024). Mateo Suñer Servera