Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BÚGER
Núm. 152901
Aprobación definitiva expediente de modificación de créditos n.º 2/2024 de crédito extraordinario
Visto que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de día 25 de enero de 2024, publicado en el BOIB n.º 17 de fecha 3 de febrero de 2024, por el cual se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 2/2024 de crédito extraordinario, se entiende el mismo elevado a definitivo:
“1. Modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio incrementando las siguientes aplicaciones:
Descripción |
Cred.Inicial |
Incremento |
Cred. Definitvo |
161.60000 Adquisición solar EDAR Campanet |
0,00 € |
9.000,00 € |
9.000,00 € |
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9.000,00 € |
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TOTAL INCREMENTO: 9.000,00 € €
La financiación de estos incrementos se hará mediante transferencias de otras aplicaciones con diferente vinculación jurídica, que quedan disminuidas como continuación se indica:
Aplicación |
Cred.Inicial |
Disminución |
Cred. Definitivos |
338.22609 – Fiestas populares y ferias |
91.933,12 € |
9.000,00 € |
82.933,12 € |
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9.000,00 € |
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TOTAL DISMINUCIÓN: 9.000,00 €
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
(Firmado electrónicamente: 11 de marzo de 2024)
El alcalde Pere Torrens Escalas