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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 144544
Acuerdo del Pleno de fecha 8 de febrero de 2024 de la entidad del Ayuntamiento de Puigpunyent por el cual se aprueba definitivamente la modificación de créditos n.º 2/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos otras aplicaciones

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Texto

Acuerdo del Pleno de fecha 8 de febrero de 2024 de la entidad del Ayuntamiento de Puigpunyent por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n.º 2/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en aplicaciones de gastos

A.PRESUPUESTARIA 

DESCRIPCIÓN 

CONSIGNACIÓN ANTERIOR 

 MODIFICACIÓN     

  CONSIGNACIÓN FINAL

933/62202 

CUBIERTA POLIDEPORTIVO 

0,00 

87.362,54

80.451,82

    

TOTAL MODIFICACIONES

 

 

87.362,54

Referente al estado de gastos o créditos iniciales del Presupuesto de gastos, las aplicaciones presupuestarias que minoran la consignación, son las siguientes:

ESTADO DE GASTOS: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

326- 48003

SUBVENCIÓN FORMACIÓN Y PROMOCIÓN MUSICAL 

15.362,54 €

334- 22799

SERVICIO DINAMIZACIÓN JUVENIL 

5.000,00 €

338- 22699

FIESTAS POPULARES

20.000,00 €

341- 48003

SUBVENCIÓN FORMACIÓN Y PROMOCIÓN DEPORTIVA

17.000,00 €

432- 22799

PROMOCIÓN TURÍSTICA Y PATRIMONIAL

10.000,00 €

920- 22706

ASESORÍAS EXTERNAS

10.000,00 €

9201- 22799

TRABAJOS EMPRESAS EXTERNAS MANTENIMIENTO 

10.000,00 €

 

        TOTAL 

87.362,54 €

 

(Firmado electrónicamente: 5 de marzo de 2024

El alcalde Antoni Mari Enseñat)

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares con sede en Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado