Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT
Núm. 144544
Acuerdo del Pleno de fecha 8 de febrero de 2024 de la entidad del Ayuntamiento de Puigpunyent por el cual se aprueba definitivamente la modificación de créditos n.º 2/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos otras aplicaciones
Acuerdo del Pleno de fecha 8 de febrero de 2024 de la entidad del Ayuntamiento de Puigpunyent por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n.º 2/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos
A.PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN ANTERIOR |
MODIFICACIÓN |
CONSIGNACIÓN FINAL |
933/62202 |
CUBIERTA POLIDEPORTIVO |
0,00 |
87.362,54 |
80.451,82 |
|
TOTAL MODIFICACIONES |
|
|
87.362,54 |
Referente al estado de gastos o créditos iniciales del Presupuesto de gastos, las aplicaciones presupuestarias que minoran la consignación, son las siguientes:
ESTADO DE GASTOS: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
326- 48003 |
SUBVENCIÓN FORMACIÓN Y PROMOCIÓN MUSICAL |
15.362,54 € |
334- 22799 |
SERVICIO DINAMIZACIÓN JUVENIL |
5.000,00 € |
338- 22699 |
FIESTAS POPULARES |
20.000,00 € |
341- 48003 |
SUBVENCIÓN FORMACIÓN Y PROMOCIÓN DEPORTIVA |
17.000,00 € |
432- 22799 |
PROMOCIÓN TURÍSTICA Y PATRIMONIAL |
10.000,00 € |
920- 22706 |
ASESORÍAS EXTERNAS |
10.000,00 € |
9201- 22799 |
TRABAJOS EMPRESAS EXTERNAS MANTENIMIENTO |
10.000,00 € |
|
TOTAL |
87.362,54 € |
(Firmado electrónicamente: 5 de marzo de 2024
El alcalde Antoni Mari Enseñat)
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares con sede en Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado