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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

PATRONATO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BARRIO

Núm. 138363
Aprobación de la convocatoria de concurso extraordinario de méritos - para cubrir UNA plaza de personal laboral técnico superior en derecho del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barris - incluida en la oferta pública de estabilización 2023 (tasa adicional) y de la modificación de las bases aprobadas por el decreto HAB 202200495, de fecha 05/12/2022 de concurso extraordinario de méritos, publicados en el BOIB núm. 163, de 15 de diciembre de 2022 y en el BOIB núm. 168 de 27 de diciembre de 2022

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Texto

El gerente del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios, por Decreto HAB 202400049 de fecha 6 de febrero de 2024, resolvió:

Primero.- Aprobar la convocatoria de concurso extraordinario de méritos - para cubrir UNA plaza de personal laboral técnico superior en derecho del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios - incluida en la oferta pública de estabilización 2023 (tasa adicional ) aprobada por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma en sesión de 22 de noviembre de 2023, publicada en el BOIB núm. 162 de 28 de noviembre de 2023- suspendida por decreto HAB 202400028 de fecha 17/01/2024.

Segundo.- Autorizar el gasto que, en concepto de retribución anual y cuota patronal asciende a un total de 55.146,67 con cargo a las aplicaciones presupuestarias 00.15210.13000 y 00.15210.16000.

Tercero.- Aprobar la modificación de las bases aprobadas por el decreto HAB 202200495, de fecha 05/12/2022 de concurso extraordinario de méritos, publicados en el BOIB núm. 163, de 15 de diciembre de 2022 y en el BOIB núm. 168 de 27 de diciembre de 2022, que regirán esta convocatoria, añadiendo los párrafos que se relacionan a continuación y que afectan a la convocatoria de la plaza de técnico superior en derecho:

En la base primera 1.1 donde dice:

1.1.- El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo de estabilización para el acceso como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, de las plazas detalladas en el cuadro siguiente, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios -PMHRIBA- para la estabilización del personal temporal, aprobada por Junta de Gobierno en sesión de fecha 16 de marzo de 2022 y publicada en el BOIB núm. 50 de 14 de abril de 2022.

Plazas convocadas

Total: 12

Número de plazas

PLAZAS

NIVEL

1

Auxiliar informador/a

5

3

Administrativo/va

3

2

Técnico/a medio en informática

1

1

Educador/a social

1

2

Trabajadores/as sociales

1

1

Técnico/a superior en psicología

0

1

Técnico/a superior en economía

0

1

Arquitecto/a

0

debe decir:

1.1.- El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo de estabilización para el acceso como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, de las plazas detalladas en el cuadro siguiente, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios -PMHRIBA- para la estabilización del personal temporal 2021 aprobada por Junta de Gobierno en sesión de fecha 16 de marzo de 2022 y publicada en el BOIB núm. 50 de 14 de abril de 2022 y para la estabilización del personal temporal 2023, aprobada por Junta de Gobierno en sesión de fecha 22 de noviembre de 2023 y publicada en el BOIB n.º 162 de 28 de noviembre de 2023.

Plazas convocadas estabilización 2021

Total: 12

Número de plazas

PLAZAS

NIVEL

1

Auxiliar informador/a

5

3

Administrativo/a

3

2

Técnico/a medio en informática

1

1

Educador/a social

1

2

Trabajadores/as sociales

1

1

Técnico/a superior en psicología

0

1

Técnico/a superior en economía

0

1

Arquitecto/a

0

Plazas convocadas estabilización 2023

Total: 1

Número de plazas

PLAZA

NIVEL

1

Técnico/a superior en derecho

0

En la base tercera apartado g donde dice:

Acreditar el nivel de conocimiento de lengua catalana que se indica a continuación:

Número de plazas

Plazas

Nivel

Nivel de catalán requerido

1

Auxiliar informador/a

5

B2

3

Administrativo/a

3

C1

2

Técnico/a medio en informática

1

B2

1

Educador/a social

1

B2

2

Trabajadores/as sociales

1

B2

1

Técnico/a superior en psicología

0

B2

1

Técnico/a superior en economía

0

B2

1

Arquitecto/a

0

B2

debe decir:

Acreditar el nivel de conocimiento de lengua catalana que se indica a continuació

Número de plazas

Plazas

Nivel

Nivel de catalán requerido

1

Auxiliar informador/a

5

B2

3

Administrativo/va

3

C1

2

Técnico/a medio en informática

1

B2

1

Educador/a social

1

B2

2

Trabajadores/as sociales

1

B2

1

Técnico/a superior en psicología

0

B2

1

Técnico/a superior en economía

0

B2

1

Arquitecto/a

0

B2

 

Número de plazas

Plaza

Nivel

Nivel de catalán requerido

1

Técnico superior en derecho

0

C1

En el anexo IV  REQUISITOS DE ACCESO donde dice;

Las titulaciones exigidas para el ingreso en las diferentes plazas convocadas son las que se indican a continuación:

Plazas

Nivel de catalán exigido

Titulación académica exigida                                          

Auxiliar informador/a

B2

Graduado escolar, ESO o equivalente

Administrativo/a

C1

Bachiller, CFGM o equivalente.

Técnico/a medio en informática

B2

Ingeniero técnico en informática y gestión/ingeniero técnico de Telecomunicación, especialidad en telemática o equivalentes.

Educador/a social

B2

Diplomatura en educación social o equivalente

Trabajador/a social

B2

Diplomatura en trabajo social o equivalente.

Técnico/a superior psicología

B2

Licenciatura en psicología o equivalente.

Técnico/a superior en economía

B2

Licenciatura en ciencias económicas y empresariales o equivalente.

Arquitecto/a

B2

Licenciatura en arquitectura o equivalente.

debe decir

Las titulaciones exigidas para el ingreso en las diferentes plazas convocadas son las que se indican a continuación:

Plazas

Nivel de catalán exigido

Titulación académica exigida

Auxiliar informador/a

B2

Graduado escolar, ESO o equivalente

Administrativo/a

C1

Bachiller, CFGM o equivalente.

Técnico/a medio en informática

B2

Ingeniero técnico en informática y gestión/ingeniero técnico de Telecomunicación, especialidad en telemática o equivalentes.

Educador/a social

B2

Diplomatura en educación social o equivalente

Trabajador/a social

B2

Diplomatura en trabajo social o equivalente.

Técnico/a superior psicología

B2

Licenciatura en psicología o equivalente.

Técnico/a superior en economía

B2

Licenciatura en ciencias económicas y empresariales o equivalente.

Arquitecto/a

B2

Licenciatura en arquitectura o equivalente.

 

Plaza

Nivel de catalán exigido

Titulación académica exigida                                   

Técnico superior en derecho

C1

Licenciatura en derecho o equivalente.

En el anexo V INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS donde dice

Responsable del tratamiento: el gerente del PMHRIBA. Josep M. Rigo Serra.

debe decir:

Responsable del tratamiento: el gerente del PMHRIBA.

Cuarto.- Publicar esta resolución, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto.- Dar cuenta al próximo Consejo Rector que se lleve a cabo.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de recibir la presente notificación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Patronato o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se considerará desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso-administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, con arreglo a lo establecido en el artículo mencionado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de febrero de 2024)

El regidor del Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos Oscar Fidalgo Bestard