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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 138290
Extracto de la convocatoria de ayudas para el fomento del uso de la lengua catalana a las entidades sin ánimo de lucro para el año 2024 BDNS: 744702

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para el fomento del uso de la lengua catalana a las entidades sin ánimo de lucro para el año 2024, aprobada y modificada mediante resoluciones de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio de fecha 19 de febrero de 2024 y 29 de febrero de 2024, respectivamente, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

1. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos que de él dependen (BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº 96, de 4 de agosto de 2018).

2. Objeto

El objeto de esta convocatoria es subvencionar las actividades realizadas del 1 de mayo de 2023 hasta el 30 de abril de 2024, referidas al fomento del uso de la lengua catalana, para:

a) la rotulación en lengua catalana tanto en establecimientos como en vehículos.

b) el etiquetado (información sobre la composición, características, ingredientes, etc. del producto) en lengua catalana.

c) la edición en lengua catalana de material impreso sobre papel (folletos comerciales, dípticos, sobres, tarjetas de visita, carnés, carteles, documentos administrativos o contables...)

d) la edición en lengua catalana de merchandising (adhesivos, calendarios, agendas, puntos de libro, bolsas<A[bolsas|bolsos]>, tazas, camisetas, pantallas enrollables...)

e) la edición en lengua catalana de páginas web, portales de Internet, códigos QR, aplicaciones para móviles y todo tipo de plataformas en línea.

3. Beneficiarios

De acuerdo con lo previsto al punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarias las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro inscritas de manera definitiva en el registro pertinente de la isla de Mallorca a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. Cuantía

Durante el ejercicio presupuestario de 2024 se destina la cantidad total de 100.000,00 €, que corresponden a la partida presupuestaria 20.33450.78900.

5. Presentación de solicitudes

De acuerdo con lo previsto en el punto 11 de la convocatoria, el plazo para solicitar las ayudas es de 20 días hábiles, contadores desde el día siguiente de la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La documentación que se tiene que presentar para solicitar la ayuda se indica en el punto 10 de la convocatoria.

 

6. Otros datos

El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la sede electrónica del Consejo de Mallorca. (https://seu.conselldemallorca.net/).

 

(Firmado electrónicamente: 4 de marzo de 2024

El secretario técnico de Cultura y Patrimonio Felipe Ramis Llabrés)