Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 135144
Acuerdo del Pleno de 29 de febrero de 2024 por el cual se aprueba la delegación de la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía del cuerpo de la policía local en favor de la consejera competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la Escuela Balear de Administración Pública
El Pleno, en sesión celebrada el 29 de febrero de 2024, ha adoptado el Acuerdo que se transcribe a continuación:
«Primero. Delegar la competencia relativa a la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía del cuerpo de la policía local del Ayuntamiento de Pollença en favor de la consejera competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la Escuela Balear de Administración Pública, de acuerdo con los términos que establece el Anexo 1 de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de febrero de 2024 (*BOIB n.º 21, de 13 febrero de 2024), modificado por Resolución de la consejera de 14 de febrero de 2024 (*BOIB n.º 23, de 17 de febrero de 2024).
Segundo. Comunicar que, de acuerdo con la Resolución del alcalde n.º 1321 de 22 de diciembre de 2023 por la cual se aprueba la oferta de ocupación pública correspondiente en 2023 (*BOIB n.º 175, de 17 de febrero de 2024), el número de vacantes que este Ayuntamiento tiene que cubrir es el siguiente:
Personal funcionario:
Escala de Administración Especial. Subescala de Servicios Especiales. Cuerpo de Policía Local
Grupo |
Subgrupo |
CD |
Denominación |
Núm. Vacantes |
Sistema de acceso |
C |
C1 |
17 |
Policía Local |
2 |
Turno libre |
Tercero. Solicitar la participación del Ayuntamiento de Pollença al proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía local, de acuerdo con el modelo que establece el Anexo 2 de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de febrero de 2024 (*BOIB n.º 21, de 13 febrero de 2024).
Cuarto. Dar traslado del presente Acuerdo al departamento de Personal; a la Policía Local y a la junta de personal funcionario, a los efectos pertinentes.
Quinto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»
Interposición de recursos
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.
Pollença, en fecha de firma electrónica (4 de marzo de 2024)
El alcalde Martí March Cerdà