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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 133475
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2023)

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Texto

Hechos

1. El 17 de diciembre de 2022, en el BOIB número 164, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas que figuran en el anexo de esta Resolución en el marco de la convocatoria para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

3. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada para la justificación  y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.

5. El 5 de febrero de 2024 se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2023) (BOIB n.º 19, de 8 de febrero de 2024) y se ha agotado el plazo de diez días hábiles que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.

6. El 27 de febrero de 2024 se emitió la Propuesta de resolución definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2023).

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver el procedimiento dado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears), competencia delegada en el director general de Economía Circular, Transición energética y Cambio Climático por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB n.º 103, de 22 de julio de 2023).

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (BOIB núm.164, de 17 de diciembre de 2022).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar la concesión de las subvencione spara el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 detalladas en el anexo, por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria  2023/G/731A01/78000/00/19701/31111.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 28 de febrero de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB nº103, de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les revoca la subvención (FOTOPAR 2023)

Expediente

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

CONCE

Motivo revocación

FOTOPAR23-1039/2023

KLAUS JURGEN SCHNEIDER

****0531*

IF de 4.32 kWp conectada a red

2.592,00

10662 /2023

No cumple la condición de beneficiario puesto que las facturas y uno de los pagos están a nombre de una entidad jurídica (Sa Roqueta SL).

Dos pagos están a nombre de un ordenante diferente al solicitante de la subvención.

Los conceptos de los pagos hacen referencia a unas proformas de las que no disponemos.

El doc 6 no tiene la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora.

En el mismo documento se indica que instalan 8 paneles de 0.540kWp y un inversores de 6kw, que coincide con la puesta en servicio, pero en el reportaje fotográfico se observan 12 paneles

FOTOPAR23-1306/2023

WALTER KRAUSHAART

****0658*

IF de 9.2 kWp aislada

Baterías de litio de 20 kWh

6.000,00

19866 /2023

Hay facturas y pagos anteriores a 01/01/2022.

La garantía de baterías es de 2 años

FOTOPAR23-1393/2023

PEDRO JUAN TRUYOLS LLOMPART

***3489**

IF de 6.6 kWp conectada a red

3.000,00

13297 /2023

Las facturas tienen que estar detalladas por conceptos y precios unitarios, y especificar claramente el número de placas y su potencia unitaria. Presenta el presupuesto desglosado pero no lo referencia debidamente con la factura y no coinciden los KW del inversor mostrado al presupuesto con la puesta en servicio y el que informa al documento 6.

En el documento 6 falta la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora y de la persona solicitante

FOTOPAR23-1550/2023

ISABEL GIL FERRER

***7325**

IF de 5.6 kWp conectada a red

3.000,00

14522 /2023

Hay dos pagos anteriores a 01/01/2022