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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 129440
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas de de corrección de un error de la Resolución de 23 de febrero de 2024 por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para los cuerpos facultativos superiores y se ofrecen los puestos de trabajo

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 27 de febrero de 2023 se ha publicado en el BOIB núm. 29 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para los cuerpos facultativos superiores y se ofrecen los puestos de trabajo.

2. Se ha detectado un error en el ofrecimiento del puesto F01940012 expansión 4, el cual se modificó por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 2023 por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 18 de noviembre). Por lo que se hace necesario corregir este error.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por Decreto 16/2023, de 20 de julio y por Decreto 17/2023, de 23 de agosto).

Por todo ello, dicto la siguiente,

Resolución

1. Corregir el error advertido en el ofrecimiento de puesto con código F01940012 expansión 4 en los términos establecidos en el anexo de esta Resolución.

2. Otorgar un nuevo plazo de siete días hábiles a la persona aspirante que ha superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior piloto de marina mercante Mallorca para que solicite destino y presente la documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos.

La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 12 del anexo 2 de la convocatoria mencionada

Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica www.caib.es.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 28 de febrero de 2024)

La consejera de Presidencia i Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos