Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 126854
Nombramiento de personal funcionario de carrera, referente al proceso de estabilización del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca
De acuerdo con lo que establecen el artículo 136 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre; y el artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo; se hace público que, mediante la resolución de Alcaldía del Ajuntament de Ciutadella que se indica en la lista, se ha efectuado el nombramiento del personal funcionario de carrera que se señala a continuación, de acuerdo con la propuesta del tribunal calificador de la convocatoria por procedimiento de concurso de oferta pública de empleo extraordinaria para la estabilización del Ajuntament de Ciutadella:
Personal funcionario de carrera
RESOLUCIÓN/FECHA APELLIDOS Y NOMBRE DNI PLAZA
65 19/02/2024 PONS MASSANET CATALINA ***3531** Auxiliar administrativa
65 19/02/2024 BAGUR CAPÓ MARIA TERESA ***3817** Auxiliar administrativa
65 19/02/2024 ROMÁN OLIVES EVA ***4434** Auxiliar administrativa
65 19/02/2024 MOLL ROMAN MARIA CRISTINA ***4152** Auxiliar administrativa
65 19/02/2024 ALLES MARQUES MONICA ***4097** Auxiliar administrativa
El nombramiento deberá formalizarse en el plazo de 3 días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y publicada íntegramente en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ajuntament, se puede interponer, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldia de este ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podría interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no fuera resuelto expresamente o cuando se hubiera producido la desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
(Firmado electrónicamente: 20 de febrero de 2024)
La alcaldesa Juana María Pons Torres