Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 123233
Resolución de la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell d’Eivissa de aprobación de las bases de la convocatoria del Consell Insular d’Eivissa para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2024
En fecha 19 de febrero de 2024, la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell Insular d'Eivissa ha dictado la Resolución n.º 2024000205, por la que se resuelve:
“Asunto: Aprobación de las Bases de la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa de la prueba evaluadora para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de Ibiza para el año 2024 (exp. 2024/2646R)
En fecha 19 de febrero de 2024, la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos dictó providencia de inicio en la que se dispone se realicen los trámites administrativos oportunos a los efectos de aprobación de la convocatoria para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control de ambiente interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares para el año 2024, que constará de dos pruebas, una el día 10 de mayo de 2024 y otra el día 25 de octubre de 2024.
En conformidad con la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (BOIB n.º 166, de 30/11/2013), los titulares de las actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos están obligados a establecer un servicio de admisión y control de ambiente interno.
El artículo 15 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas (BOIB n.º 67, de 5 de mayo de 2011) dispone que los Consells insulars tienen que garantizar una convocatoria, con una periodicidad mínima anual, de la prueba evaluadora para obtener la acreditación como personal de los guardes de admisión y de control de ambiente interno, mediante una resolución, que se tiene que publicar al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
El Decreto de Presidencia n.º 2023000467 de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos, de fecha 28 de junio de 2023 (BOIB n.º 88, de 29 de junio de 2023), atribuye al Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, entre otros, las competencias propias del Consell Insular en materia de actividades; actuaciones en materia de servicios de admisión y control de ambiente interno.
Al expediente constan las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y control de ambiente interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2024 con CSV 15250272165257225666.
Estas bases fueron informadas técnicamente y jurídicamente en fecha 23 de febrero de 2024, ambos informes en sentido favorable.
En conformidad con el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells insulars, así como en conformidad con el artículo 72 e del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa,
RESUELVO
Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2024 y las bases que la regulan, las cuales constan al expediente con CSV 15250272165257225666, que tienen que regir la convocatoria referida.
Segundo.- Ordenar la publicación de esta convocatoria así como de sus bases reguladoras al Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Ibiza, 27 de febrero de 2024 La jefa de sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal Marta Díaz Pascual
Bases de la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa, para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2024
1. Convocatoria de las pruebas evaluadoras.
Se convoca, para el ejercicio de 2024, las pruebas evaluadoras en la isla de Ibiza para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a las pruebas, las persones aspirantes tendrán que aportar la documentación indicada en el artículo 15.3 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares (BOIB n.º 67, de 5 de mayo de 2011), y cumplir los requisitos del artículo 8 del Decreto mencionado:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia y de trabajo en España.
c) No tener antecedentes penales.
d) Tener las aptitudes y capacidades físicas y psíquicas idóneas para el ejercicio de las funciones correspondientes, acreditadas mediante un certificado médico oficial.
e) Tener unos conocimientos básicos de las lenguas oficiales de las Islas Baleares con el fin de poder atender el público que se dirija en estas lenguas.
f) Haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y de control de ambiente interno.
Todos estos requisitos se tienen que cumplir desde el día de la presentación de solicitud y mantenerse durante la vigencia de la acreditación profesional correspondiente.
3. Fechas de examen.
Para el ejercicio de 2024 se convocan dos pruebas evaluadoras de personal de admisión y de control interno en las fechas siguientes:
1.ª Convocatoria: 10 de mayo de 2024.
2.ª Convocatoria: 25 de octubre de 2024.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
Para formar parte en estas pruebas se tendrá que presentar una declaración responsable de los requisitos con la documentación necesaria, según el modelo del anexo 4 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares (BOIB n.º 67, de 5 de mayo de 2011).
En la declaración responsable se tendrá que adjuntar la documentación correspondiente a cada persona interesada:
a. Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.
b. Una fotografía reciente en formato digital o convencional modelo DNI.
c. Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica favorable, donde se indique expresamente que la persona interesada "reúne las aptitudes físicas y psíquicas idóneas para desarrollar las funciones de los servicios de admisión y control de ambiente interno".
d. Certificado en que conste que la persona aspirando no tiene antecedentes penales en España ni, si corresponde, en su país de origen (los antecedentes penales del país de origen los tendrán que presentar los extranjeros residentes en España). En este último caso, se tendrá que presentar el certificado de antecedentes penales original con una traducción oficial. Se podrá autorizar el Consell Insular d‘Eivissa para conseguir esta documentación en el caso de certificado de antecedentes penales español, según modelo de autorización que figura como anexo II.
e. Justificando del pago de la tasa* correspondiente.
* La tasa correspondiente para la realización de examen es de 77,73 € (setenta y siete con setenta y tres euros), en conformidad con la Ordenanza fiscal reguladora de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 158, de 20 de octubre de 2011).
La presentación de la declaración responsable, junto con la documentación mencionada anteriormente, se tiene que hacer, o bien presencialmente en el registro del Consell Insular d'Eivissa (OAMR), ubicado en la avenida España, n.º 49, de Ibiza, o bien a la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (https://seu.conselldeivissa.es) con el trámite Solicitudes de pruebas evaluadoras de personal de admisión y control de ambiente, además de la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de la declaración responsable para las pruebas evaluadoras previstas para el año 2024, será el siguiente:
La carencia de justificación de cualquier de los requisitos mencionados determina la exclusión de la persona aspirando.
Únicamente en el caso de la certificación del documento de antecedentes penales solicitando, y cuando tenga que ser emitido por otros países, se aceptará el documento hasta el último día hábil anterior a las pruebas, siempre que el mismo se haya solicitado a la autoridad competente antes o durante el plazo general de presentación de documentación.
5. Tribunal calificador
De acuerdo con el artículo 15.2 de Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, por esta convocatoria se nombran las personas miembros del tribunal calificador siguientes:
Presidenta: Sra. Marta Díaz Pascual
Presidenta suplente: Sra. Olga Torres Ribas
Secretaria: Sra. Eulalia Guasch Torres
Secretaria suplente: Sra. *Goretti Costa Ferrer
Vocales:
- Una asesora jurídica: Sra. Concepción Rebollo Laserna
- Una psicóloga: Sra. Josefa Catany Prats
- Una enfermera: Sra. Catalina Ribas Guasch
Vocales suplentes:
- Un asesor jurídico: Sr. Antoni Riera Buforn
- Una psicóloga: Sra. Carolina Delgado de la Torre
- Una enfermera: Sra. Esther Méndez Pons
Todas las personas que componen este tribunal que participen en las sesiones tienen derecho a percibir una indemnización por sesión y día, de acuerdo con el que prevé el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, por el cual se regulan las indemnizaciones por razón del servicio. Estas indemnizaciones son compatibles con las dietas que reglamentariamente los correspondan.
Después de aprobarse la convocatoria se tiene que constituir el tribunal respectivo, con la asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En esta sesión, el tribunal tiene que acordar todas las decisiones que correspondan para el desarrollo correcto de las pruebas.
A partir de la constitución, para que el tribunal pueda actuar válidamente, se requerirá la presencia de al menos tres de sus miembros, con la presencia obligatoria de la presidencia y de la secretaría. Los titulares y los suplentes pueden actuar indistintamente y concurrentemente.
El tribunal puede disponer la incorporación de asesores especialistas, los cuales tienen que actuar con voz pero sin voto. Las actuaciones de estos asesores se tienen que reflejar en las actas.
En las pruebas evaluadoras, tiene que ser presente, como mínimo, uno de los miembros de tribunal, acompañado de las personas vigilantes y/o colaboradores que se estimen oportunas.
6. Admisión de las personas aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Sección de Industria del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell Insular d'Eivissa como órgano gestor, aprobará y hará pública, en el plazo máximo de diez días hábiles, las listas provisionales de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación individualizada de las causas de exclusión de las personas interesadas que no hayan sido admitidas.
Estas listas se harán públicas exponiéndose en el tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa y la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es).
Las persones aspirantes excluidas provisionalmente, así como aquellas que no figuren en la relación de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de las listas provisionales, para enmendar el defecto que haya motivado su exclusión o la no inclusión exprés.
En el plazo máximo de diez días hábiles en relación con la finalización del plazo de enmienda, el órgano gestor tiene que aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en las convocatorias de la acreditación profesional, en la cual se indicará en todo caso, la admisión condicionada respecto al que se ha dicho en el párrafo anterior. El referido listado se publicará por los mismos medios que se han especificado anteriormente.
En el supuesto de que una prueba evaluadora no tenga, como mínimo, 10 aspirantes, quedará suspensa y se convocarán las personas aspirantes a la prueba evaluadora siguiente.
7. Desarrollo de la prueba.
En la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se hará constar, así mismo, la hora y el lugar en que se harán los exámenes correspondientes.
El contenido de los exámenes, versará sobre las materias y temario específico que se indica a continuación:
TEMARIO
Materias jurídicas
TEMA 1. Constitución Española de 1978: derechos y deberes fundamentales.
TEMA 2. El derecho de admisión en actividades de espectáculos públicos y recreativas. Título II y Título IX de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades de las Islas Baleares; Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el cual se aprueba el reglamento de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas; Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno; nociones básicas sobre normativa de consumo; nociones básicas sobre la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, sobre protección de la seguridad ciudadana.
TEMA 3. Nociones básicas sobre delitos contra las libertades, detenciones ilegales, homicidios, lesiones, amenazas y coacciones, legítima defensa y omisión del deber de socorro, la tenencia de armas en locales de concurrencia pública.
TEMA 4. Nociones básicas sobre salud pública, drogodependencias y tráfico de drogas.
TEMA 5. Autoridades competentes en materia de actividades de espectáculos públicos y recreativas.
Materias de psicología
TEMA 6. Las relaciones con el público en general y con las fuerzas y los cuerpos de seguridad.
TEMA 7. El autocontrol. El pánico y sus efectos. El estrés y el comportamiento en situación de peligro o de riesgos colectivos. Técnicas de autocontrol.
TEMA 8. Las relaciones humanas y la seguridad:
- Aprendizaje de métodos no violentos para resolver conflictos.
- Los perfiles de conductas y comportamientos de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de embriaguez porque han consumido alcohol, estupefacientes, etc.
-Los perfiles de conductas y comportamiento de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de peligro o emergencias.
Materias técnicas de seguridad
TEMA 9. Nociones básicas sobre instalaciones de seguridad contraincendios y otros riesgos colectivos.
TEMA 10. Nociones básicas sobre planes de autoprotección y de emergencias.
TEMA 11. Comportamientos y actuaciones de las personas y de las masas en estado de pánico y de emergencia ante riesgos colectivos.
TEMA 12. Nociones básicas sobre sistemas de comunicación.
TEMA 13. Nociones básicas de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada.
Materias técnicas sanitarias
TEMA 14. Conceptos básicos sobre primeros auxilios y situaciones de asistencia sanitaria inmediata.
TEMA 15. Conceptos básicos sobre intervenciones ante el consumo de alcohol, el consumo de tabaco y el consumo de drogas.
TEMA 16. Conceptos básicos sobre las agresiones sexuales y la violencia de género.
El examen constará de dos pruebas eliminatorias: un test psicotécnico y un test teórico de 40 preguntas del temario específico. Cada pregunta englobará 4 posibles respuestas. Las preguntas serán sobre las materias mencionadas.
El tribunal calificador correspondiendo tiene que determinar el enunciado o contenido de las preguntas.
Las persones aspirantes tendrán que ir proveídas, para cada ejercicio, del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor. En cualquier momento, durante las pruebas, el tribunal puede requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad.
Para hacer las pruebas señaladas no se puede usar ningún tipo de documentación, ni calculadora, ni objeto similar.
8. Calificación de los ejercicios
Las dos pruebas del examen serán eliminatorias.
Los ejercicios de estas pruebas se calificarán como aptas o no aptas.
Para tener la calificación de apto en la prueba teórica, que constará de 40 preguntas, se tienen que obtener 20 o más puntos. Para calificar esta prueba se sumará 1 punto por pregunta completamente correcta y se restará 0.50 puntos por pregunta con respuesta incorrecta. En caso de que en una pregunta se dejen en blanco todas las respuestas, esta no restará.
9. Listado de personas aprobadas.
El tribunal calificador tiene que publicar para cada prueba evaluadora la relación provisional de las personas aspirantes que resulten aptas y no aptas, incluyendo las personas admitidas o no presentadas en los exámenes.
Esta relación de personas se expondrá al tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa y se publicará en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es), en la cual se indicará el nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor y la calificación obtenida de todas y cada una de las personas presentadas. En esta lista se indicará el plazo para que las personas interesadas puedan solicitar, por escrito, la revisión del examen que no podrá ser superior a un plazo de cinco días.
En cada convocatoria, finalizado el proceso de revisión, el tribunal calificador elevará a la Consellera Ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos la relación definitiva de personas aptas, no aptas y no presentadas y la hará pública exponiéndola en el tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa y a la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es).
10. Impugnación bases i reclamaciones administrativas.
Contra el acuerdo de la Consellera Ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell Insulard'Eivissa, de aprobación de las presentes bases, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, ante el Consejo Ejecutivo, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, todo esto en virtud del que dispone el artículo 66.4 de la Ley 4/2022 de 28 de junio de consells insulars (BOIB n.º 88 de 7-07-2022).
Las personas interesadas pueden impugnar la convocatoria y los actos administrativos que se deriven de la actuación de tribunal, en el plazo y la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La convocatoria o bases, una vez publicadas, solo se pueden modificar con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
ANNEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA EVALUADORA
DECLARANTE:
Nombre y apellidos: …...............................................................................................................
DNI o pasaporte: …....................................................................................................................
País de nacimiento: …................................................................................................................
Nacionalidad: .............................................................................................................................
Sexo: ........................................................................................
DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN:
Calle/Av./p: …………..................................................................................................................
Localidad: .................................................. Código postal: ……................................................
Municipio: ……............................................................................................................................
Provincia: ………….....................................................................................................................
País: ..........................................................................................................................................
Teléfono: ........................................................ Fax: ...................................................................
Correo electrónico: …….............................................................................................................
Solicito:
Ser admitido/a para participar a la prueba evaluadora para obtener la acreditación profesional como personal del servicio de admisión y de control de ambiente interno de actividades de espectáculos públicos y recreativas.
ADJUNTOS:
-Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.
-Una fotografía digital o convencional modelo DNI.
-Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y salud médica.
-Certificado en que conste que la persona aspirando no tiene antecedentes penales en España ni, si corresponde, en su país de origen. En este último caso, se tendrá que presentar el certificado de penaltis original con una traducción oficial.
-Justificando del pago de la tasa correspondiente.
-Certificado de haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y control de ambiente interno.
DECLARO:
1. Que cumple los requisitos estipulados en el artículo 8.2, excepto el del apartado g del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas.
2. Que tengo la documentación que lo acredita.
3. Que me compromete a mantener el cumplimiento durante el tiempo de vigencia de la acreditación y que, en caso contrario, lo comunicaré inmediatamente.
..................................., ........ de ............................... de 202...........
(firma)
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
En conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas por el que hace ,al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4-5-2016), y al resto de legislación vigente en esta materia os informamos que los datos de carácter personal que nos proporcionáis a través de esta convocatoria se incorporarán al fichero de titularidad del Consell Insular d'Eivissa y al Registro de personal de admisión y control de ambiente interno de las Islas Baleares, así como ponerlas a disposición otras administraciones públicas y organismos públicos a efectos de control y no podrán usarse para jefa otra finalidad diferente al ejercicio de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, (https://seu.conselldeivissa.es) dirigiendo escrito, de forma electrónica o presencial, según corresponda, al Consell Insular d'Eivissa, Avda. de España, 49, 07800 Ibiza. Así mismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.
PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR D'EIVISSA
ANNEXO II
Convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2024
Autorización de solicitud de certificación de antecedentes penales españoles
NOMBRE Y APELLIDOS: ................................................................................................................................................................
DNI/NIE: ................................................ FECHA DE NACIMIENTO:...........................................
NOMBRE DEL PADRE: ................................................ DE LA MADRE:.............................................................
CIUDAD DE NACIMIENTO:……………..............................… PAÍS:................................................................................ |
Declaro responsablemente al órgano instructor que:
( ) AUTORIZO el órgano instructor para que, de acuerdo con el que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda pedir la certificación telemática justificativa de que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales a la Base de datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.
( ) NO AUTORIZO el órgano instructor para que, de acuerdo con el que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda pedir la certificación telemática justificativa de que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales a la Base de datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.
La persona interesada,
Eivissa, ____ de ______________________ de 202__
PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR D'EIVISSA