Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 119081
Resolución del vicepresidente en materia de pesca del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previsto en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca
El 23 de julio del 2019 se publicó en el BOIB núm. 101 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca, modificada por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 22 de julio de 2020 (BOIB núm. 131, de 25 de julio de 2020); por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 15 de junio de 2021 (BOIB núm. 80, de 17 de junio de 2021); por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 28 de julio de 2021 (BOIB núm. 102, de 31 de julio de 2021), y por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 6 de marzo de 2023 (BOIB núm. 30, de 9 de marzo de 2023).
El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria en cuatrocientos cuarenta mil euros (440.000,00 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
El 8 de febrero del 2022 se publicó en el BOIB núm. 20 la Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA de 4 de febrero de 2022, por la que se traslada el importe restante de la primera convocatoria a la segunda convocatoria.
El 23 de marzo del 2023 se publicó en el BOIB núm. 37 la Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA de 21 de marzo de 2023, por la que se traslada el importe restante de la segunda convocatoria a la tercera convocatoria.
El informe del jefe de Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de 13 de febrero de 2024 determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la primera, segunda y tercera convocatorias, se dispone de un crédito restante de doscientos dieciséis mil doscientos sesenta y tres euros con noventa y tres céntimos (216.263,93 €), por lo que se estima conveniente trasladar el importe restante a la cuarta convocatoria.
Tal como establece el punto 2 del apartado segundo de la convocatoria, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA en materia de pesca, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears determina que la competencia para resolver los expedientes de subvención convocados en el ámbito de las materias de pesca corresponde al vicepresidente en materia de pesca.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se traslada a la cuarta convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca (BOIB núm. 101, de 23 de julio de 2019), el importe de doscientos dieciséis mil doscientos sesenta y tres euros con noventa y tres céntimos (216.263,93 €).
Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 25% restante.
Segundo
Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de febrero de 2024)
El vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA Antoni Maria Grau Jofre