Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 117867
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 745405

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Los beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones pueden ser los siguientes:

a. Personas físicas con domicilio en las Islas Baleares.

b. Empresas privadas con domicilio social en las Islas Baleares que llevan a cabo, de acuerdo con su objeto social, la edición de publicaciones de carácter periodístico, de prensa de carácter local o de temática especializada, la emisión de programas televisivos o radiofónicos o la difusión de contenidos digitales audiovisuales.

c. Entidades sin finalidad de lucro que llevan a cabo, de acuerdo con su objeto social, la edición de publicaciones de carácter periodístico, de prensa de carácter local o de temática especializada, la emisión de programas televisivos o radiofónicos o la difusión de contenidos digitales audiovisuales, o que tienen como objeto agrupar y defender los intereses de los medios de comunicación de las Islas Baleares, de proximidad y en catalán.

d. Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, a pesar de no tener personalidad jurídica, se encuentran en la situación que motiva la concesión de estas subvenciones y tienen el domicilio en las Islas Baleares.

e. Ayuntamientos de las Islas Baleares o entidades que dependen de ellos, en el caso de las líneas F y G.

Quedan excluidos de esta convocatoria de subvenciones los medios de comunicación públicos estatales y autonómicos.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria de subvenciones es apoyar a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares, con el fin de contribuir a consolidar el espacio de comunicación que se expresa en esta lengua, enmarcados en los proyectos siguientes:

1. Publicaciones periódicas escritas en lengua catalana en las Islas Baleares. La actividad subvencionada consiste en alguna de las actuaciones siguientes:

a. La edición, durante el año 2023, de una publicación periodística de información de carácter generalista con una periodicidad diaria, en papel o en línea (línea A).

b. La ejecución, durante el año 2024, de un proyecto de habilitación de la edición en lengua catalana de una publicación en castellano con periodicidad diaria existente actualmente (línea B).

c. La edición, durante el año 2023, de una publicación periódica de carácter local en papel, en línea o en soporte electrónico (línea C).

d. La edición, durante el año 2023, de una publicación periódica de temática especializada, en papel, en línea o en soporte electrónico (línea D).

2. Medios de comunicación audiovisual en lengua catalana en las Islas Baleares y plataformas digitales de contenidos audiovisuales en lengua catalana en las Islas Baleares. La actividad subvencionada consiste en alguna de las actuaciones siguientes:

a. La emisión, durante el año 2023, de programación de televisión (línea E), en cualquier soporte.

b. La emisión, durante el año 2023, de programación de radio (línea F), en cualquier soporte.

c. La difusión, durante el año 2023, de contenidos digitales audiovisuales mediante plataformas digitales de contenidos audiovisuales, o la puesta en marcha, durante el año 2024, de plataformas digitales de contenidos audiovisuales (línea G).

3. Asociaciones de medios de comunicación mayoritariamente en lengua catalana y de proximidad en las Islas Baleares. La actividad subvencionada consiste en la ejecución de actuaciones y medidas en defensa de los medios de comunicación en catalán y de proximidad y del espacio de comunicación en catalán en las Islas Baleares, y en el funcionamiento ordinario de las asociaciones que tienen este objeto social (línea H).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

Cuarto. Cuantía

La cuantía máxima de la convocatoria es de 720.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días hábiles a partir del 1 de marzo de 2024.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de febrero de 2024)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol